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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MAYO DEL AÑO 2014 (15/05/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 7

El Peruano Jueves 15 de mayo de 2014 523237 De conformidad con lo establecido en los numerales 4) y 14) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo a dar cuenta al Congreso de la República. DECRETA: Artículo 1º.- Prórroga de Estado de Emergencia Prorrogar por el término de sesenta (60) días calendario, a partir del 31 de mayo de 2014, el Estado de Emergencia en el distrito de Echarate, ubicado en la provincia de La Convención, del departamento del Cusco. Artículo 2º.- Suspensión del ejercicio de Derechos Constitucionales Durante el Estado de Emergencia a que se refi ere el artículo anterior y en las circunscripciones señaladas en el mismo, quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la libertad y seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio, comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24), apartado f) del artículo 2º de la Constitución Política del Perú. Artículo 3º.- Control del Orden Interno Disponer que las Fuerzas Armadas asuman el control del Orden Interno en tanto dure el Estado de Emergencia declarado en el artículo 1º del presente Decreto Supremo. La Policía Nacional del Perú contribuirá al logro de dicho objetivo en el departamento, provincia y distrito declarado en Estado de Emergencia. Artículo 4º.- De la Intervención La intervención de las Fuerzas Armadas se efectuará conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1095, que establece las reglas de empleo y uso de la fuerzas por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional. Artículo 5º.- Comando Unifi cado Disponer que el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas asuma el Comando Unifi cado de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, en el departamento, provincia y distrito indicado en el artículo 1º del presente Decreto Supremo, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1136, Decreto Legislativo del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, así como en el Decreto Supremo Nº 004-2013-DE, que precisa los alcances de Comando en acciones y operaciones militares en zonas declaradas en Estado de Emergencia, en los casos en que las Fuerzas Armadas asumen el control del orden interno. Artículo 6º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa, por el Ministro del Interior y por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de mayo del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa WALTER ALBÁN PERALTA Ministro del Interior DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1083222-4 Autorizan viaje de funcionario de DEVIDA a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 160-2014-PCM Lima, 14 de mayo de 2014 Visto: el Ofi cio Nº 0269-2014-DV-SG de la Secretaría General de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA; y, CONSIDERANDO: Que, mediante documento de Visto, informa que se llevará a cabo en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, la “XXXVIII Reunión de Subgrupos de Trabajo del Grupo de Expertos para el Control del Lavado de Activos, de Cooperación Internacional y Decomiso, y de Unidades de Inteligencia Financiera y Organismos de Investigación Criminal”, convocada por la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD) de la OEA los días 22 y 23 de mayo de 2014; Que, el Programa de Gestión Integrada y Efectiva del Control de Drogas en el Perú a cargo de DEVIDA, considera los aspectos relacionados con las investigaciones sospechosas de lavado de activos provenientes del tráfi co ilícito de drogas y las respectivas judicializaciones, por lo cual es importante afi anzar la coordinación internacional para la identifi cación y seguimiento de las vinculaciones internas y externas del lavado de activos, y del mismo modo, resulta necesario afi anzar las coordinaciones de intercambio de información de operaciones bilaterales y multilaterales, así como fortalecer los organismos nacionales para la administración de bienes incautados, por lo que deviene en necesaria la participación del funcionario responsable de dicho programa presupuestal; Que, en razón a lo expuesto, resulta necesaria autorizar la participación del señor Jorge Luis Valencia Jáuregui, Responsable Técnico del Programa Presupuestal de Gestión Integrada y Efectiva del Control de Drogas en el Perú de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas-DEVIDA, a la ciudad de Washington D.C. Estados Unidos de América, para su participación en la Reunión antes mencionada; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuará con cargo a la Fuente de Recursos Ordinarios de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; y, De conformidad con la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2014; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº047-2002-PCM modifi cado por el Decreto Supremo N°056-2013-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante Decreto Supremo Nº063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor Jorge Luis Valencia Jáuregui, Responsable Técnico del Programa Presupuestal de Gestión Integrada y Efectiva del Control de Drogas en el Perú de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas-DEVIDA, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 21 al 24 de mayo de 2014, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, del Pliego de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas-DEVIDA, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Jorge Luis Valencia Jáuregui Pasajes (incluye TUUA) US$ 1,965.54 Viáticos US$ 440.00 x día US$ 1,320.00 --------------------- Total US$ 3,285.54 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona cuyo viaje se autoriza, deberá presentar al Titular de su Institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados, de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no otorgará derecho a liberación o exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.