Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2014 (30/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 102

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El Peruano Viernes 30 de MORDAZA de 2014

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA
Amplian plazo de vencimiento para pago de primera y MORDAZA cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2014
DECRETO DE ALCALDIA Nº 009-2014/MDLCH Chosica, 23 de MORDAZA de 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO - CHOSICA Visto el Informe Nº 135-2014/MDLCH-GR elevado al despacho de la Gerencia Municipal, el Gerente de Rentas remite el proyecto de Decreto de Alcaldia por el cual amplia el plazo de vencimiento de la primera y MORDAZA cuota del impuesto predial y de los arbitrios municipales del ano 2014, hasta el 30 junio del presente ano. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 196-MDL, publicado el 8 de febrero de 2014, se establece el vencimiento del pago de los Tributos Municipales para el Ejercicio Fiscal 2014. Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 008-2014/ MDLCH, publicado el 30ABR2014, se amplio el plazo de vencimiento para el pago de la primera cuota del impuesto predial y de los arbitrios municipales del ejercicio 2014 hasta el dia 30 de MORDAZA del presente ano. Que, en vista de que a la fecha aun muchos contribuyentes aun no han recibido sus cuponeras de pago del impuesto predial y de los arbitrios municipales correspondiente al presente ano, se hace necesario ampliar los plazos de vencimiento para el pago de los tributos municipales, conforme a lo establecido en el articulo 29º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, concordante con el articulo 4º de la Ordenanza Nº 196-MDL; y, Estando a merito de lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el articulo 20º, inciso 6) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Primero.- AMPLIAR el plazo de vencimiento para el pago de la PRIMERA y MORDAZA CUOTA DEL IMPUESTO PREDIAL y de los ARBITRIOS MUNICIPALES del ejercicio 2014 hasta el dia 30 de JUNIO del presente ano. Segundo.- DISPONER que la Sub Gerencia de Gestion Tecnologica proceda a la publicacion del presente dispositivo en el MORDAZA de la pagina web municipal. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1089609-1

POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 12 de octubre de 2013. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los Articulos IV y X del Titulo Preliminar de la Ley Nº 29792, Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales tienen la finalidad de promover el desarrollo integral, sostenible y armonioso de su circunscripcion; asi como tambien viabilizan el crecimiento economico e impulsan la justicia social; Que, segun el articulo 3 concordante con el inciso 1) del articulo 66 de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 23853, las municipalidades deben fomentar el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armonico de la circunscripcion de su jurisdiccion, asi como MORDAZA y controlan las actividades las actividades relacionadas con el saneamiento ambiental. Que, ante el desarrollo de la industria de construccion y la consecuente problematica que esta genera en los vecinos, respecto al horario de trabajo en que se ejecutan las obras en construccion, es necesario dictar medidas pertinentes a fin de armonizar es desarrollo de una industria tan importante como es la construccion, con la tranquilidad publica y bienestar de los vecinos En uso de las facultades conferidas en el articulo 109 de La Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 23853; En uso de las facultades conferidas por los incisos 8) y 9) del Articulo 9º y el Articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA unanime de los regidores y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, el Concejo Municipal, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LAS NORMAS SOBRE EL HORARIO EN LAS OBRAS EN CONSTRUCCION Articulo Primero.- La presente ordenanza establece los lineamientos de control de horarios de las obras de construccion que es de cumplimiento obligatorio para todo propietario, compania constructora, profesional y persona natural o juridica que efectue construcciones en la jurisdiccion del distrito de Rimac. Articulo Segundo.- Todas las construcciones podran desarrollarse en tres tipos de horarios que para el caso se denominan ordinario, extraordinario y excepcional y que a continuacion se detalla: a) Ordinario.- Es aquel horario que debera observarse de lunes a viernes de 7:30 am a 5:00 pm y los sabados de 7:30 a 1:00 pm sin requerir autorizacion alguna de la municipalidad, salvo la obtencion de la licencia de construccion respectiva. b) Extraordinario.- Es aquel horario que constituye continuidad del horario ordinario debiendo observarse de lunes a viernes hasta las 9:00 pm, y los sabados hasta las 5:00 pm. Se podran realizar trabajos en este horario, si previamente se ha cursado la comunicacion a la municipalidad con una antelacion de dos dias calendarios a la iniciacion de los mismos y siempre que medie justificacion tecnica. En este caso se requerira la autorizacion expresa respectiva de la municipalidad, la que de no emitirse se entendera como negativa c) Excepcional.- Es aquel horario que incluye los dias domingos y feriados o fuera del horario extraordinario. En este caso debera solicitarse por escrito de manera sustentada, ante lo cual la municipalidad debera pronunciarse en un plazo no mayor de 5 dias de recepcionada la solicitud aprobado o denegandose expresamente el pedido. Articulo Tercero.- Los requisitos para solicitar la autorizacion de los horarios extraordinario y excepcional seran los siguientes:

MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Establecen normas sobre el horario en las obras en construccion
(Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad Distrital del MORDAZA, mediante Oficio Nº 2052014-SG-MDR, recibido el 28 de MORDAZA de 2014) ORDENANZA Nº 352-2013-MDR EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA

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