Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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El Peruano Viernes 14 de noviembre de 2014 537642 d) del numeral 8.1 del artículo 8º del Reglamento Interno del Tribunal de Fiscalización Ambiental, aprobado por Resolución Nº 032-2013-OEFA/CD, la presente resolución constituye precedente administrativo de observancia obligatoria respecto a la determinación de los alcances del artículo 5º del Decreto Supremo Nº 016-93-EM, en los siguientes términos: “El artículo 5º del Decreto Supremo Nº 016-93-EM impone al titular minero dos obligaciones consistentes en: (i) adoptar con carácter preventivo, las medidas necesarias para evitar e impedir que las emisiones, vertimientos, desechos, residuos u otros que se produzcan como resultado de las actividades realizadas o situaciones generadas en sus instalaciones, puedan tener efectos adversos en el ambiente. Para que se confi gure el incumplimiento de dicha obligación no es necesario que se acredite la existencia de un daño al ambiente, bastando únicamente la verifi cación de que el titular minero no adoptó medidas de prevención necesarias en resguardo del ambiente ante una posible afectación como producto de su actividad minera; y, (ii) no exceder los límites máximos permisibles”. Cuarto.- Notifi car la presente resolución a Empresa Administradora Chungar S.A.C. y remitir el expediente a la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos, para los fi nes pertinentes. Quinto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano y en el portal institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA (www.oefa.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME PEDRO DE LA PUENTE PARODI Presidente Primera Sala Especializada Permanente competente en las materias de Minería y Energía Tribunal de Fiscalización Ambiental HUMBERTO ÁNGEL ZÚÑIGA SCHRODER Vocal Primera Sala Especializada Permanente competente en las materias de Minería y Energía Tribunal de Fiscalización Ambiental EMILIO JOSÉ MEDRANO SÁNCHEZ Vocal Primera Sala Especializada Permanente competente en las materias de Minería y Energía Tribunal de Fiscalización Ambiental 1163478-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Autorizan viaje de magistrados de la Corte Suprema de Justicia de la República para que participen en evento académico a realizarse en el Reino de España RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 095-2014-P-CE-PJ Lima, 22 de octubre de 2014 VISTOS: El Ofi cio N° 3464-2014-CIJ/PJ, cursado por el Director del Centro de Investigaciones Judiciales; los Ofi cios N° 1911 y N° 2036-2014-GG/PJ, e Informe N° 156-2014-GAF- GG-PJ, del Gerente General del Poder Judicial y Gerente de Administración y Finanzas, respectivamente. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Administrativa N° 030-2014-P-CE-PJ, se aprobó el Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Poder Judicial y la Universidad Carlos III de Madrid, Reino de España, el mismo que tiene por objetivo estrechar lazos de cooperación y colaboración entre ambas partes, a través del Instituto de Derecho Público Comparado “Manuel García Pelayo” a efectos de coadyuvar en la formación especializada de jueces, funcionarios, personal jurisdiccional y administrativo de este Poder del Estado. Asimismo, desarrollar investigaciones, intercambio de publicaciones, organización de talleres, seminarios, congresos y otras actividades que sean de interés en el marco de la cooperación común. Segundo. Que en el marco del mencionado convenio se ha programado la realización del “Curso de Especialización en Derecho Constitucional y Gobierno y Gestión Judicial”, desarrollado por el Instituto de Derecho Público Comparado “Manuel García Pelayo” de la Universidad Carlos III de Madrid, Reino de España, el mismo que fue aprobado por resolución de fecha 3 de setiembre del año en curso. Tercero. Que mediante resoluciones de fechas 3, 4, 17 y 25 de setiembre del año en curso se autorizó la participación de los Jueces Titulares de la Corte Suprema de Justicia de la República, en el mencionado curso que tiene dos fases presenciales en la ciudad de Lima del 29 de setiembre al 16 de octubre, y en Madrid del 3 al 7 y del 17 al 21 de noviembre del año en curso. Cuarto. Que, al respecto, es relevante considerar que la temática a desarrollarse en el Curso de Especialización en Derecho Constitucional y Gobierno y Gestión Judicial, se encuentra enmarcada en lo que es el desarrollo estratégico en gobierno judicial y política judicial, modernización y sistemas de calidad judicial, sistemas de control institucional, participación y acceso a la justicia, argumentación y decisión judicial, sistemas de gestión judicial, políticas públicas judiciales, protección multinivel de derechos fundamentales, entre otros vinculados directamente a la labor jurisdiccional, de gobierno y gestión judicial. Por lo que siendo así, resulta importante que Jueces Titulares de la Corte Suprema de Justicia de la República participen en el mencionado certamen, teniendo en cuenta las labores jurisdiccionales y de gobierno a su cargo; más aún cuando este espacio académico será muy valioso para el intercambio de experiencias respecto a la realidad jurídica e institucional española, en tanto la plana docente está integrada por Jueces del Poder Judicial Español, que incluye un Juez Supremo Titular, ex miembros del Consejo General del Poder Judicial, Órgano de Gobierno, y ex Magistrados del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y Tribunal Constitucional Español. En ese sentido, corresponde a este Poder del Estado asumir los gastos no cubiertos para la participación de los Jueces Titulares de la Corte Suprema de Justicia, en razón al itinerario de viaje. En consecuencia; el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus facultades delegadas mediante Resolución Administrativa N° 003-2009-CE-PJ, de fecha 9 de enero de 2009. RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de los señores doctores Enrique Javier Mendoza Ramírez, Luis Felipe Almenara Bryson y Ramiro De Valdivia Cano, Jueces Titulares de la Corte Suprema de Justicia de la República, del 14 al 23 de noviembre del año en curso, concediéndoseles licencia con goce de haber por tales fechas; para que participen en el “Curso de Especialización en Derecho Constitucional y Gobierno y Gestión Judicial”, desarrollado por el Instituto de Derecho Público Comparado “Manuel García Pelayo” de la Universidad Carlos III de Madrid, Reino de España, el mismo que fuera aprobado mediante resolución de fecha 3 de setiembre del año en curso. Artículo Segundo.- Los gastos de viáticos, instalación, pasajes y Assist Card, estarán a cargo de la Unidad Ejecutora de la Gerencia General del Poder Judicial, de acuerdo al siguiente detalle: