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El Peruano Miércoles 12 de noviembre de 2014 537395 “Artículo 2.- Conformación de la Comisión La Comisión Sectorial de naturaleza temporal, encargada de proponer la “Política y Estrategia Nacional de Riego en el Perú”, estará conformada por los siguientes integrantes: - El (La) Viceministro(a) de Políticas Agrarias del Ministerio de Agricultura y Riego, o su representante, quien la presidirá. - El (La) Director(a) General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, o su representante. - El (La) Director(a) General de la Dirección General de Infraestructura Agraria y Riego, o su representante. - El (La) Director(a) General de la Dirección General de Políticas Agrarias, o su representante. - El (La) Director(a) General de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios, o su representante. - El (La) Director(a) General de la Dirección General de Negocios Agrarios, o su representante. - El (La) Director(a) General de la Dirección General de Articulación Intergubernamental, o su representante. - El (La) Jefe(a) de la Autoridad Nacional del Agua – ANA, o su representante. - El (La) Jefe(a) del Programa de Compensaciones para la Competitividad, o su representante. - El (La) Director(a) Ejecutivo(a) del Programa Subsectorial de Irrigaciones – PSI, o su representante; y, - El (La) Director(a) Ejecutivo(a) del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, o su representante. Los integrantes de la Comisión ejercerán el cargo ad honorem, debiendo los órganos, organismo público adscrito y programas que la conforman, designar a sus respectivos representantes alternos, mediante comunicación dirigida al Presidente, en un plazo de tres (03) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano”.