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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MAYO DEL AÑO 2014 (24/05/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 25

El Peruano Sábado 24 de mayo de 2014 523815 cumplir con los requisitos técnicos y legales establecidos en el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, aprobado mediante Resolución Suprema N° 004-2000- ED, normativa aplicable y en aquellas que se aprueben para tales fi nes. Artículo 5°.- El Jefe y/o Responsable de la Unidad Ejecutora 002: MC - Cusco, deberá remitir un informe documentado al Despacho Ministerial, el último día hábil de cada trimestre, sobre el ejercicio de las facultades delegadas mediante la presente resolución. Artículo 6°.- Remitir copia de la presente resolución al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, a la Unidad Ejecutora 002: MC - Cusco, a la Dirección General de Patrimonio Cultural y a la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble del Ministerio de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIANA ÁLVAREZ-CALDERÓN Ministra de Cultura 1087531-1 DEFENSA Autorizan viaje de Procurador Público del Ministerio de Defensa a Italia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 219-2014-DE/ Lima, 23 de mayo de 2014 CONSIDERANDO: Que, el Tribunal Ordinario de Livorno, dictó sentencia en el denominado Caso WASS (Causa Civil de I Grado), en la cual se rechazaron todas las demandas presentadas por la empresa Whitehead Alenia Sistemi Subacquei S.p.A- WASS contra la República de Perú, tanto contra el Ministerio de Defensa como contra el Banco de la Nación, y condenando a la referida empresa al pago de las costas y costos legales, la misma que ha quedado consentida; Que, en el proceso Nº 2654-2009, el Juez Roberto Urgese en el año 2010, condena al Ministerio de Defensa de la República de Perú, al pago de costas y costos procesales a favor de la empresa Whitehead Alenia Sistemi Subacquei S.p.A- WASS; Que, teniendo en consideración lo expresado, debe entenderse que el Estado Peruano tiene, siguiendo una prelación temporal; en primer lugar, el deber de pagar las costas a las que fuera condenado en 2010; y, en segundo lugar, recaudar las costas que en 2013 fueron decretadas a su favor; en atención a la situación descrita y siguiendo el Principio de Reciprocidad, resulta conveniente que se proceda al cobro compensando crédito y deuda; Que, los abogados del Ministerio de Defensa del Perú en la ciudad de Roma, República Italiana, Studio Legance, han informado que el abogado italiano Morra, el 23 de mayo de 2013, luego de emitida la sentencia del caso WASS, ha solicitado ante el Foro de Abogados de Roma el inicio de un proceso de conciliación, requiriendo al Estado peruano para que le pague 20,000.00 euros por concepto de honorarios profesionales por los servicios legales prestados en el caso antes señalado, aduciendo haber brindado dichos servicios a favor del Ministerio de Defensa al inicio del citado Caso; Que, habiéndose llevado a cabo varias audiencias conciliatorias, todas ellas infructuosas debido a la falta de acuerdo, en la última realizada el 21 de marzo de 2014, se acordó postergar la misma hasta el 29 de Mayo de 2014, fecha en la que se considera se podría llegar a un acuerdo conciliatorio que ponga fi n a la controversia; Que, tanto la compensación de costas, como el proceso conciliatorio por los honorarios que el abogado italiano Morra reclama, exigen que el Estado peruano contrate servicios de asistencia legal, los mismos que deberían ser prestados por los abogados del Studio Legance que fueron los que asistieron con éxito en el proceso principal al Estado peruano, para ello, se debe fi rmar una Addenda al Contrato ya suscrito; de manera tal que se amplíen los servicios a ser prestados, el plazo de ejecución y el monto total de la contratación; Que, mediante Informe N° 001-2014-PP MINDEF/ CASO WASS, el Procurador Público del Ministerio de Defensa, abogado Gustavo Lino Adrianzén Olaya, indica que teniendo en cuenta la necesidad de continuar con la defensa del Estado peruano en la etapa complementaria del proceso WASS en la ciudad de Roma, República Italiana, asistiendo a la audiencia programada para el 29 de mayo del 2014 y, siendo la indicada audiencia así como las otras actividades por realizar de interés para el Sector Defensa, solicita se autorice su viaje al exterior en comisión de servicio a la ciudad de Roma, República Italiana del 27 al 31 de mayo de 2014, a fi n que ejerza las acciones necesarias para garantizar una efi ciente defensa del Estado; partiendo de la ciudad de Lima el 26 de mayo y retornando el 1 de junio de 2014, debido a los itinerarios de los vuelos internacionales, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, la fecha de inicio y término de la comisión de servicio tiene por objeto facilitar el desplazamiento del Procurador Público del Ministerio de Defensa a fi n que pueda cumplir con la totalidad de las actividades previstas en los días previos y posteriores a la audiencia, permitiendo que se reúna con los abogados del Studio Legance para afi nar los detalles de la prestación del servicio legal a ser brindado; defi nir la redacción de escritos que se requiera presentar; suscribir la Addenda al Contrato suscrito con el Studio Legance; y, revisar y estudiar los alcances de la conciliación con el abogado italiano Morra; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2014 del Pliego 026: Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 001: Administración General, de conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; De conformidad con el Decreto Legislativo 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2014; la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modifi cado por Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, y sus modifi catorias que reglamentan los viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y el Decreto Supremo 024-2009-DE/SG, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar del 27 al 31 de mayo de 2014, el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la ciudad de Roma, República Italiana, del abogado Gustavo Lino ADRIANZÉN OLAYA, identifi cado con DNI N° 07041163, Procurador Público del Ministerio de Defensa, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, así como autorizar su salida del país el 26 de mayo y retorno el 01 de junio de 2014. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán sufragados por el Ministerio de Defensa - Administración General de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos: Lima - Roma (República Italiana) - Lima US$ 3,032.84 x 1 persona (Incluye TUUA) US$ 3,032.84 Viáticos: US$ 540.00 x 1 persona x 5 días US$ 2,700.00 --------------------- Total US$ US$ 5,732.84 Artículo 3º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dicho personal deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio del 2002, relacionado con la sustentación de viáticos. Artículo 4°.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización