TEXTO PAGINA: 85
El Peruano Sábado 31 de mayo de 2014 524331 - Suscribir convenios de apoyo entre las organizaciones y la municipilidad. - Mantener un padrón actualizado de datos de las personas con discapacidad que refl eje su situación socio- económica y número de estos. - Recepcionar consultas, petitorios y quejas las que serán evaluadas, pudiendo derivar los casos de acuerdo a su naturaleza. - Celebrar convenios con consultorios jurídicos gratuitos para la resolución de casos jurídicos, sociales, psicológicos y otros. - Efectuar campaña de concientización a la comunidad a través de foros, seminarios, programas de radio y otros eventos como deportivos, culturales, educativos, cívicas, religiosas y de recreación. - Realizar campaña de prevención y diagnóstico de la discapacidad en coordinación con establecimientos de salud, Essalud u otras organizaciones del sector. - Realizar investigaciones dentro del distrito, sobre actos de vulneración de los derechos de las personas con discapacidad, haciéndolos conocer a su municipalidad y a las entidades competentes. - Fomentar la práctica del deporte promoviendo certámenes deportivos en convenio con el IPD. - Establecer unos convenios con empresas aledañas a la localidad, a fi n de que este proporcione la relación de puestos de trabajo ofertados y sea publicado en la Municipalidad. - Desarrollar talleres de capacitación laboral en función a la demanda del mercado de trabajo dependiente e independiente. - Fomentar el autoempleo apoyando en la constitución de micro y pequeña empresa. - Otras acciones que prevean la participación, integración y protección de los vecinos con discapacidad, organizados o promovidos por la Municipalidad. Artículo Tercero.- La Ofi cina que se constituye mediante la presente Ordenanza será un órgano dependiente de la Sub Gerencia de Salud y Programas Sociales, Demuna, Omaped y Adulto Mayor y reconocida por las siglas OMAPED como área especializada de la Municipalidad en temas de discapacidad. Artículo Cuarto.- La Sub Gerencia de Salud y Programas Sociales, Demuna, Omaped y Adulto Mayor, coordinará con el Organismo Nacional Rector, para el desarrollo de las funciones de la OMAPED DE PUCUSANA. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIAS Primera.- Encargar a la Gerencia Municipal, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y a la Sub Gerencia de Salud y Programas Sociales, Demuna, Omaped y Adulto Mayor, realizar las acciones administrativas del caso a fi n de dar cumplimiento a la presente Ordenanza. Segunda.- Encargar a la Gerencia de Administración y a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, la elaboración del Reglamento para la inclusión en el Manual de Organización y Funciones de la Municipalidad de Pucusana, incluyendo las modifi caciones de ser necesario en el Reglamento de Organización y Funciones. Tercera.- Facúltese al señor Alcalde dictar las Disposiciones Complementarias para la correcta aplicación de la presente ordenanza, mediante Decreto de Alcaldía. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO PABLO FLORIAN HUARI Alcalde 1090424-1 Aprueban la implementación del Programa de Formalización de Recicladores y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos en el Distrito ORDENANZA Nº 159-2014/MDP Pucusana, 20 de mayo del 2014 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA POR CUANTO: El Concejo Distrital de Pucusana en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 20 de Mayo del 2014. VISTO: El informe Nº088-2014-GGASP/MDP de la Gerencia de Gestión Ambiental y Servicios Públicos e Informe Nº0583-2014/GAJ/MDP de la Gerencia de Asesoría Jurídica, solicitando la aprobación por medio de la Ordenanza Municipal la Meta 10 del Programa de Modernización Municipal de la Municipalidad Distrital de Pucusana. CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que dicha autonomía consagrada en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 6) del Artículo 195º de la Constitución Política del Perú, establece que los gobiernos locales son competentes para planifi car el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonifi cación, urbanismo y el acondicionamiento territorial; Que, el Artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº27972, consigna las funciones de las Municipalidades Provinciales y Distritales en materia de organización del espacio físico y uso del suelo; Que, a través del literal a) del numeral 1.4 del Artículo 1º de la ley Nº29465, se crea el Programa de Modernización Municipal, que tiene como objeto generar condiciones que permitan un crecimiento sostenido de la economía local; Que, en concordancia al Decreto Supremo Nº015-2014- EF se aprueban los procedimientos para el Cumplimiento de Metas de Asignación de los Recursos del Programa de Modernización Municipal del año Fiscal 2014 - Meta 10 - Implementar Un Programa De Segregación en la Fuente como parte del Proceso de Recolección de Residuos Sólidos Domiciliarios; Que, una de las fi nalidades del programa de Modernización Municipal, es incentivar a las Municipalidades a generar las condiciones favorables al clima de negocios a través de la mejora en la provisión de servicios públicos, infraestructura básica y simplifi cación de trámites, entre otros; Que, dichas mejoras, deben encontrarse en concordancia con un manejo adecuado de los Residuos Sólidos Urbanos en la Municipalidades, que permita la identifi cación de las zonas críticas que afecten a la Salud Publica y desmejoren el Ornato Público; Estando a lo dispuesto en el numeral 4) del Artículo 20º y numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Nº27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa de la lectura del acta se aprobó lo siguiente: ORDENANZA: Artículo Primero.- APROBAR la implementación del Programa de formalización de recicladores y recolección selectiva de residuos Sólidos en el Distrito de Pucusana, que como anexo forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- FACULTAR al Señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, efectué las adecuaciones que correspondan para el mejor cumplimiento de la Ordenanza aprobada en el Articulo precedente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Gestión Ambiental y Servicios Públicos, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y Gerencia de Administración, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Logística y Control Patrimonial la publicación y difusión de la presente en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y Sistemas en el Portal Institucional. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PEDRO PABLO FLORIAN HUARI Alcalde 1090424-2