Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2014 (04/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano Martes 4 de noviembre de 2014

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Que, asimismo, el Articulo 70 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28563 establece que las emisiones de Letras del Tesoro Publico se aprueban por resolucion directoral de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico; Que, en concordancia con lo dispuesto en el Articulo 7 de la Ley N° 30116, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano 2014, el monto MORDAZA de saldo adeudado al 31 de diciembre de 2014, por la emision de las Letras del Tesoro Publico, no puede ser mayor a la suma de S/. 600 000 000,00 (SEISCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, de acuerdo con el Cronograma del Programa de Subastas Ordinarias de Titulos del Tesoro, publicado como Anexo N° 6 de la "Estrategia de Gestion Global de Activos y Pasivos 2014-2017", aprobada mediante la Resolucion Ministerial N° 245-2014-EF/52, durante el mes de noviembre del presente Ano Fiscal se ha previsto realizar dos subastas de Letras del Tesoro, la primera con plazos a 03 (tres) y 09 (nueve) meses y la MORDAZA con plazos a 06 (seis) y 12 (doce) meses, por un monto referencial de S/. 40 000 000,00 (CUARENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) cada subasta; Que, en tal sentido, se requiere aprobar la respectiva emision de Letras del Tesoro de acuerdo con lo establecido en el Articulo 70 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28563; Que, en adicion, la citada emision de instrumentos de deuda se realizara con sujecion al Reglamento de Letras del Tesoro aprobado por el Decreto Supremo N° 0512013-EF; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y su modificatoria, el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2014-EF y la Ley N° 30116, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano 2014; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la emision de Letras del Tesoro por un monto referencial de S/. 80 000 000,00 (OCHENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), cuyas caracteristicas generales se detallan a continuacion: La Republica del Peru Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas Plazo de colocacion Por tramos durante el mes de noviembre del 2014 Modalidad de colocacion A traves de subastas Modalidad de subasta Subasta hibrida (de precios mixtos) Denominacion A ser determinada en el Aviso de Subasta Valor Nominal S/. 100,00 Variable a subastar Tasa de rendimiento Tasa de interes Efectiva, base 30/360 Forma de emision Al descuento Registro Anotacion en cuenta en CAVALI S.A. ICLV y listados en la Bolsa de Valores de MORDAZA Articulo 2º.- Las caracteristicas adicionales necesarias para la implementacion de la emision que se aprueba en el articulo precedente, se sujetara a lo dispuesto en el Reglamento de Letras del Tesoro aprobado por el Decreto Supremo N° 051-2013-EF. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion Generla de Endeudamiento y Tesoro Publico 1158707-1 Emisor Unidad Responsable

a. A partir de la vigencia del presente Decreto Supremo a los recien nacidos, entendiendose como tal al MORDAZA o MORDAZA desde el nacimiento hasta que cumpla los veintiocho (28) dias de nacido. b. A partir del 1 de enero de 2015, al MORDAZA o MORDAZA menor de tres (03) anos de edad. c. A partir del 1 de enero de 2016, al MORDAZA o MORDAZA menor de cinco (05) anos de edad. Para efecto de la aplicacion de los citados incisos a), b) y c), se tendra en cuenta que la incorporacion es de manera directa, de acuerdo a lo establecido en el articulo 2 del Decreto Legislativo Nº 1164, y siempre que no cuenten con otro seguro de salud. Articulo 3.- Incorporacion bajo los mecanismos de focalizacion La gradualidad de la incorporacion al Regimen de Financiamiento Subsidiado del Seguro Integral de Salud, a que se refiere el articulo 2 del presente Decreto Supremo, no impide la afiliacion regular de los menores de los mencionados grupos poblacionales, con anterioridad a las fechas indicadas, y siempre que se cumplan los requisitos siguientes establecidos en la normatividad vigente: a. Contar con Documento Nacional de Identidad o Carne de Extranjeria. b. Contar con la clasificacion socioeconomica correspondiente para acceder a uno de los regimenes de financiamiento del Seguro Integral de Salud, realizada por la Unidad Central de Focalizacion (UCF) del Sistema de Focalizacion de Hogares (SISFOH) y contenida en el Padron General de Hogares (PGH). c. No contar con otro seguro de salud. Articulo 4.- Financiamiento Lo dispuesto en la presente MORDAZA se financia con cargo al presupuesto institucional del Seguro Integral de Salud de los anos fiscales respectivos, y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico. Articulo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por la Ministra de Salud. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los tres dias del mes de noviembre del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA VASI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud 1159067-2

Aprueban emision de Letras del Tesoro Publico
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 080-2014-EF/52.01 MORDAZA, 3 de noviembre del 2014 CONSIDERANDO: Que, conforme al Articulo 68 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2014-EF, la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico esta autorizada a efectuar la emision y colocacion de Letras del Tesoro Publico;

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