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El Peruano Lunes 31 de marzo de 2014 520059 N° 008-2014-MIDIS, el cargo de Jefe de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto es califi cado como cargo de confi anza; Que, de otro lado, mediante Decreto Legislativo N° 1024 se creó y reguló el Cuerpo de Gerentes Públicos, conformado por profesionales altamente capaces, seleccionados en procesos competitivos y transparentes, para ser destinados por la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR a las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales que los requieran; Que, en dicho contexto, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 052-2013-SERVIR-PE, se aprobó como cargo de destino para la asignación de profesionales que conforman el Cuerpo de Gerentes Públicos, el cargo de Jefe de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 022-2014-SERVIR-PE, se asignó al Gerente Público Jorge Alberto Zapata Gallo en dicho cargo; Que, de acuerdo con el artículo 10 del Reglamento del Régimen Laboral de los Gerentes Públicos creado por el Decreto Legislativo N° 1024, aprobado por Decreto Supremo N° 030-2009-PCM, en caso que el Gerente Público sea asignado para desempeñar un cargo de confi anza a que se refi ere el inciso 2) del artículo 4 de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público, la condición de confi anza del cargo se suspenderá durante el período de asignación; Que, de conformidad con el artículo 9 del Decreto Legislativo N° 1024 y el artículo 15 del citado Reglamento, los Gerentes Públicos son asignados a las entidades solicitantes por un período de tres (3) años renovables, iniciando su vínculo laboral especial con éstas una vez que suscriban el respectivo Convenio de Asignación, en el cual deben fi jarse, como mínimo, las funciones y responsabilidades del cargo, las metas que se espera del desempeño del Gerente Público y los indicadores cuantifi cables para su evaluación; Que, ante la vacancia del cargo de Jefe de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto a partir del 31 de marzo de 2014, corresponde realizar la designación respectiva a partir de dicha fecha; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1024, que crea y regula el Cuerpo de Gerentes Públicos, y el Reglamento de su Régimen Laboral, aprobado por Decreto Supremo N° 030-2009-PCM; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir del 31 de marzo de 2014, al Gerente Público de la Autoridad Nacional del Servicio Civil señor Jorge Alberto Zapata Gallo, en el cargo de Jefe de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1068487-1 ENERGIA Y MINAS Aprueban aclaración a la minuta de la segunda modificación al Contrato de Concesión Nº 359-2010, relativo a la concesión definitiva de generación con recursos energéticos renovables de la Central Hidroeléctrica Viroc RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 166-2014-MEM/DM Lima, 24 de marzo de 2014 VISTO: El Expediente N° 18222810 sobre solicitud de modifi cación de concesión defi nitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables presentada por AMAZONAS GENERACIÓN S.A., persona jurídica inscrita en la Partida N° 12228839 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima, y la solicitud de Aclaración a la Segunda Modifi cación al Contrato de Concesión N° 359-2010; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 016- 96-EM/VME, publicada el 18 de enero de 1996, se otorgó a favor de COMPAÑÍA MINERA RAURA S.A. la autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Raura II (Viroc), la cual se adecuó a una concesión defi nitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables mediante Resolución Ministerial N° 538-2010-MEM/DM publicada el 22 de diciembre de 2010, para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Hidroeléctrica Viroc, con una potencia instalada de 12,5 MW, ubicada en el distrito y provincia de Oyón, departamento de Lima, aprobándose el Contrato de Concesión Nº 359-2010, cuyo plazo estipulado para la puesta en operación comercial es de 36 meses, contados a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución Ministerial N° 538-2010-MEM/DM; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 390-2011- MEM/DM publicada el 02 de setiembre de 2011, se aprobó la Primera Modifi cación al referido Contrato de Concesión, estableciendo como nuevo titular de la concesión defi nitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Viroc, a la empresa AMAZONAS GENERACIÓN S.A.; Que, mediante documentos ingresados el 23 de febrero de 2012, 21 de setiembre de 2012 y 09 de mayo de 2013, bajo los Registros N° 2169870, N° 2231409 y N° 2290324, respectivamente, AMAZONAS GENERACIÓN S.A. solicitó la Segunda Modifi cación al citado Contrato, por razones de fuerza mayor, a fi n de consignar un nuevo Cronograma de Ejecución de Obras y una nueva ubicación de la captación, sustento que contó con opinión favorable de OSINERGMIN a través del Informe N° GFE-USPP-62- 2013 y que ha implicado la modifi cación de la Primera, Séptima y Décima Cláusula, así como el Anexo Nº 5 del referido Contrato; Que, mediante Resolución Ministerial N° 435-2013- MEM/DM publicada el 15 de octubre de 2013, se aprobó la Segunda Modifi cación al Contrato de Concesión Nº 359-2010, en lo referido a las Cláusulas Primera, Séptima y Décima, así como el Anexo Nº 5, elevado a Escritura Pública el 07 de enero de 2014; Que, mediante documento con registro de ingreso Nº 2362607, presentado el 29 de enero de 2014, AMAZONAS GENERACIÓN S.A. adjuntó la Esquela de Observación realizada por la señora Marleni LLajaruna Aguado, Registrador Público de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), Zona Registral Nº IX – Sede Lima, sobre la Escritura Pública referida en el considerando anterior, bajo el Título Nº 2014-00041116, cuya fecha de vencimiento es el 07 de abril del 2014, por cuanto se indica erróneamente el número del anexo en la modifi cación de la Cláusula Séptima, contenida de esa manera en la Cláusula Cuarta de la Segunda Modifi cación del Contrato Nº 359- 2010, la cual requiere ser aclarada de la siguiente manera: DICE: “SÉPTIMA: PLAZO DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS Las obras a ejecutar para la Central Hidroeléctrica Viroc demandarán un nuevo plazo hasta su puesta en servicio, conforme con el Calendario de Ejecución de Obras que fi gura como Anexo Nº 4 del Contrato…” DEBE DECIR: “SÉPTIMA: PLAZO DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS Las obras a ejecutar para la Central Hidroeléctrica Viroc demandarán un nuevo plazo hasta su puesta en