Norma Legal Oficial del día 17 de marzo del año 2014 (17/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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El Peruano Lunes 17 de marzo de 2014

PODER EJECUTIVO CULTURA
Declaran Patrimonio Cultural de la Nacion a la Fiesta del MORDAZA Occe y a la Escenificacion del Auto Sacramental de la MORDAZA de los MORDAZA Magos en la MORDAZA de Huancavelica
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 021-2014-VMPCIC-MC MORDAZA, 13 de marzo de 2014 Vistos, el Memorando Nº 0339-2013-DRC-HVA/MC de la Direccion Regional de Cultura de Huancavelica, actualmente Direccion Desconcentrada de Cultura de Huancavelica y el Informe Nº 060-2014-DPI-DGPC/MC, emitido por la Direccion de Patrimonio Inmaterial; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 21 de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el numeral 2) del articulo 1 de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, establece que "Integran el Patrimonio Cultural de la Nacion las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unilateral o grupal,

y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresion de la identidad cultural y social, ademas de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos originarios, el saber y conocimientos tradicionales, ya MORDAZA artisticos, gastronomicos, medicinales, tecnologicos, folcloricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural"; Que, el literal b) del articulo 7 de la Ley Nº 29565, Ley de Creacion del Ministerio de Cultura, establece que "es funcion exclusiva de esta entidad realizar acciones de declaracion, investigacion, proteccion, conservacion, puesta en valor, promocion y difusion del Patrimonio Cultural de la Nacion"; Que, mediante Memorando Nº 0339-2013-DRC-HVA/ MC, la Direccion Regional de Cultura de Huancavelica, actualmente Direccion Desconcentrada de Cultura de Huancavelica, remite el expediente tecnico mediante el cual se solicita, al MORDAZA de las normas vigentes, la declaratoria de la fiesta tradicional religiosa conocida como "Fiesta del MORDAZA Occe y la Escenificacion del Auto Sacramental de la MORDAZA de los MORDAZA Magos" que se desarrolla en la MORDAZA, provincia y departamento de Huancavelica, como Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el auto sacramental es un genero de teatro religioso espanol que formaba parte de la liturgia catolica en la celebracion de las fechas fundamentales del cristianismo; las historias, que procedian de los evangelios y de vidas de MORDAZA, se presentaban como alegorias sobre la fe MORDAZA y la condicion humana desde la perspectiva de la teologia; en el siglo XVI, con el Concilio de Trento, se considero que este genero era un medio adecuado para difundir el mensaje catolico, lo que tendria efecto en las campanas de cristianizacion de la poblacion MORDAZA en el continente americano;

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 1 pagina o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION

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