TEXTO PAGINA: 86
El Peruano Sábado 31 de mayo de 2014 524332 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Modifican la Ordenanza Nº 306- MSB, sobre prevención y control de ruidos molestos en el distrito, y el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas ORDENANZA Nº 526-MSB San Borja, 12 de mayo de 2014. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA VISTOS; en la IX-2014 Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 12 de mayo de 2014, el Dictamen Nº 024- 2014-MSB-CAL de la Comisión de Asuntos Legales y el Dictamen Nº 007-2014-MSB-CDU de la Comisión de Desarrollo Urbano; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 2°, numeral 22° de la Constitución Política del Perú, establece que es Derecho Fundamental del Estado, garantizar el derecho de toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 194° de la norma Constitucional, las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción. En el artículo 73°, numeral 3.1) dispone, que son competentes para normar, ejecutar y monitorear en materia de protección y conservación del ambiente, en concordancia con las políticas, normas y planes regionales, sectoriales y nacionales. Asimismo, en el numeral 3.4) del artículo 80°, se establece que las municipalidades distritales ejercen funciones exclusivas para fi scalizar y controlar la emisión de elementos contaminantes de la atmósfera y el ambiente; Que, la Municipalidad de San Borja, mediante Ordenanza N° 306-MSB reglamenta los actos de Prevención y Control de Ruidos Molestos en el distrito; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica a través del Informe N° 327-2014-MSB-GM-GAJ y Nota Informativa N° 17-2014-MSB-GM-GAJ, manifi esta que la normal distrital precitada entre otras disposiciones sobre ruidos molestos, regula respecto a los ruidos que producen los vehículos en marcha, a través del uso de claxon, bocinas y otros; pero no se regula aquellos que producen las alarmas de vehículos estacionados, cuyo ruido estridente es materia de reiteradas quejas de los vecinos, concluyendo que debe modifi carse la Ordenanza N° 306-MSB para incorporar los nuevos actos que perturban la tranquilidad del vecindario y producen contaminación sonora en el ambiente; y asimismo, modifi car el Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Ordenanza N° 485-MSB, que aprueba el Reglamento de Aplicación y Sanciones, para que se incorpore la sanción respectiva; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal aprobó por unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE INCORPORA ARTÍCULOS 8°- A Y 8°- B A LA ORDENANZA N° 306-MSB, PREVENCIÓN Y CONTROL DE RUIDOS MOLESTOS EN EL DISTRITO DE SAN BORJA; E INCORPORA CÓDIGO DE INFRACCIÓN AL CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES DE LA ORDENANZA N° 485-MSB. Artículo Primero.- INCORPORAR los artículos 8°- A y 8°- B, a la Ordenanza N° 306-MSB; (...) Artículo 8°- A.- Los vehículos estacionados en la vía pública que generan Ruidos Continuos con alarmas o cualquier otro medio que por su intensidad, tipo, duración y/o persistencia, molestan y/o perturban la tranquilidad del vecindario y causen contaminación sonora, serán sancionados a sus propietarios. Artículo 8°- B.- La Gerencia de Tránsito es la Unidad Orgánica responsable de fi scalizar y/o supervisar el cumplimiento de la presente norma, y de imponer las sanciones respectivas. Como quiera que el bien protegido en el presente, es la tranquilidad del vecindario, para la aplicación de la sanción, la sanción aplicable es la Multa y como Medida Complementaria, la remoción del vehículo al depósito de la Municipalidad de San Borja, en caso el propietario no se constituya al lugar para que cese el Ruido Continuo. Artículo Segundo.- MODIFICAR, el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad de San Borja, aprobado mediante la Cuarta Disposición Transitoria Final de la Ordenanza N° 485- MSB, debiendo quedar de la siguiente manera: CÓDIGO INFRACCIÓN PROC. PREVIO MONTO MULTA MEDIDA COMPLEMENTARIA NORMA LEGAL D - 272 Por producir ruido continuo mediante alarmas del vehículo estacionado. Multa 20% Remoción Ord. N° 306-MSB Ord. N° 526- MSB Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARCO ALVAREZ VARGAS Alcalde 1089997-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Prorrogan vigencia de Ordenanza que establece Beneficios de Regularización Tributaria y no Tributaria en la jurisdicción del distrito de San Juan de Lurigancho DECRETO DE ALCALDÍA Nº 011 San Juan de Lurigancho, 28 de mayo de 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO el Informe Nº 039-2014-GR/MSJL, de fecha 26 de mayo de 2014, emitido por la Gerencia de Rentas; y CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo la Alcaldía el órgano ejecutivo de la Municipalidad; Que, mediante Ordenanza Nº 271 publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 30 de abril de 2014, que establece el Benefi cio de Regularización Tributaria y No Tributaria en la Jurisdicción de San Juan de Lurigancho, vigente hasta el 31 de mayo del presente año; Que, mediante Ordenanza Nº 271, en su Sexta Disposición Final, faculta al Sr. Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las Disposiciones Complementarias para la adecuación y mejor aplicación de la presente Ordenanza, así como para establecer prórrogas en la vigencia de la misma; Que, la Gerencia de Rentas mediante Informe Nº 039-2014-GR/MDSJL de fecha 26 de mayo de 2014,