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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MAYO DEL AÑO 2014 (30/05/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 110

El Peruano Viernes 30 de mayo de 2014 524224 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA VISTOS, el Informe N° 068-2014-MSB/GR/URT de la Unidad de Recaudación Tributaria de fecha 15 de mayo de 2014, el Informe N°42-2014-MSB-GM-GR de la Gerencia de Rentas, de fecha 20 de mayo de 2014, el Memorando N588-2014-MSB-GM de la Gerencia Municipal de fecha 28 de mayo de 2014 ; y CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Titulo Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972, establece que los Gobiernos Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando está en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, en uso de sus facultades legales, el Concejo Municipal aprobó la Ordenanza N° 516-MSB, publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 03 de diciembre de 2013, sobre Beneficio de Regularización Tributaria a los contribuyentes del distrito, con un plazo de vigencia hasta el 28 de diciembre de 2013; plazo que ha sido prorrogado sucesivamente mediante Decreto de Alcaldía al amparo de la Tercera Disposición Final que otorga facultad al Alcalde para prorrogar dicho plazo; Que, mediante Informe N° 068-2014-MSB-GR-URT, la Unidad de Recaudación Tributaria señala que se continúan realizando acciones operativas tendientes a la ampliación de la base tributaria, por lo que aparejado a ello es necesario ofrecer facilidades en la regularización voluntaria de las obligaciones tributarias, haciéndolo extensivo el benefi cio a otros deudores ya registrados en la base de datos predial de la Municipalidad de San Borja; Que, la Gerencia de Rentas mediante documento de la referencia hace suyo el informe técnico precedente, por lo que estima procedente la prórroga propuesta; Que, mediante Informe N°342-2014-MSB-GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina porque se prorrogue la vigencia de la Ordenanza N° 516- MSB, al encontrarse sustentada en los fundamentos expuestos por el área técnica competente, así como en la normatividad vigente; por lo que señala se emita el Decreto de Alcaldía que autorice la prórroga correspondiente ; Estando a lo expuesto, de acuerdo a la documentación sustentatoria del visto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; con el visto bueno de la Gerencia de Rentas, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia Municipal; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de junio de 2014, el plazo de vencimiento de la Ordenanza 516- MSB. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas y sus unidades dependientes en cuanto les corresponda. Artículo Tercero.- PUBLICAR el presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano y encargar a la Gerencia de Tecnologías de la Información su publicación en el Portal Institucional y el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas, así como su difusión a la Gerencia de Imagen Institucional. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARCO ÁLVAREZ VARGAS Alcalde 1089998-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 265/MDSM Mediante Ofi cio Nº 321-2014-SG/MDSM, recibido el 29 de mayo de 2014, la Municipalidad de San Miguel solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 265/MDSM, publicada en la edición del día 27 de mayo de 2014. En el artículo 1º de la ordenanza que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal – CAP de la Municipalidad Distrital de San Miguel DICE: 251 (doscientos ochenta y cinco) cargos clasifi cados. DEBE DECIR: 251 (doscientos cincuenta y uno) cargos clasifi cados. 1089909-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI Designan Ejecutor Coactivo y Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Provincial de Huarochirí RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 350-2014-ALC/MPH-M Matucana, 29 de mayo del 2014. LA ALCALDIA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI - MATUCANA VISTO: El Memorándum Nº 955-2014-GM-MPH-M de fecha 28/05/2014 de la Gerencia Municipal, Informe Nº 0141-2014-GAF/MPH-M del Comité de Evaluación de Concurso para contratación en la modalidad de Contrato CAS, para el cargo de Ejecutor Coactivo; remitidos a los efectos de materializar la Resolución de Alcaldía a efecto de la designación para el cargo de Ejecutor Coactivo al Dr. JULIO EDUARDO HIDALGO AGURTO, quien resultará ganador del referido Concurso Público de Méritos; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al marco jurídico del estado, tal como lo establece en el artículo II de la ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, concordante con lo establecido en 194º, 195º numeral 4) y 196º numeral 3) de la Constitución Política del Estado, modifi cada por las Leyes de Reforma Constitucional, Leyes Nº 27680 y Nº 28607; Que, el numeral 17º del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, señala que el alcalde tiene la facultad legal de designar a los funcionarios y; Que, conforme a lo requerido por la Gerencia de Administración y Finanzas, ante la sobrecarga procesal existente en la Ofi cina de Ejecutoría Coactiva existiendo más de 10,000 expedientes coactivos en trámite, se