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El Peruano Domingo 16 de noviembre de 2014 537711 respecta a la Sesión Especial sobre Beijing+20 en América Latina y el Caribe, se tiene que dicha sesión servirá como instancia de discusión y consulta regional sobre el tema en la región, en la que participarán tanto países como organismos del sistema de las Naciones Unidas y la Sociedad Civil, cuyas conclusiones y recomendaciones serán presentadas por la Presidencia de la Conferencia Regional al 59° periodo de sesiones de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer; Que, mediante Carta N° 224/2014 del 13 de octubre de 2014, el Embajador de Chile en el Perú invita a la Titular del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables, a participar y presidir una delegación de mujeres líderes del Perú que viajará a Santiago de Chile, República de Chile, del 16 al 18 de noviembre de 2014, ocasión en la que se tiene prevista una serie de encuentros con sus contrapartes chilenas, las que estarán encabezadas por la Ministra Directora del Servicio Nacional de la Mujer; Que, asimismo, se indica que la agenda de trabajo de la visita contempla una serie de audiencias con autoridades gubernamentales y del Poder legislativo chileno, así como con representantes del mundo empresarial, social y académico, además de un saludo a la Presidenta de la República de Chile; Que, mediante Informe N° 042-2014-MIMP/OGPP- OCIN la Ofi cina de Cooperación Internacional de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables hace de conocimiento el correo electrónico del 13 de noviembre de 2014, del Consejero de la Embajada de Chile en el Perú, quien sugiere la posibilidad que se pueda disponer que en representación de la Titular del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables la reemplace la Viceministra de la Mujer, precisando que el MIMP asuma el costo de pasajes aéreos y los organizadores los demás costos implícitos del viaje; Que, la participación de la Viceministra de la Mujer en el evento en mención guarda estrecha relación con los temas materia de competencia previstos en el artículo 5 de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; siendo que con ello i) se marcará la presencia del referido Sector en un espacio de concertación y diálogo internacional, ii) se visibilizará su rol como ente rector en las políticas nacionales y sectoriales sobre mujer y promoción y protección de las poblaciones vulnerables; y iii) se intercambiarán experiencias, con lo que se mejorará y fortalecerán las relaciones con los países miembros de la CEPAL, entre otros; Que, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley № 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, establece que el requerimiento de supuestos distintos a los señalados en los literales del citado numeral, para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, en tal sentido, resulta de interés institucional la participación de la Viceministra de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; siendo que los gastos de pasajes aéreos serán asumidos con cargo a los recursos presupuestales del Pliego Presupuestal № 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - Unidad Ejecutora 001; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo № 1098, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en la Ley № 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; en la Ley № 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y en el Decreto Supremo № 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cado por el Decreto Supremo № 005-2006-PCM y el Decreto Supremo № 056-2013- PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Ana María Mendieta Trefogli, Viceministra de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, del 16 al 18 de noviembre de 2014, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán con cargo a los recursos presupuestales del Pliego № 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - Unidad Ejecutora 001, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos (incluye TUUA) S/. 5 536,82 ------------------ TOTAL S/. 5 536,82 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada funcionaria deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros CARMEN OMONTE DURAND Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1165199-8 RELACIONES EXTERIORES Ratifican el “Acuerdo relativo al Memorando de Responsabilidades que han de asumir el Gobierno de la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura con respecto a la 46ª Reunión del Comité del CODEX sobre Higiene de los Alimentos” DECRETO SUPREMO N° 065-2014-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el “Acuerdo relativo al Memorando de Responsabilidades que han de asumir el Gobierno de la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura con respecto a la 46ª Reunión del Comité del CODEX sobre Higiene de los Alimentos”, formalizado mediante intercambio de Notas, Nota RE (DAE) 7-8-E/01 del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú, de fecha 07 de agosto de 2014; y, Nota CX-712 (Agm) de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, de fecha 08 de agosto de 2014, fue aprobado por Resolución Legislativa N° 30263 de fecha 5 de noviembre de 2014; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado Acuerdo; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 56 y 118 inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley Nº 26647; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el “Acuerdo relativo al Memorando de Responsabilidades que han de asumir el Gobierno de la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para la