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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MAYO DEL AÑO 2014 (30/05/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 72

El Peruano Viernes 30 de mayo de 2014 524186 Valores, aprobado por Resolución de Superintendente Nº 091-2012-SMV/02 y su modifi catoria, para la inscripción del fondo mutuo; tal como se desarrolla en el Informe N° 329-2014-SMV/10.2 del 13 de mayo de 2014; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 1°, inciso b) del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Ley Nº 26126 y sus normas modifi catorias; el artículo 38°, numerales 6) y 7) del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF; así como por el artículo 1° de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Resolución CONASEV N° 073-2004-EF/94.10. RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la inscripción del fondo mutuo de inversión en valores denominado “SURA Acciones Europeas FMIV”, así como el prospecto simplifi cado respectivo, en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2°.- En la gestión del fondo mutuo de inversión en valores a que se refi ere el artículo precedente, Fondos Sura SAF S.A.C. utilizará las versiones del reglamento de participación y contrato de administración que se encuentran inscritas en el Registro Público de Mercado de Valores. Artículo 3°.- La publicidad que realice Fondos Sura SAF S.A.C. para promocionar al fondo mutuo a que se refi ere el artículo 1 de la presente resolución no debe inducir a error o confusión y se debe realizar conforme a las normas correspondientes del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, y demás normas que le resulten aplicables. Artículo 4º.- La inscripción a la que se refi ere el artículo 1 de la presente resolución no implica que la Superintendencia del Mercado de Valores recomiende la suscripción de cuotas del citado fondo mutuo de inversión en valores u opine favorablemente sobre su rentabilidad o calidad. Artículo 5°.- Fondos Sura SAF S.A.C. deberá remitir a la SMV la versión actualizada del prospecto simplifi cado, incluyendo la fecha de entrada en vigencia del prospecto aprobado, así como la actualización de la referencia a la resolución que aprueba el fondo, en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles de la notifi cación de la presente resolución. Artículo 6º.- La presente resolución deberá publicarse en el diario ofi cial “El Peruano” de forma previa a la colocación de los valores. Artículo 7º.- Disponer la difusión de la presente resolución en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob. pe). Artículo 8º.- Transcribir la presente resolución a Fondos Sura SAF S.A.C.y al Scotiabank Perú S.A.A., en su condición de custodio. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO MANCO MANCO Intendente General Intendencia General de Supervisión de Entidades 1087719-1 Disponen la exclusión de la primera, segunda y tercera emisión de Certificados de Depósito Negociables de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A. del Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA GENERAL DE LA SMV Nº 046-2014-SMV/11.1 Lima, 23 de mayo de 2014 El Intendente General de Supervisión de Conductas VISTOS: El Expediente Nº 2014015495, así como el Informe Interno Nº 354-2014-SMV/11.1de fecha 22 de mayo de 2014, de la Intendencia General de Supervisión de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas de Mercados; CONSIDERANDO: Que, el 29 de abril de 2014, Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A., solicitó a la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV y a la Bolsa de Valores de Lima S.A., a través del sistema de Ventanilla Única la exclusión de los valores mobiliarios denominados: “Certifi cados de Depósito Negociables de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A. - Primera Emisión”, “Certifi cados de Depósito Negociables de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A. - Segunda Emisión” y “Tercera Emisión de Certifi cados de Depósito Negociables de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A.” del Registro Público del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV y del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima, por amortización total de las obligaciones derivadas de los mismos; Que, mediante Resolución de Intendencia General de Supervisión de Conductas Nº 034-2012-SMV/11.1 del 13 de abril de 2012, se aprobó el trámite anticipado, se inscribió el “Primer Programa de Bonos Corporativos y Certifi cados de Depósitos Negociables de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A.” hasta por un monto máximo en circulación de S/. 45 000 000.00 (Cuarenta y Cinco Millones y 00/100 Nuevos Soles) o su equivalente en Dólares de los Estados Unidos de América, y se dispuso el registro del prospecto marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores. Asimismo, se inscribieron los valores denominados “Certifi cados de Depósito Negociables de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A - Primera Emisión”, hasta por un monto máximo en circulación de S/.10 000 000.00 (Diez Millones y 00/100 Nuevos Soles), y se registró el complemento del prospecto marco correspondiente; Que, el 21 de diciembre del 2012, mediante Resolución de Intendencia General SMV Nº 116-2012-SMV/11.1, se dispuso la inscripción de los valores denominados “Certifi cados de Depósito Negociables de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A. - Segunda Emisión”, hasta por monto máximo en circulación de S/.15 000 000.00 (Quince Millones y 00/100 Nuevos Soles), y se registró el complemento del prospecto marco en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, el 24 de abril del 2013, mediante Resolución de Intendencia General SMV Nº 038-2013-SMV/11.1, se dispuso la inscripción de los valores denominados “Tercera Emisión de Certifi cados de Depósito Negociables de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A.”, hasta por monto máximo en circulación de S/. 20 000 000.00 (Veinte Millones y 00/100 Nuevos Soles), y se registró el complemento del prospecto marco en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, respecto de los valores señalados en los considerandos precedentes, se ha verifi cado la cancelación total de las obligaciones derivadas de dichas emisiones; Que, el artículo 37, inciso b), de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861 y sus normas modifi catorias, y el artículo 23, del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores y en la Rueda de Bolsa, aprobado por Resolución SMV Nº 031-2012- SMV/01 y sus normas modifi catorias (en adelante, Reglamento), establecen que la exclusión de un valor del referido Registro tiene lugar por resolución fundamentada de la SMV cuando opere la extinción de los derechos sobre el valor, por amortización, rescate total u otra causa; Que, de otro lado, con respecto a la obligación de efectuar una oferta pública de compra (OPC) de conformidad con lo establecido en el artículo 38 de la Ley del Mercado de Valores y el artículo 32 del Reglamento de Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores por Exclusión, aprobado por Resolución CONASEV Nº