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El Peruano Viernes 30 de mayo de 2014 524201 Construcción y Saneamiento; de las 09 provincias de la Región Junín; de los distritos metropolitanos de El Tambo y Chilca; y, de los Colegios Profesionales de Arquitectos e Ingenieros de Junín, se observa la aprobación de la de Plan y Política Regional de Vivienda de Junín 2013 – 2021 “Vivienda Habitable para Junín”; con Ofi cio Nº 125-2013-GRJ/DRVCS-DVU, el Director Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento remite el Informe 010-2013-GRJ-DRVCS-DVU-TABM, del Arq. Aníbal Bendezu Mayorga, que concluye que, la Dirección Regional de Vivienda ha generado convicciones en las altas esferas del Gobierno Regional Junín y las 09 Municipalidades Provinciales, incluidos sus distritos y demás ámbitos de territorio, de que el Plan puede y debe ser un instrumento indispensable y efi caz para la gestión del desarrollo, planteando enfatizar el uso de procedimientos técnicos para permitir que las políticas en materia de vivienda, sean efectivamente útiles para la región, provincias, distritos y las comunidades locales; asimismo, nos conllevará a fortalecer mecanismos administrativos y crear una cultura de compromiso social permanente de las autoridades de modo que el Plan sea el resultado de una apuesta y compromiso concertado entre los diferentes agentes y actores de desarrollo regional, por lo que considera de urgente necesidad elevar a políticas públicas el Plan y Plan Regional de Vivienda de Junín 2013 – 2021, mediante Ordenanza Regional; a través del Informe Legal Nº 136-2014-GRJ/ ORAJ, la Directora Regional de Asesoría Jurídica emite opinión legal recomendando que es procedente que el Consejo regional apruebe el Plan y lo eleve a Política Regional de Vivienda de Junín 2013 – 2021, conforme a lo peticionado por el Director Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, contando con el Dictamen Nº 005-2014-GRJ/ CPPPATyDI favorable, de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Institucional, de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modifi catorias y su Reglamento Interno, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA Y ELEVA A POLÍTICA REGIONAL EL PLAN DE VIVIENDA DE JUNÍN 2013 – 2021 “VIVIENDA HABITABLE PARA JUNÍN” Artículo Primero.- APRUÉBESE y ELÉVESE a Política Regional el Plan de Vivienda de Junín 2013 – 2021 “Vivienda Habitable para Junín”; que se anexa y forma parte de la presente norma regional en ciento quince (115) folios. Artículo Segundo.- DERÓGUESE y/o MODIFÍQUESE toda normatividad que se oponga a la presente Norma Regional. Artículo Tercero.- DISPÓNGASE que la Oficina de Tecnología de la Información y Comunicaciones publique en el Portal Institucional del Gobierno Regional Junín el Plan y Política Regional de Vivienda de Junín 2013 – 2021 “Vivienda Habitable para Junín” en su integridad. Comuníquese al Presidente del Gobierno Regional de Junín para su promulgación. Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, a los 18 días del mes de marzo de 2014. SILVIA EDITH CASTILLO VARGAS Consejera Delegada Consejo Regional POR TANTO: Mando regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en el Despacho de la Presidencia del Gobierno Regional Junín, a los 21 días del mes de marzo de 2014. VLADIMIR ROY CERRÓN ROJAS Presidente 1088978-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Rectifican Resolución de Gerencia Nº 428-2012/GDUR-MDC que resolvió aprobar proyecto de habilitación urbana nueva RESOLUCIÓN DE GERENCIA Nº 2919-2013/GDUR-MDC Carabayllo, 31 de diciembre de 2013 VISTO: El documento Nº 25313 - 2013 de fecha 19.11.2013 presentado por JJC Inmobiliaria S.A. debidamente representado por Gustavo Jacobs Martinez en calidad de Gerente General; quien solicita la rectifi cación de la resolución de Gerencia Nº 428-2012/GDUR - MDC de fecha 19.04.2012, que aprueba el proyecto de habilitación Urbana Nueva, que se desarrolla sobre el terreno construido por la Parcela Nº 2 Sector Santa Inés Bazán, Jurisdicción del distrito de Carabayllo, Provincia y Departamento de Lima: CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 194” de nuestra Constitución Política “las Municipalidades Provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, tiene autonomía política y administrativa en los asuntos de su competencia” Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 3.6.1 del Artículo 79” de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el que se establece que es una función específi ca y exclusiva de las municipalidades distritales, la de normar, regular, y otorgar autorizaciones derechos y licencias, así como realizar la fi scalización de las Habitaciones Urbanas. Que, el Articulo “201 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo Genera, la cual establece “Los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser rectifi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento o de ofi cio o a instancia de los administrados, siempre que no altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; Que, se elude la potestad de rectifi cación que tiene la administración, teniendo en cuenta ciertamente que la noción de error material atiende a un error en la trascripción, un error de expresión, en la redacción del documento; esto es, un error atribuible no a las manifestaciones de voluntad razonamiento contenido en el acto, sino, al soporte material que la contiene. Por ello se trata de una circunstancia que puede evidenciarse con facilidad; Que, mediante Resolución de Gerencia Nº 428-2012/ GDUR-MDC de fecha 19.04.2012, se resuelve aprobar la Habilitación Urbana Nueva, para un área de terreno de 23,673.55 m2 constituido por la Parcela Nº 2 Sector Santa Inés Bazán, Jurisdicción del distrito de Carabayllo; de acuerdo de acuerdo a lo descrito en el plano Nº 047- 2012-GDUR-MDC Que, mediante documento Nº 25313-2013 de fecha 19.11.2013 presentado por JJC Inmobiliaria S.A., solicita la rectifi cación de la resolución de Gerencia Nº 428- 2012/GDUR -MDC de fecha 19.04.2012, debido a una discrepancia entre el área registral y el área descrita en la documentación técnica adjunta (Plano Ubicación- Localización, Plano Trazado y Lotización Plano Nº 047- 2012- GDUR-MDC y memoria descriptiva), así mismo señala que el área afecta a vía pública (Calle2), que refi ere a una vía de carácter local presenta un área de 1029.82 m2 Que mediante informe Nº 1883 -2013 - SCHU-GDUR- MDC, de fecha 02 de diciembre del 2013, la subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas informa que