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El Peruano Jueves 15 de mayo de 2014 523243 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Crédito Suplementario a favor del Pliego Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERU, en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 DECRETO SUPREMO Nº 107-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30114, se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; Que, por Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 105-2013-PROMPERU/DE, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU; Que, el literal c) del artículo 6 de la Ley Nº 30115 – Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, establece que se incorporan en los presupuestos institucionales mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el ministro del sector respectivo, los mayores ingresos recaudados y los no utilizados en años anteriores producto de la aplicación de la Ley Nº 27889 - Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, a favor de los Pliegos 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo-PROMPERU y Ministerio de Comercio Exterior y Turismo-MINCETUR; Que, el artículo 12 de la Ley Nº 27889, Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, establece que los ingresos provenientes de la recaudación del mencionado impuesto, luego de deducido el porcentaje que conforme a Ley corresponda a la SUNAT, serán transferidos al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR), para que los utilice a través de PROMPERU y el Plan COPESCO Nacional, exclusivamente para fi nanciar las actividades y proyectos destinados a la promoción y desarrollo del turismo nacional; Que, de acuerdo al Informe N° 007-2014/ PROMPERU/SG-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de PROMPERU, existe un saldo remanente de recursos captados y no asignados de los ejercicios del 2003 al 2013 correspondientes al “Fondo para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional”, con cargo al cual solicita un crédito suplementario para el ejercicio fiscal 2014 ascendente a la suma de TREINTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 33 700 000,00), a fin de reforzar el posicionamiento de la imagen turística del Perú en mercados internacionales a efectos de lograr que se concreten viajes hacia el país; y, fortalecer el turismo interno a partir de diversificar y desestacionalizar los viajes al interior; Que, mediante Informe Nº 158-2014-MINCETUR/SG/ OGPPD, la Ofi cina General de Planifi cación, Presupuesto y Desarrollo del MINCETUR emite opinión favorable respecto de la incorporación de recursos vía crédito suplementario solicitada por PROMPERU, hasta por la suma de TREINTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 33 700 000,00); asimismo, señala que se cuenta con los saldos fi nancieros sufi cientes para su incorporación; en mérito de lo cual, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, a través del Ofi cio N° 117-2014-MINCETUR/DM, solicita la incorporación de los recursos correspondientes; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar la mencionada incorporación de recursos a través de un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, aprobado por la Ley N° 30114, a favor del Pliego Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo-PROMPERU, hasta por la suma de TREINTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 33 700 000,00); De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 30115 – Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorízase la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de TREINTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 33 700 000,00), a favor del Pliego Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU, para reforzar las actividades de promoción turística, de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS En Nuevos Soles FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 1. Ingresos Presupuestarios 1.1 : Impuestos y Contribuciones Obligatorias 1.1.4 : Impuesto sobre el Comercio y las Transacciones Internacionales 1.1.4.2 : Otros Impuestos sobre el Comercio y las Transacciones Internacionales 1.1.4.2.1 : Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional 1.1.4.2.1.1 : Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional 33 700 000,00 ============ TOTAL INGRESOS 33 700 000,00 ============ N° DENOMINACIÓN DEL SERVICIO NO EXCLUSIVO REQUISITOS (en % UIT) COSTO (en S/.) DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRÁMITE DEPENDENCIA QUE PRESTA EL SERVICIO Anexo “ B” 4 COSTO POR HORA - INGLÉS MARÍTIMO PORTUARIA. 1. Nível de Inglés requerido 2. Haber cancelado el concepto de derecho por enseñanza del curso. * Pack Individual * Dos (2) Participantes * Tres (3) Participantes * Cuatro (4) Participantes * Cinco (5) Participantes * Séis (6) Participantes * Siete (7) Participantes * Ocho (8) Participantes * Tarifa Grupal * Tarifa Institucional 3. No adeudar a la entidad por ningún concepto 1.711 0.921 0.592 0.447 0.368 0.316 0.276 0.211 0.171 0.132 65.00 35.00 22.50 17.00 14.00 12.00 10.50 8.00 6.50 5.00 Ofi cina Administrativa del Centro de Idiomas Centro de Idiomas de la ENAMM 1082619-1