Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (14/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 47

El Peruano Viernes 14 de noviembre de 2014 537649 Aprueban Bases y anexos del Concurso Público para la selección de persona jurídica a la que se le encargará la conclusión del proceso liquidatorio de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Pisco S.A. en Liquidación RESOLUCIÓN SBS Nº 7547-2014 Lima, 12 de noviembre de 2014 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 115º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, en adelante Ley General, corresponde a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones seleccionar mediante concurso público a las personas jurídicas a las que se les encomendará la liquidación de las empresas del sistema fi nanciero y del sistema de seguros; Que, mediante Resolución SBS Nº 38-2003 del 20 de enero del 2003 y modifi catorias, se nombró la Comisión Especial de Alto Nivel, responsable de la designación de las personas que elaborarán las bases de los concursos públicos, de la pre aprobación de las mismas, del nombramiento de los respectivos Comités Especiales y del seguimiento de los procesos que convoque esta Superintendencia para seleccionar a las personas jurídicas que se encargarán de la liquidación de las empresas bajo su ámbito de supervisión; Que, la citada Comisión de Alto Nivel en sesión de fecha 15 de setiembre de 2014 dio inicio a las actividades dirigidas a concretar el proceso de selección de la persona jurídica que se encargará de conducir el proceso liquidatorio de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Pisco S.A. en Liquidación; adoptando como primera acción el nombramiento de los miembros del Comité Especial que tendrá la responsabilidad de la elaboración de las Bases del Concurso Público de Selección de la Persona Jurídica a la que se le encargará la administración del proceso liquidatorio de la empresa antes mencionada; Que, la Comisión de Alto Nivel en sesión de fecha 31 de octubre de 2014, ha pre aprobado el contenido de las Bases y anexos del Concurso Público de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Pisco S.A. en Liquidación, las que han sido elevadas al Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, para su consideración; Que, se ha tenido a la vista la documentación a que se hace referencia en el considerando precedente, la misma que contiene las pautas y lineamientos del concurso público, que incluyen la convocatoria, la evaluación de las propuestas y la selección de la persona jurídica ganadora, con transparencia y conforme a ley; Que, asimismo es necesario encargar al Comité Especial, cuyos miembros han sido designados por la Comisión de Alto Nivel en sesión de fecha 15 de setiembre de 2014, la conducción (convocatoria, evaluación de las propuestas y participantes, así como la selección de la persona jurídica ganadora) del Concurso Público para la selección de la persona jurídica a la que se le encargará la conclusión del proceso liquidatorio de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Pisco S.A. en Liquidación; Contando con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfi nanzas y de Asesoría Jurídica; y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, aprobada por la Ley Nº 26702; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar las Bases y sus anexos, del Concurso Público para la selección de la persona jurídica a la que se le encargará la conclusión del proceso liquidatorio de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Pisco S.A. en Liquidación, las mismas que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Encargar al Comité Especial, cuyos miembros han sido designados por la Comisión de Alto Nivel en sesión de fecha 15 de setiembre de 2014, la conducción (convocatoria, evaluación de las propuestas y participantes, así como la selección de la persona jurídica ganadora) del Concurso Público para la selección de la persona jurídica a la que se le encargará la conclusión del proceso liquidatorio de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Pisco S.A. en Liquidación. El Comité Especial será autónomo en sus decisiones y sus acuerdos se adoptarán por mayoría simple. La Comisión de Alto Nivel designará a los miembros suplentes del Comité Especial, para que actúen en remplazo de los miembros titulares cuando, por razones de fuerza mayor o caso fortuito, no puedan participar en alguna de sus sesiones. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1163717-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA Aprueban la Mesozonificación Ecológica, Económica del departamento de Huancavelica, como base para el Ordenamiento y la Gestión Territorial ORDENANZA REGIONAL Nº 257-GOB.REG-HVCA/CR Huancavelica, 06 de Febrero de 2014. POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA: Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA MESOZONIFICACION ECOLOGICA Y ECONOMICA DEL DEPARTAMENTO DE HUANCAVELICA. Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de Derecho Público con autonomía política, económica y administrativa teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, comparativas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales para la contribución al desarrollo integral y sostenible de la región, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplifi cación administrativa. Que, la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modifi catoria Ley Nº 29902, en el Artículo 53º establece las funciones del Gobierno Regional en Materia Ambiental y Ordenamiento Territorial, entre otras el literal a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia ambiental y de Ordenamiento Territorial, en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales; Que, la Ley Nº 28611 - Ley General del Ambiente, en su Artículo 20º establece que la planifi cación y el ordenamiento territorial tienen por fi nalidad complementar la planifi cación económica, social y ambiental con la dimensión territorial, racionalizar las intervenciones sobre el territorio y orientar su conservación y aprovechamiento sostenible; Que, en Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 087- 2004-PCM - Reglamento de Zonifi cación Ecológica y