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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (04/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 22

El Peruano Martes 4 de noviembre de 2014 536732 de 2014; y el Memorándum (DAE) N.° DAE1410/2014, de la Dirección General para Asuntos Económicos, de 28 de octubre de 2014; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 29357, Ley Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; Ley Nº 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional y su Reglamento; y el Reglamento del Fondo General de Contravalor Perú– Japón, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 162- 93-PCM, modifi cado por Resolución Suprema Nº 266- 2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1. Dar término a la designación del señor Víctor Alberto Cruzalegui Flores, como Director Alterno ante el Fondo General de Contravalor Perú-Japón, en representación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI). Artículo 2. Designar a la señora Soledad del Rosario Bernuy Morales, Directora (e) de la Dirección de Políticas y Programas, como Directora Alterna ante el Fondo General de Contravalor Perú-Japón, en representación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI). Artículo 3. Notifi car al Fondo General de Contravalor Perú-Japón lo resuelto en la presente Resolución para las acciones correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO GUTIÉRREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1158737-3 SALUD Disponen la reorganización de las Estrategias Sanitarias Nacionales, a cargo del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 823-2014/MINSA Lima, 3 de noviembre del 2014 Visto, el Expediente Nº 14-113851-001, que contiene el Memorándum Nº 246-2014-DVM-SP-MINSA del Viceministro de Salud Pública; CONSIDERANDO: Que, los literales a) y b) del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que son funciones rectoras del Ministerio de Salud, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de Promoción de la Salud, Prevención de Enfermedades, Recuperación y Rehabilitación en Salud, bajo su competencia, así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de dichas políticas nacionales y sectoriales y realiza el seguimiento y evaluación respecto del desempeño y obtención de resultados alcanzados en las mismas; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 525-2012/ MINSA, se reestructuró la organización y dependencia funcional de las Estrategias Sanitarias Nacionales del Ministerio de Salud, con la fi nalidad de atender mayores niveles de efi ciencia en el cumplimiento de las funciones de las mismas, de manera que se logre una mejor atención a la población; Que, por Resolución Ministerial Nº 596-2014/MINSA, se aprobó el Documento “Hoja de Ruta para la Implantación de la Reforma Institucional del Ministerio de Salud”, con el objeto de desarrollar en forma detallada, la secuencia de pasos para implantar las condiciones necesarias que demanda el cambio organizacional del Ministerio de Salud, en el marco de la Reforma del Sector Salud, la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública y el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 598-2014/ MINSA, se aprobó entre otros, el documento “Mapa de Procesos del Ministerio de Salud”, constituyendo un planteamiento clave para la gestión por procesos de la entidad, que explicita con claridad los procesos que generan un bien o un servicio al ciudadano o que es entregado a otra entidad o nivel de gobierno, y que permitan a su vez tener mejores elementos para la defi nición organizacional de la entidad, la determinación de responsabilidades de los órganos del Ministerio de Salud y servir de insumo base para la elaboración del Reglamento de Organización y Funciones; Que, a fi n de adecuar el funcionamiento de las Estrategias Sanitarias Nacionales al marco legal vigente, así como coadyuvar en su diseño e implementación acorde con las competencias y funciones del Ministerio de Salud, sus Órganos y Organismos Públicos, resulta conveniente disponer la reorganización y evaluación de las mencionadas Estrategias; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud Pública; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Reorganización de Estrategias Sanitarias Nacionales Disponer la reorganización de las Estrategias Sanitarias Nacionales, a cargo del Ministerio de Salud. Artículo 2º.- Coordinación de análisis Autorizar al Viceministro de Salud Pública a coordinar el análisis, discusión y trabajo con expertos, formulando recomendaciones tendientes a la identificación de las funciones esenciales de las Estrategias Sanitarias Nacionales y a los ajustes necesarios en su modelo de organización, dentro del plazo de treinta (30) días calendario, contados a partir de la presente resolución. Artículo 3º.- Propuesta de acciones El Viceministro de Salud Pública, sobre la base de las recomendaciones señaladas en el artículo precedente, propondrá a la Alta Dirección del Ministerio de Salud, las acciones necesarias para la debida implementación de las mismas, dentro del plazo de los quince (15) días calendario, posteriores a la recepción de las recomendaciones mencionadas en el artículo precedente. Artículo 4º.- Proceso de reorganización Durante el proceso de reorganización de las Estrategias Sanitarias Nacionales dispuesta mediante la presente Resolución Ministerial, éstas continúan operando de manera regular, en tanto no se dicten disposiciones que suspendan o modifi quen el marco legal aplicable. Artículo 5.- Publicación La Ofi cina General de Comunicaciones publica la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección: http://www.minsa. gob.pe/transparencia/dge_normas.asp. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 1158991-1