Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2014 (04/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano Martes 4 de noviembre de 2014

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de Salud o su representante; h) El Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo o su representante; i) El Ministro de Transportes y Comunicaciones o su representante; j) El Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento o su representante; k) El Ministro de Produccion o su representante; l) El ministro de Defensa o su representante; m) El Ministro del Interior o su representante; n) El Ministro de Relaciones Exteriores o su representante, y, o) El Presidente ejecutivo del Seguro Social de Salud (EsSalud) o su representante; Que, en relacion a la estructura organica, el articulo 74 del Reglamento de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2014-MIMP, contempla que el Consejo Nacional para la Integracion de la Persona con Discapacidad ­ CONADIS esta conformado por: a) El Consejo Nacional; b) La Presidencia; c) La Secretaria General; y d) Demas organos que establezca su Reglamento de Organizacion y Funciones; Que, la Secretaria General es la MORDAZA autoridad administrativa, y depende jerarquica y funcionalmente del Presidente del Consejo Nacional para la Integracion de la Persona con Discapacidad ­ CONADIS; Que, asimismo, el articulo 67 de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, senala que el Pleno del Consejo Nacional designa al funcionario publico que ejercera la Secretaria General del Consejo Nacional para la Integracion de la Persona con Discapacidad ­ CONADIS: Que, sobre el particular, de acuerdo al Acta de Sesion Extraordinaria Nº 002-2014, de fecha 13 de octubre de 2014, el Consejo Nacional, ha cumplido con designar al funcionario publico en el cargo de la Secretaria General del Consejo Nacional para la Integracion de la Persona con Discapacidad ­ CONADIS; Que, conforme a lo expuesto, resulta necesario emitir la Resolucion de Presidencia que formalice la designacion de la Secretaria General del Consejo Nacional para la

VISTO: Visto el Acuerdo del Consejo Nacional Nº 022-2014, adoptado en la Sesion Extraordinaria Nº 002-2014 del Consejo Nacional del Consejo Nacional para la Integracion de la Persona con Discapacidad - CONADIS, de fecha 13 de octubre de 2014. CONSIDERANDO: Que, con fecha 24 de diciembre de 2012, se publico la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, estableciendo en su articulo 63 que el Consejo Nacional para la Integracion de la Persona con Discapacidad ­ CONADIS es el organo especializado en cuestiones relativas a la discapacidad y esta constituido como un organismo publico ejecutor adscrito al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP; Que, conforme al Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, que aprueba la Politica Nacional de Modernizacion de la Gestion Publica, los Consejos nacionales o instancias directivas de organismos nacionales especializados, son mecanismos de coordinacion, para los cuales esta normada la participacion de representantes de diversos sectores del nivel nacional y de los gobiernos regionales y locales; Que, el numeral 65.1 del articulo 65 de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, precisa que el Consejo Nacional para la Integracion de la Persona con Discapacidad ­ CONADIS, esta conformado por los siguientes miembros: a) El Presidente del Consejo Nacional para la Integracion de la Persona con Discapacidad (CONADIS); b) El Presidente del Consejo de Ministros o su representante; c) El Ministro de la Mujer y Poblaciones Vulnerables o su representante; d) El Ministro de Desarrollo e Inclusion Social o su representante; e) El Ministro de Economia y Finanzas o su representante; f) El Ministro de Educacion o su representante; g) El Ministro

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