Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2014 (01/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

El Peruano Sabado 1 de marzo de 2014

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presupuesto del sector publico o la MORDAZA de creacion de la Entidad. Asimismo el numeral 40.2 del articulo 40 del mismo cuerpo normativo senala que las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programatico son aprobadas mediante Resolucion del Titular, a propuesta de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad. En este contexto, el Titular puede delegar dicha facultad de aprobacion, a traves de disposicion expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano". Que, mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 5712013-P.R./GOB.REG.TACNA de fecha 05 de noviembre de 2013 se designa al Arquitecto MORDAZA MORDAZA PAULLO MORDAZA en el cargo de Gerente General Regional. Que, la funcion administrativa se traduce basicamente en una labor gerencial, orientada a impulsar el aparato administrativo y, garantizar una adecuada toma de decisiones; y conforme a lo normado por el articulo 26 de la Ley Nº 27867 Organica de Gobiernos Regionales, el Gerente General Regional es el responsable administrativo del Gobierno Regional y, por ende resultan compatibles a su cargo las facultades Administrativas de Gestion y de Resolucion en materia presupuestaria. Que, en atencion a las normas MORDAZA citadas y en concordancia con la Ley Nº 27444 del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27867 Organica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y, complementada por las Leyes Nº 27902, 28013, 28926, contando con el visto MORDAZA de la Oficina Regional de Asesoria Juridica del Gobierno Regional de Tacna. SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESCONCENTRAR, las facultades Administrativas de Gestion y de Resolucion EN MATERIA PRESUPUESTARIA en la Gerencia General del Gobierno Regional de Tacna; estando en consecuencia el funcionario designado como Gerente General del Gobierno Regional de Tacna, AUTORIZADO para: · APROBAR, las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programatico, de acuerdo con el numeral 40.2 del articulo 40 de la Ley Nº28411. · Asumir, las demas atribuciones y facultades en materia presupuestaria que corresponden al Presidente Regional de Tacna, en su calidad de Titular del Pliego, asi como todas las demas acciones administrativas, que MORDAZA de competencia y atribucion del Presidente del Gobierno Regional de Tacna, tales como: aprobacion de calendario de compromisos institucional y sus modificatorias, desagregacion, incorporacion de recursos, transferencias presupuestales permitidas por ley a cargo del Titular del Pliego y, otras relativas a la materia. · Emitir y/o aprobar politicas y Directivas internas para la racionalizacion y austeridad del gasto publico y el manejo adecuado de los recursos asignados por toda fuente de financiamiento y, otras sobre gestion presupuestaria durante la ejecucion presupuestaria del ejercicio fiscal 2014. Articulo Segundo.- El cumplimiento de la delegacion de facultades que se describe en el articulo primero, debera efectuarse en el MORDAZA de la normatividad vigente en materia presupuestaria y, podra efectuarse a traves de cualquier acto administrativo, declaracion y/o pronunciamiento que en el MORDAZA de las normas de derecho publico esten destinadas a producir los efectos deseados respecto de cada caso concreto. Articulo Tercero.- Dejar sin efecto las demas disposiciones administrativas de caracter interno que se opongan a la presente resolucion. Articulo Cuarto.- DISPONER, la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial "El Peruano" para los fines de ley y, la correspondiente comunicacion a la Gerencia delegada. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA G. MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 1055297-1

de la deuda, asi como el documento que contenga la autorizacion que se refiere el articulo 2º de este Acuerdo, Igualmente se le autoriza a firmar otros documentos que requiera el Banco de la Nacion para la tramitacion y formalizacion de la presente operacion. Articulo Cuarto.- Emitir la Carta Orden, autorizando al Banco de la Nacion, la afectacion de los recursos provenientes del Canon Minero, para la cancelacion total de la Operacion Financiera Temporal otorgada, que incluye capital mas intereses. Articulo Quinto.- Asi mismo declaramos que nuestras transferencias del Gobierno Central y otros ingresos propios se encuentran libres de obligaciones con terceros, razon por la cual nos comprometemos en 100% con el Banco de la Nacion, por el servicio de la deuda del credito solicitado, el que destinamos exclusivamente al objeto indicado en nuestra solicitud, y que toda la documentacion presentada al Banco tiene caracter de declaracion jurada. Articulo Sexto.- INFORMAR al Consejo Regional sobre el cumplimiento del presente Acuerdo Articulo Septimo.- PUBLICAR el presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del Gobierno Regional. REMITIENDO MORDAZA del mismo a Presidencia Regional, Direccion General de Presupuesto Publico, Consejo Regional, Vicepresidencia Regional, Gerencia General Regional y demas instancias comprendidas pertinentes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejera Delegada Consejo Regional MORDAZA 1055646-1

GOBIERNO REGIONAL DE TACNA
Desconcentran las facultades administrativas de gestion y de resolucion en materia presupuestaria en la Gerencia General del Gobierno Regional de Tacna
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 057-2014-P.R/GOB.REG.TACNA 5 de febrero de 2014 VISTO: La Resolucion Ejecutiva Regional Nº 571-2013-PR/ GOB.REG.TACNA. CONSIDERANDO: Que, la estructura, organizacion, competencias y funciones de los gobiernos regionales se encuentran establecidos y normados por la Ley Nº 27867 Organica de Gobiernos Regionales. Asimismo, dicho cuerpo legal define la organizacion democratica, descentralizada y desconcentrada de un Gobierno Regional conforme a la Constitucion y a la Ley de Bases de la Descentralizacion y, conforme al articulo 191 de la Constitucion Politica del Estado modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº28607, advirtiendose que los gobiernos regionales tienen autonomia politica y administrativa en asuntos de su competencia. Que, por su parte el numeral 7.1) del articulo 7º de la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, senala al Titular de la Entidad como la mas alta Autoridad Ejecutiva, quien en materia presupuestal es responsable, de manera solidaria, con el concejo regional(...). Dicha autoridad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las leyes de

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