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El Peruano Lunes 17 de marzo de 2014 519036 PODER EJECUTIVO CULTURA Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la Fiesta del Niño Occe y a la Escenificación del Auto Sacramental de la Adoración de los Reyes Magos en la ciudad de Huancavelica RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 021-2014-VMPCIC-MC Lima, 13 de marzo de 2014 Vistos, el Memorando Nº 0339-2013-DRC-HVA/MC de la Dirección Regional de Cultura de Huancavelica, actualmente Dirección Desconcentrada de Cultura de Huancavelica y el Informe Nº 060-2014-DPI-DGPC/MC, emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú señala que es función del Estado la protección del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el numeral 2) del artículo 1 de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, establece que “Integran el Patrimonio Cultural de la Nación las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unilateral o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresión de la identidad cultural y social, además de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos originarios, el saber y conocimientos tradicionales, ya sean artísticos, gastronómicos, medicinales, tecnológicos, folclóricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural”; Que, el literal b) del artículo 7 de la Ley Nº 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura, establece que “es función exclusiva de esta entidad realizar acciones de declaración, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación”; Que, mediante Memorando Nº 0339-2013-DRC-HVA/ MC, la Dirección Regional de Cultura de Huancavelica, actualmente Dirección Desconcentrada de Cultura de Huancavelica, remite el expediente técnico mediante el cual se solicita, al amparo de las normas vigentes, la declaratoria de la fi esta tradicional religiosa conocida como “Fiesta del Niño Occe y la Escenifi cación del Auto Sacramental de la Adoración de los Reyes Magos” que se desarrolla en la ciudad, provincia y departamento de Huancavelica, como Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el auto sacramental es un género de teatro religioso español que formaba parte de la liturgia católica en la celebración de las fechas fundamentales del cristianismo; las historias, que procedían de los evangelios y de vidas de santos, se presentaban como alegorías sobre la fe cristiana y la condición humana desde la perspectiva de la teología; en el siglo XVI, con el Concilio de Trento, se consideró que este género era un medio adecuado para difundir el mensaje católico, lo que tendría efecto en las campañas de cristianización de la población nativa en el continente americano; REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN