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El Peruano Sábado 1 de marzo de 2014 517910 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU Visto, el expediente Nº 39055 de fecha 12 de diciembre del 2013, por medio del cual doña Yisela Cachuay Bonifacio, solicita Duplicado de Diploma de Grado de Bachiller en Pedagogía y Humanidades, por pérdida. CONSIDERANDO: Que, doña Yisela Cachuay Bonifacio, solicita duplicado de Diploma de Grado de Bachiller, por pérdida; el Diploma de Grado de Bachiller en Pedagogía y Humanidades, Especialidad: Matemática y Física, fue expedido el 19.09.2012 , Diploma registrado con el Nº 12761, registrado a Fojas 373 del Tomo 047-B , para el efecto, adjunta los documentos consignados en el item 4 de la Directiva Nº 001-2006-SG-UNCP; Que, mediante la Resolución Nº 01304-CU-2007 del 19.01.2007, la Universidad aprueba la “Directiva para otorgar Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por la Universidad Nacional del Centro del Perú”; Que, con Resoluciones Nº 1525-2006-ANR y 1895- 2006-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores, reglamenta la expedición de Duplicados de Diplomas de Grados Académico y Títulos Profesionales en cumplimiento a la Ley Nº 28626, por medio del cual faculta a las universidades públicas y privadas expedir duplicados de diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales por pérdida, deterioro o mutilación; y, De conformidad a las atribuciones conferidas por los dispositivos legales vigentes, al cumplimiento de la Directiva Nº 001-SG-2006-UNCP., y al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 16 de enero del 2014. RESUELVE: 1º OTORGAR EL DUPLICADO DE DIPLOMA DE GRADO DE BACHILLER EN PEDAGOGIA Y HUMANIDADES, Esp.: Matemática y Física, a doña Yisela CACHUAY BONIFACIO, de acuerdo al siguiente detalle: Diploma registro Nº 12761, registrado a Fojas 373 del Tomo 047-B. 2º DAR CUENTA de la presente Resolución a la Asamblea Nacional de Rectores de conformidad a la Ley 28626. 3º ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a Secretaria General y Facultad de Educación. Regístrese y comuníquese. JESUS EDUARDO POMACHAGUA PAUCAR Rector MAURO RODRIGUEZ CERRON Secretario General 1055146-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora de la Municipalidad Provincial de Pallasca, departamento de Ancash RESOLUCIÓN N° 0043-2014-JNE Expediente N° J-2013-01364 PALLASCA - ÁNCASH RECURSO DE APELACIÓN Lima, nueve de enero de dos mil catorce VISTO en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por José Carlos Sifuentes López en contra del Acuerdo de Concejo N° 124-2013-MPP- C, del 15 de octubre de 2013, que rechazó la solicitud de vacancia contra Lorenzo Reyes Vidal, regidor de la Municipalidad Provincial de Pallasca, departamento de Áncash, por la causal establecida en el artículo 11 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, teniendo a la vista el Expediente N° J-2013-01093, así como oídos los informes orales. ANTECEDENTES La solicitud de vacancia El 29 de agosto de 2013, José Carlos Sifuentes López, alcalde de la Municipalidad Provincial de Pallasca, departamento de Áncash, solicita ante el Jurado Nacional de Elecciones la vacancia de Lorenzo Reyes Vidal, primer regidor de la citada comuna, al considerarlo incurso en la causal prevista en el artículo 11 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM). Dicha solicitud originó el Expediente de traslado N° J- 2013-01093, en el que se tramitó el procedimiento de declaratoria de vacancia en sede municipal. El solicitante de la vacancia sostuvo que en la sesión extraordinaria del 17 de julio de 2013, el regidor Lorenzo Reyes Vidal y otros cuatro regidores votaron a favor de la solicitud de suspensión planteada en su contra, y que, desde esa fecha, la antes mencionada autoridad edil se arrogó las funciones administrativas y ejecutivas del cargo de burgomaestre bajo el título de “alcalde provincial interino”, pese a que el 1 de agosto de 2013 interpuso recurso de apelación en contra de dicha decisión (fojas 95 a 178, incluidos los anexos). Con la fi nalidad de acreditar sus afi rmaciones, el solicitante proporcionó, entre otros, los siguientes documentos en copia simple, todos ellos emitidos y fi rmados por Lorenzo Reyes Vidal como “alcalde provincial interino”: - Acuerdo de Concejo N° 99-2013-MPP-C, que plasma la votación a favor de la suspensión del alcalde José Carlos Sifuentes López, emitida en la sesión extraordinaria de concejo del 17 de julio de 2013 (fojas 110 a 116). - Ofi cio N° 0375-2013-MPP.C/ALC, del 17 de julio de 2013, que notifi ca la Resolución de Alcaldía N° 62-2013- MPP.C (fojas 135). - Resolución de Alcaldía N° 62-2013-MPP-C/ALC, del 17 de julio de 2013, que deja sin efecto legal la designación de Daniel Fernando Velásquez Pinillos como gerente municipal (fojas 136). - Ofi cio N° 0376-2013-MPP.C/ALC, del 17 de julio de 2013, que notifi ca la Resolución de Alcaldía N° 65-2013- MPP.C (fojas 137). - Resolución de Alcaldía N° 065-2013-MPP.C, del 18 de julio de 2013, que deja sin efecto la designación de Paul Ycochea Chiroque como gerente de administración y fi nanzas (fojas 138). - Resolución de Alcaldía N° 076-2013-MPP.C, del 7 de agosto de 2013, que autoriza el pago de S/. 24 440,00 a los trabajadores de la Municipalidad Provincial de Pallasca por concepto de incentivo laboral (fojas 170). - Ofi cio N° 0388-2013-MPP.C/ALC, del 1 de agosto de 2013, que notifi ca el Acuerdo de Concejo N° 098-2013- MPP-C (fojas 171). - Acuerdo de Concejo N° 98-2013-MPP-C, del 17 de julio de 2013, que suspende al regidor Santos Cósmer Cruzado Vivar por 180 días y de manera inmediata (fojas 172 a 176). Los descargos de la autoridad cuestionada El 9 de octubre de 2013, el regidor Lorenzo Reyes Vidal presentó sus descargos (fojas 55 a 75, incluidos los anexos). Señaló que asumió el cargo de alcalde interino en ausencia de José Carlos Sifuentes López, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 24 de la LOM, pues el 17 de julio de 2013, el alcalde y sus funcionarios de confi anza abandonaron el local de la Municipalidad Provincial de Pallasca, dejando como encargado del despacho de alcaldía al séptimo regidor Santiago Gabriel Valle Utrilla. En sustento de sus argumentos de defensa, el regidor Lorenzo Reyes Vidal ofreció, entre otros, los siguientes documentos: