Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2014 (13/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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MORDAZA de 2 100,00 m², ubicado en el Sector Jupari del distrito de MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, se encuentra sin inscripcion registral; Que, realizada la inspeccion tecnica el 01 de noviembre de 2013, se veri co que el terreno se encuentra libre de ocupacion; Que, mediante Certi cado de Busqueda Catastral elaborado sobre la base del Informe Tecnico N° 20134020-Z.R.NXIII/OC-ORJ-U emitido por el Area de Catastro de la O cina Registral de Juliaca, en el que se concluye que el area en consulta se encuentra sobre un ambito que no se puede determinar los antecedentes registrales; Que, el tercer parrafo del articulo 16° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, senala que no impide la inmatriculacion, el informe tecnico que senala la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, el Articulo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno MORDAZA de 2 100,00 m², de conformidad con el Articulo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Articulo 44° del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modi catorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0015-2014/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 21 de enero de 2014; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno MORDAZA de 2 100,00 m², ubicado a 2,7 Km al Suroeste del Centro Poblado Laro, en la ruta hacia la localidad de Coa y a 7,3 Km al Noroeste de la MORDAZA MORDAZA en el Sector Jupari del distrito de MORDAZA, provincia de MORDAZA y departamento de Puno; segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2°.- La O cina Registral de Juliaca de la MORDAZA Registral N° XIII ­ Sede Tacna de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Juliaca. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA WONG Subdirector de Administracion del Patrimonio Estatal 1060226-3 SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION N° 052-2014/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 26 de febrero de 2014 Visto el Expediente N° 213-2013/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 4 384,62 m², ubicado al Oeste y aledano al area MORDAZA y al mirador del Centro Poblado Andaray del distrito de Andaray, provincia de Condesuyos y departamento de Arequipa; CONSIDERANDO:

El Peruano Jueves 13 de marzo de 2014

Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatalesy su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, con fecha 18 de MORDAZA de 2012, se suscribio el Convenio N° 129-2012 de cooperacion interinstitucional entre el Ministerio de Vivienda Construccion y Saneamiento, el Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI y la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, que tiene como objetivo jar los lineamientos administrativos y de operatividad que deberan seguir las partes, segun corresponda, para que COFOPRI brinde informacion que permita a la SBN efectuar la primera inscripcion de dominio de los predios destinados para el Programa de Apoyo al Habitat Rural ­ Tambos; Que, revisada la base gra ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identi co el terreno eriazo de 4 384,62 m², ubicado al oeste del Centro Poblado Andaray del distrito de Andaray, provincia de Condesuyos y departamento de MORDAZA, se encuentra sin inscripcion registral; Que, con fecha 14 de marzo de 2013, se realizo la inspeccion tecnica al predio en cuestion, veri cando que existe una edi cacion de material noble de 01 piso correspondiente al Centro de Servicios de Apoyo al Habitat Rural ­ Tambo Andaray; Que, mediante Certi cado de Busqueda Catastral de fecha 15 de octubre de 2013 elaborado sobre la base del Informe Tecnico Catastral N° 1084-2013/ZRXII-OC-BC, se concluye que el predio en cuestion se encuentra sobre ambito donde no se puede determinar sus antecedentes registrales; Que, el tercer parrafo del articulo 16° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, senala que no impide la inmatriculacion, el informe tecnico que senala la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, el Articulo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 4 384,62 m², de conformidad con el Articulo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Articulo 44° del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modi catorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0039-2014/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 17 de febrero de 2014; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 4 384,62 m², ubicado al Oeste y aledano al mirador y al area MORDAZA del Centro Poblado Andaray del distrito de Andaray, provincia de Condesuyos y departamento de Arequipa;

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