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El Peruano Sábado 31 de mayo de 2014 524335 o poseedores de predios ubicados en la jurisdicción de San Juan de Mirafl ores, que hasta el ejercicio 2013, hubieran comunicado a la Administración Tributaria su condición de pensionista a efectos del goce del benefi cio de deducción de 50UIT de la base imponible del Impuesto Predial. El Programa de actualización tendrá un plazo de vigencia de 60 días calendarios contados a partir del día hábil siguiente de entrada en vigencia la presente norma. Artículo Segundo.- REQUISITOS Los contribuyentes pensionistas comprendidos dentro del alcance del presente Decreto de Alcaldía y que no hayan cumplido con presentar su Declaración de actualización correspondiente al Ejercicio 2014, deberán presentar, Declaración Jurada acompañada de los presentes requisitos: a) Copia simple de su documento de identidad del titular y cónyuge. b) Copia simple de su última boleta de pensión. c) Copia de Resolución Gerencial que otorga el benefi cio. La presentación de la Declaración Jurada y sus anexos, deberá realizarse personalmente o a través de representante con poder vigente ante la Sub Gerencia de Administración Tributaria. Artículo Tercero.- VERIFICACIÓN La Administración Tributaria dispondrá la verifi cación de los contribuyentes pensionistas, a efecto de determinar si las condiciones para la cual accedieron al benefi cio se mantienen en el tiempo, o en su defecto si variaron las mismas y por ende ya no le corresponde el referido benefi cio, así como aquellos que ya se encuentren fallecidos en indebidamente sus sucesores siguen gozando del referido benefi cio tributario. Artículo Cuarto.- EMISIÒN DE LA RESOLUCIÓN DE PÉRDIDA DEL BENEFICIO Que, del Proceso de verifi cación se constate que el benefi cio no cumple con los requisitos por los cuales accedió al referido benefi cio, procederá a emitir la resolución correspondiente generándose las obligaciones tributarias correspondientes y la cobranza de la misma. Artículo Cinco.- SANCIONES La Omisión a la presentación de la Declaración Jurada dentro de los plazos establecidos en la Ordenanza Nº 000058-MDSJM, constituye la infracción prevista en el numeral 2) del artículo 176º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, sancionado con una multa tributaria equivalente al 15% de la UIT vigente. Artículo Sexto.-FORMATO DE DECLARACIÓN JURADA Para efectos de la actualización de datos de los contribuyentes pensionistas, se empleara el formulario de “Declaración Jurada de ACTUALIZACIÓN DEL BENEFICIO TRIBUTARIO PARA PENSIONISTAS”, de distribución gratuita y libre reproducción, y pueden ser descargados directamente de la página web de la Municipalidad cuya dirección es www.muni.sjm.gob.pe, en el link TRIBUTOS MUNICIPALES. Artículo Sétimo.-EJECUCIÒN Encárguese a la Gerencia de Rentas, a la Gerencia de Tecnología en la Información y a la Sub Gerencia de Administración Tributaria, el cumplimiento del presente Decreto y a la Sub Gerencia de Relaciones Públicas y Comunicaciones la difusión del mismo. Artículo Octavo.- VIGENCIA DE LA NORMA La presente norma entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ADOLFO OCAMPO VARGAS Alcalde 1090266-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Designan responsable de la administración del portal internet de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 384-2014 /MDSM San Miguel, 22 de mayo del 2014 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL CONSIDERANDO: Que, por Resolución de Alcaldía Nº 266-2012/MDSM se designa a Lita Giovanna Mayta Ballón, Subgerente de Tecnologías de la Información y Comunicaciones de la Municipalidad Distrital de San Miguel, como funcionaria responsable de la administración del portal municipal de la entidad; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 377- 2014/MDSM se acepta la renuncia de la funcionaria y mediante Resolución de Alcaldía Nº 379-2014/MDSM se designa en su lugar a Hernán Villanueva Zavala, por lo que corresponde proceder al relevo del responsable del portal municipal, conforme del literal i) del artículo 57º del Reglamento de Organización y Funciones de la entidad; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DESIGNAR a HERNÁN VILLANUEVA ZAVALA Subgerente de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, como responsable de la administración del portal municipal de la Municipalidad Distrital de San Miguel. Artículo 2º.- PUBLICAR la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal municipal de la Municipalidad Distrital de San Miguel (www. munisanmiguel.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 1090362-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Reconocen y reglamentan las actividades de personas naturales o jurídicas que voluntariamente colaboran con el cuidado del medio ambiente del distrito ORDENANZA Nº 485-MSS Santiago de Surco, 21 de mayo del 2014 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; y VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 02-2014-CSCMA- CAJ-MSS, de las Comisiones de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente y de Asuntos Jurídicos, la Carta Nº 1009- 2014-SG-MSS de la Secretaria General, el Memorándum Nº 178-2014-GM-MSS de la Gerencia Municipal, los Informes Nros 370, 531 -2013 y 178-2014-GAJ-MSS de