Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2014 (30/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano Viernes 30 de MORDAZA de 2014

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Que, con Memorando N° 404-2014-MDLM-GPPDI, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional sostiene que del analisis costo beneficio del proyecto de ordenanza, se concluye que el beneficio esperado supera el costo asociado al mismo, lo que determina un mayor ingreso tributario estimado para la Municipalidad, por lo cual emite opinion favorable para su aprobacion; Que, mediante Informe Nº 226-2014-MDLM-GAJ, la Gerencia de Asesoria Juridica emite opinion legal favorable por la aprobacion del proyecto de Ordenanza que aprueba el Beneficio de Regularizacion Tributaria en el distrito de La MORDAZA, citando como sustento legal del mismo el articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru, articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, asi como el articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF; de otro lado, precisa que la presente propuesta normativa cumple con lo dispuesto por la MORDAZA VII del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, al contener una exposicion de motivos en donde se expone el analisis de la situacion actual, el objeto y alcance, y el analisis costo beneficio de la propuesta normativa; Que, con Memorando N° 424-2014-MDLM-GM, la Gerencia Municipal solicita poner los actuados a conocimiento del Concejo Municipal para su aprobacion, conforme a sus atribuciones contempladas en la Ley Organica de Municipalidades - Ley N° 27972; Estando a lo expuesto, al Dictamen Conjunto N° 042014 de la Comision de Administracion, Administracion Tributaria, Presupuesto e Informatica y la Comision de Asuntos Juridicos y en uso de las facultades conferidas por los Articulos 9° numeral 8 y 40° de la Ley Organica de Municipalidades - Ley N° 27972, y articulo 41° del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, con dispensa del tramite de lectura y de aprobacion del Acta, el Concejo Municipal por Unanimidad emitio la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL "BENEFICIO DE REGULARIZACION TRIBUTARIA EN EL DISTRITO DE LA MOLINA" Articulo Primero.- OBJETO Y ALCANCE Establecer un Beneficio de Regularizacion Tributaria a favor de los contribuyentes del distrito de La MORDAZA que a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza, mantengan deuda vencida y pendiente de pago por Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Multas Tributarias, correspondientes a periodos anteriores en el que se encuentre vigente. No podra acogerse al presente beneficio la deuda pendiente correspondiente a diferencias generadas por un procedimiento de fiscalizacion tributaria. Articulo Segundo.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano hasta el 30 de Junio de 2014. Articulo Tercero.- BENEFICIOS TRIBUTARIOS DE LA MORDAZA Los contribuyentes que se acojan a la presente Ordenanza gozaran de los siguientes Beneficios: a) Condonacion del 100% de las Multas Tributarias siempre que el deudor MORDAZA cumplido con declarar y pagar el Impuesto Predial asociado a la generacion de la multa emitida. b) Condonacion del 100% de los intereses moratorios y/o reajustes por deuda impaga, correspondiente a periodos anteriores al presente ejercicio, por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales; siempre que los deudores tributarios se acojan al presente beneficio y cumplan con el pago al contado. c) Condonacion del 85% de los intereses moratorios y/ o reajustes por deuda impaga, correspondiente a periodos anteriores al presente ejercicio, por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales; siempre que los deudores tributarios se acojan al presente beneficio y cumplan con el pago fraccionado hasta en seis (06) cuotas de la deuda materia del beneficio. d) Condonacion del 65% de los intereses moratorios y/ o reajustes por deuda impaga, correspondiente a periodos

Resultados 2015, aprobado por Decreto de Alcaldia Nº 005-2014-A-MDC; en consecuencia SENALAR al Centro de Convenciones Cieneguilla, ubicado en el Ovalo de Cieneguilla, como el lugar de realizacion de los talleres programados los dias 19 de MORDAZA, 02 y 13 de junio de 2014. Articulo Segundo.- ENCARGAR al Gerente de Planificacion y Presupuesto, Gerente de Desarrollo MORDAZA y Rural, Gerente Desarrollo Social, Gerente de Administracion Tributaria y Rentas y Gerente Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia en cuanto le corresponda. Articulo Tercero.- DISPONER la publicacion del presente Decreto de Alcaldia, en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla ­ www.municieneguilla.gob.pe. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1088944-1

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Aprueban Beneficio de Regularizacion Tributaria
ORDENANZA Nº 269 La MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2014 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha, el Dictamen Conjunto N° 04-2014, de la Comision de Administracion, Administracion Tributaria, Presupuesto e Informatica y la Comision de Asuntos Juridicos, sobre proyecto de Ordenanza que aprueba el Beneficio de Regularizacion Tributaria en el Distrito de La Molina; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley N° 28607, senala que las Municipalidades Provinciales y Distritales, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme a lo establecido en la MORDAZA IV del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-2013-EF, los Gobiernos Locales mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; asi tambien se establece en el Articulo 41°, que excepcionalmente, los Gobiernos Locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonacion tambien podra alcanzar al tributo; Que, mediante Decreto de Alcaldia N° 015-2011, se aprobo el Reglamento del Pago Fraccionado de Deudas Tributarias y No Tributarias, en el Distrito de La Molina; Que, mediante Informe N° 080-2014-MDLM-GATSGRFT, la Subgerencia de Recaudacion y Fiscalizacion Tributaria, propone la aprobacion de una Ordenanza que aprueba el Beneficio de Regularizacion Tributaria en el distrito de La Molina; propuesta ratificada en todos sus extremos por la Gerencia de Administracion Tributaria mediante Informe N° 018-2014-MDLM-GAT, precisando esta MORDAZA que el citado proyecto de Ordenanza se encuentra dentro de las excepciones establecidas en el articulo 14° del Reglamento que Establece Disposiciones Relativas a la Publicidad, Publicacion de Proyectos Normativos y Difusion de Normas Legales de Caracter General aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009JUS, siendo innecesaria la pre publicacion por cuanto la propuesta normativa contiene un beneficio tributario de caracter temporal cuyo otorgamiento es potestativo de la Institucion;

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