Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MAYO DEL AÑO 2014 (30/05/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 105

El Peruano Viernes 30 de mayo de 2014 524219 Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de 24 de mayo de 2014, Dictamen Nº 001-2014-CPV/MDR de la Comisión de Participación Vecinal, Informe Nº 257-2014- GAJ de fecha 16 de mayo de 2014, con el voto unánime de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de aprobación del acta; el Concejo aprobó la siguiente: REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO AÑO 2015 BASADO EN RESULTADOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC TÍTULO I PRINCIPIOS Y DISPOSICIONES GENERALES. CAPÍTULO I NATURALEZA Y PRINCIPIOS RECTORES Artículo 1º.- El Presupuesto Participativo Basado en Resultados se enmarca dentro del nuevo enfoque de la Gestión Pública, en el cual los recursos públicos se asignan, ejecutan y evalúan en función a cambios específi cos que se deben alcanzar para mejorar el bienestar de la población. Lograr estos cambios supone producir resultados que mejoren notoriamente las condiciones de vida de las personas. El Proceso del Presupuesto Participativo es un mecanismo de asignación equitativa, racional, efi ciente, efi caz, y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado y Sociedad Civil. El Gobierno Municipal y las organizaciones de la Sociedad Civil debidamente representadas, defi nen en conjunto qué se quiere lograr, y como se orientan los recursos, teniendo en cuenta los objetivos del Plan de Desarrollo Concertado Distrital al 2023. CAPÍTULO II FINALIDAD Y BASE LEGAL Artículo 2º.- El presente Reglamento tiene por fi nalidad regular el proceso de formulación del Presupuesto Participativo basados en resultados de la Municipalidad Distrital del Rímac, en sus diferentes fases y etapas, en el marco de las disposiciones legales vigentes de carácter nacional que se señala a continuación. - Constitución Política del Perú. - Ley Nº.- 27783- Ley de Bases de la Descentralización. - Ley Nº 27792- Ley Orgánica de Municipalidades. - Ley Nº27293- Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública. - Ley Nº 28411- Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. - Ley Nº 30114- Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2014. - Ley 29664- Ley del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) DS Nº 048.2011. PCM. - Ley Nº.- 28056- Ley Marco del Presupuesto Participativo. - Ley Nº.- 29298- Ley que modifi ca la ley 28056 Ley marco del Presupuesto Participativo. - Decreto Supremo Nº 142-2009 EF Reglamento de la Ley Nº 28056. - Resolución Directoral Nº 007-2010 –EF/76.01 que aprueba el instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 para el Presupuesto Participativo basado en un enfoque por resultados Artículo 3º.- CUMPLIMIENTO. Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento son de cumplimiento obligatorio de quienes participan de este proceso: Alcaldes, Concejo Municipal, Agentes participantes, Equipo Técnico, Comités de Vigilancia y CCLD. Artículo 4º.- OBJETIVO DEL REGLAMENTO El objetivo del presente Reglamento consiste en regular el proceso del Presupuesto Participativo por Resultados para el Año del 2015 en la Municipalidad Distrital del Rímac y su aplicación en el ámbito territorial del Distrito del Rímac. Artículo 5º.- PRINCIPIOS RECTORES Los principios rectores del Proceso del Presupuesto Participativo, son los siguientes: a. Participación. La Municipalidad Distrital del Rímac promueve la participación de la Sociedad Civil en la Programación del Presupuesto en el ámbito de su jurisdicción. b. Transparencia. Toda la información referida al Presupuesto Distrital, debe ser difundida para conocimiento de toda la población. c. Igualdad de Oportunidades. La Sociedad Organizada participa sin ningún tipo de discriminación. d. Efi cacia y efi ciencia. La Municipalidad Distrital del Rímac, optimiza el recurso presupuestario orientado al logro de metas y objetivos de su respectivo Plan de Desarrollo Concertado y la medición de sus logros se basa en indicadores de impacto, de resultados y de productos. e. Equidad. Igual acceso a las oportunidades e inclusión a grupos y sectores sociales que requiere ser atendido de manera especial. f. Competitividad. La Municipalidad Distrital del Rímac promueve la inversión privada y orientada las acciones públicas hacia la promoción del desarrollo, buscando la competitividad. g. Corresponsabilidad. Entre la Municipalidad Distrital y la Sociedad Civil, en la identifi cación de oportunidades y solución de los problemas. h. Respeto a los Acuerdos. Compromiso de todos los actores de llevar adelante las decisiones concertadas k. Subsidiaridad. el Gobierno Local más cercano a la población es el más idóneo para ejercer la competencia o función; por consiguiente el Gobierno Nacional no debe asumir competencias que pueden ser cumplidas más efi cientes por los Gobiernos Locales, y estos a su vez, no deben hacer aquello que puede ser ejecutado por los Gobiernos Locales Distritales. Artículo 6º.- ÁMBITO Y ALCANCE. El presente reglamento para el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo de la Municipalidad Distrital del Rímac, se encuentra comprendido: los Asentamientos Humanos, zonas urbanas del ámbito jurisdiccional del distrito y la sociedad civil organizada con representatividad Distrital. Artículo 7º.- CUMPLIMIENTO Las disposiciones contenidas en el presente reglamento son de cumplimiento obligatorio de quienes participan de este proceso en el ámbito jurisdiccional del distrito. TÍTULO III CONVOCATORIA Y CRONOGRAMA DEL PROCESO Artículo 8º.- CONVOCATORIA DEL PROCESO El Alcalde de la Municipalidad Distrital del Rímac en su calidad de Presidente del Consejo de Coordinación Local Distrital, convocará para participar del Proceso del Presupuesto Participativo, a través de los medios y formas de comunicación más adecuados: Diarios, Radios, TV notas de prensa, campañas de difusión, etc.; Para garantizar una amplia participación y representatividad de la sociedad civil de preferencia los más vulnerables, conformadas por mujeres, jóvenes, personas con discapacidad, personas adultas mayores, comunidades campesinas, etc. Esta tarea estará a cargo del la Gerencia de Imagen y Comunicación Social en coordinación con la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto. Artículo 9º.- CRONOGRAMA DEL PROCESO El cronograma de actividades del Proceso de Presupuesto Participativo, para el año 2015, debe precisar lugar y fecha de la realización de actividades, desagregado a nivel de las (4) fases del proceso. Dicho Cronograma considerará los plazos establecidos