Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2014 (27/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano Jueves 27 de noviembre de 2014

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8° del Decreto Legislativo N° 1132, en cumplimiento al MORDAZA parrafo del numeral 2.1 del articulo 2° del Decreto Supremo N° 262-2014-EF. Articulo 5º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1°, sin exceder el total de dias autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Articulo 6º.- El personal militar designado debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 7º.- El personal militar designado revistara en la Oficina Administrativa del Cuartel General del Ejercito del Peru, durante el periodo de tiempo que dure la mision de estudios. Articulo 8°.- El personal militar designado esta impedido de solicitar su pase a la situacion militar de disponibilidad y retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo, mas el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Articulo 9°.- La presente autorizacion no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 10°.- La presente Resolucion sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese.

SG, de fecha 14 de febrero de 2005; y, sus respectivas modificatorias, el Decreto Supremo N° 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y el Decreto Supremo N° 009-2013-DE, de fecha 02 de octubre de 2013; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002 y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 002-2004/ DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensacion Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Mision Diplomatica, Comision Especial en el Exterior, Mision de Estudios, Comision de Servicios y Tratamiento Medico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el General de Ejercito Comandante General del Ejercito y lo acordado con el senor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios del Personal Militar del Ejercito del Peru que se detalla a continuacion, para que realicen la Pasantia de Idioma Portugues y Ambientacion (EIPA), en el Centro de Estudios de Personal (CEP) y el Curso de Perfeccionamiento de Oficiales, en la Escuela de Perfeccionamiento de Oficiales del Ejercito de la Republica Federativa del Brasil, en la MORDAZA de Rio de Janeiro, del 28 de noviembre de 2014 al 27 de noviembre de 2015, asi como autorizar su salida del MORDAZA el 27 de noviembre de 2014. N° GRADO 1 2 3 4 5 6 7 CAP EP CAP EP CAP EP CAP EP CAP EP CAP EP CAP EP APELLIDOS Y NOMBRES AMPUERO MORDAZA MORDAZA Fidalberto MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nicols MORDAZA MORDAZA MORDAZA Roy MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA LA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA GRAJEDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI 40474432 43297434 43610399 10731588 40617475 40580977 40044316

OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1170257-4

ECONOMIA Y FINANZAS
Disponen la reestructuracion de MORDAZA de Financiamiento del Presupuesto del Servicio de la Deuda en el Ministerio de Economia y Finanzas para el Ano Fiscal 2014
DECRETO SUPREMO N° 326-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, la atencion del servicio de la deuda publica para el ano 2014 en el Pliego 009 Ministerio de Economia y Finanzas se efectuara con cargo a las MORDAZA de Financiamiento "Recursos Ordinarios", hasta por el monto de S/. 7 820 760 000,00 (SIETE MIL OCHOCIENTOS VEINTE MILLONES SETECIENTOS SESENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) y "Recursos por Operaciones Oficiales de Credito", hasta por S/. 1 968 240 000,00 (UN MIL NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, para obtener parte de los recursos correspondientes a la Fuente de Financiamiento "Recursos por Operaciones Oficiales de Credito", la Ley Nº 30116, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, contempla, dentro de los montos maximos autorizados en los literales b) de los numerales 4.1 y 4.2 del Articulo 4 de dicha Ley, la concertacion de operaciones de endeudamiento externo e interno, que seran destinadas al Apoyo a la Balanza de Pagos; Que, en el contexto actual, las economias emergentes vienen siendo afectadas por el menor crecimiento global

Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa ­ Ejercito del Peru, efectuara los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional del Ano Fiscal 2014, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes aereos: MORDAZA - Rio de Janeiro (Republica Federativa del Brasil) Clase economica US$ 1,000.00 x 07 personas $ 7, 000.00 Gastos de Desplazamiento - Ida R$ 12,910.33 x 01 x 07 personas R$ 90,372.31

Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero R$ 12,910.33/30 x 03 dias x 07 personas R$ 9,037.23 R$ 12,910.33 x 01 mes x 07 personas R$ 90,372.31 Articulo 3°.- El otorgamiento de la compensacion extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se MORDAZA por los dias reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004DE/SG, del 26 de enero de 2004 y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014. Articulo 4º.- El monto de la Compensacion Extraordinaria Mensual sera reducida, por el Ejercito del Peru, en la misma cantidad que la bonificacion otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del articulo

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