Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2014 (31/03/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 4

520058
- Decreto Supremo N° 005-2013-MC, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura. 3. Alcance El presente protocolo es de aplicacion, en esta primera etapa, por parte de: a) El Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales. b) La Secretaria General, a traves de sus correspondientes organos de asesoramiento y apoyo. c) El Coordinador del Programa Piloto de Voluntariado. 4. Determinacion del perfil, labores, beneficiarias y duracion del voluntariado areas

El Peruano Lunes 31 de marzo de 2014

capacitacion seran coordinadas con la Oficina General de Recursos Humanos y la Oficina de Operaciones y Mantenimiento5, que facilitaran la logistica que se requiera; asi como con el Coordinador del Programa Piloto de Voluntariado. 5.6. Duracion del voluntariado Las actividades de voluntariado no podran tener una duracion menor a los tres (3) meses. 5.7. Tiempo y horario del voluntariado El tiempo y el horario que se dedique a la actividad del voluntariado sera definida por las areas respectivas de los organos de linea, de acuerdo con sus necesidades. 5.8. Entrega de certificados

La determinacion del perfil, labores y areas beneficiarias es competencia de las correspondientes areas de los organos de linea, en articulacion con el Coordinador del Programa Piloto de Voluntariado.1 Si la labor de determinacion de que se trata en el parrafo anterior conlleva la realizacion de gastos, las correspondientes areas de los organos de linea deberan tramitar la respectiva disponibilidad presupuestal.2 5. Etapas del procedimiento 5.1. Convocatoria y difusion del Programa Piloto de Voluntariado La convocatoria y difusion del Programa Piloto de Voluntariado para el MORDAZA 2014 se encuentra a cargo de la Oficina de Comunicacion e Imagen Institucional3, la que debera articular sus actividades con el Coordinador del Programa Piloto de Voluntariado. 5.2. Seleccion de los voluntarios El MORDAZA de seleccion de los voluntarios se encuentra a cargo de la Oficina General de Recursos Humanos4, de manera articulada con el Coordinador del Programa Piloto de Voluntariado. Para ello, se conformara un Comite que estara integrado por: a) El Coordinador del Programa Piloto de Voluntariado. b) Un representante del area que requiere el servicio de voluntariado. c) Un representante de la Oficina General de Recursos Humanos. 5.3. Registro de los voluntarios La Oficina General de Recursos Humanos efectuara la inscripcion de los voluntarios y de las organizaciones de voluntarios en el Registro que administra la Direccion de Beneficencias Publicas y Voluntariado del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. 5.4. Obligaciones de la entidad El Ministerio obligaciones: de Cultura tiene las siguientes

Al termino de las actividades realizadas, se otorgara al voluntario una certificacion del servicio de voluntariado desempenado, con especificacion de las acciones desarrolladas y de las capacitaciones adquiridas, de ser el caso. La entrega de las certificaciones se encuentra a cargo de las areas respectivas de los organos de linea que resultaron beneficiarios del voluntariado.6

1

2

3

4

5

6

De acuerdo con lo prescrito por los articulos 7 y 15 del Reglamento de la Ley General del Voluntariado, aprobado por el Decreto Supremo N° 0082004-MIMDES. De conformidad con el numeral 4.2 del articulo 4 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014. De conformidad con el articulo 16 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 0052013-MC. En aplicacion del articulo 43 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013MC. De acuerdo con lo prescrito por el articulo 41 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC En observancia de lo dispuesto por los articulos 7, 8 y 15 del Reglamento de la Ley General del Voluntariado, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2004-MIMDES.

1068475-1

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Designan Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 074-2014-MIDIS MORDAZA, 28 de marzo de 2014 VISTO: El Convenio de Asignacion celebrado entre la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR, el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social y el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gallo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se creo el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, determinandose su ambito, competencias, funciones y estructura organica basica; Que, de acuerdo con el Cuadro para Asignacion de Personal del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, aprobado por Resolucion Suprema N° 001-2013-MIDIS, y reordenado mediante Resoluciones Ministeriales N° 0122013-MIDIS, N° 085-2013-MIDIS, N° 127-2013-MIDIS y

a) Brindar la seguridad adecuada para salvaguarda de la integridad fisica, psiquica y moral del voluntario. b) Informar a los voluntarios si la labor que desarrollaran conllevara algun peligro para su MORDAZA o salud. c) Brindar al voluntario la capacitacion necesaria para el desarrollo del servicio de voluntariado a realizar, de acuerdo a las posibilidades del beneficiario. d) Otorgar al voluntario una certificacion de las actividades realizadas en el servicio de voluntariado desempenado, con especificacion de las actividades desarrolladas y de las capacitaciones adquiridas, de ser el caso. 5.5. Capacitacion de los voluntarios Los voluntarios seran capacitados por las areas respectivas de los organos de linea. Las actividades de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.