Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2014 (26/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano Jueves 26 de junio de 2014

526151
CoInfraccion digo Calificacion Medida Preventiva Sancion Responsable solidario Reincidencia

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS Y FINALES (...) Vigesima Novena.(...) Precisese que la Unica Disposicion Transitoria de la Ordenanza N° 1613 faculta a la GTU para cancelar, dejar sin efecto y/o modificar de oficio las Fichas Tecnicas correspondientes a las rutas de transporte regular que se superpongan al trazado de Sistemas de Transporte Masivos - Lineas del tren electrico administrado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, COSAC I, o cualquier servicio o ruta componente del Sistema Integrado de Transportes de MORDAZA Metropolitana. TABLA DE INFRACCIONES, SANCIONES Y MEDIDAS PREVENTIVAS A LA EMPRESA AUTORIZADA
CoInfraccion digo Calificacion Medida Preventiva Sancion Responsable solidario Reincidencia

Prestar el servicio de transporte con conductores que no cuenten con Internamiento N14 licencia de Muy Grave del vehiculo conducir, o esta se encuentra retenida, suspendida o cancelada. Prestar el servicio de transporte con conductores o cobradores que se encuentren Internamiento N15 Muy Grave del vehiculo en estado de ebriedad o bajo la influencia de sustancias estupefacientes.

4 UIT y Suspension del servicio por 10 dias

8 UIT y Cancelacion de la autorizacion

4 UIT y Suspension de servicio por 10 dias

8 UIT y Cancelacion de la Autorizacion

2 UIT Cancelacion de la habilitacion vehicular. Para Prestar el este caso la servicio con la reincidencia "Autorizacion 1 UIT, debera de Servicio" Internamiento suspension Propietario N02 Muy Grave considerarse suspendida, de vehiculo precautoria del vehiculo por la unidad revocada o vehicular vehicular y se cancelada por debera contla GTU. abilizar para el propietario y la empresa autorizada. Prestar el servicio de transporte con un numero insuficiente de conductores y/o cobradores, o que Internamiento N07 no cuenten Muy Grave 1 UIT del vehiculo con credencial vigente emitida por la GTU, o que cuenten con credenciales falsificadas y/o adulteradas. Prestar el servicio de transporte con conductores y/o cobraInternamiento N08 Muy Grave 1 UIT dores que del vehiculo cuenten con la credencial suspendida o cancelada. Prestar el servicio de transporte con conductores que sobrepasan la Internamiento N09 Muy Grave 1 UIT edad MORDAZA del vehiculo para conducir vehiculos destinados al transporte publico. Prestar el servicio de transporte con conductores que cuenten con licencia de conducir Internamiento N10 Muy Grave que no del vehiculo corresponde a la clase y categoria requerida para el vehiculo que conduce.

2 UIT y Suspension del servicio por 15 dias

2 UIT y Suspension del servicio por 15 dias

ORDENANZA N° 1244-MML Articulo Sexto.- De los Requisitos para obtener la Credencial La persona natural y/o juridica autorizada es responsable de que los conductores y/o cobradores obtengan la correspondiente Credencial, lo cual debera ser tramitado ante la GTU, cumpliendo con los siguientes requisitos en lo que corresponda: (...) e) Declaracion jurada: (i) No contar con la licencia de conducir suspendida, cancelada o inhabilitada segun el Sistema de Control de Licencias de Conducir por Puntos; (ii) No haber excedido Cien (100) puntos firmes acumulados e inscritos en el Registro Nacional de Sanciones; (iii) No mantener vigentes dos (02) o mas infracciones al transporte clasificadas como muy graves; (iv) No mantener vigentes con cinco (05) o mas infracciones al transporte catalogadas como graves; (v) No mantener vigentes con una (01) infraccion grave y tres (03) o mas infracciones cuya calificacion sea grave en transporte. El otorgamiento y vigencia de las credenciales se encuentra sujeto a que los solicitantes cuenten con su licencia de conducir vigente y sin que dicho titulo se encuentre suspendido o cancelado Articulo Segundo.- Incorporese a la Ordenanza N° 1599 el inciso i) del numeral 53.2 del Articulo 53°, y las infracciones N7-A, N15-A, N56-A y N75, N76, N77 el cual quedara redactado de la siguiente forma: "Art. 53° De las condiciones operacionales basicas La empresa autorizada debera prestar el servicio de transporte cumpliendo con las siguientes condiciones operacionales basicas:

2 UIT y Suspension del servicio por 15 dias

53.2 En cuanto a los conductores: (...) i) Verificar que los conductores presentados en la nomina autorizada por la GTU, no presten el servicio de transporte en otras empresas autorizadas y/u otro servicio de transporte" TABLA DE INFRACCIONES, SANCIONES Y MEDIDAS PREVENTIVAS A LA EMPRESA AUTORIZADA
Codigo Infraccion Calificacion Medida Preventiva Internamiento del vehiculo y retencion de licencia de conducir al conductor. Sancion Responsable solidario Reincidencia 8 UIT y Cancelacion de la habilitacion para prestar el servicio.

2 UIT y Suspension de servicio por 10 dias

4 UIT y Suspension del servicio por 20 dias

Prestar el servicio de transporte con conductores que contravienen Muy N07-A lo dispuesto en Grave el articulo 57° de la presente Ordenanza.

4 UIT y Suspension del servicio por 10 dias.

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