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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (27/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 23

El Peruano Jueves 27 de noviembre de 2014 538533 Que, en aplicación del Estatuto del Servicio Administrativo del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante el Decreto Supremo N.º 0009- 1988-RE, los agregados cualquiera sea su naturaleza, dependerán del Jefe de Misión y actuarán como asesores de éste en toda negociación y gestión que competa a su especialización y deben cumplir además las instrucciones que se les imparta; Que, el artículo 3 de la Ley N.º 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, dispone que la designación de funcionarios en cargo de confi anza se efectúa mediante Resolución Ministerial; De conformidad con la Ley N.º 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N.º 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N.º 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley N.º 28175, Ley Marco del Empleo Público; y el Decreto Supremo N.º 0009-1988- RE, Estatuto del Servicio Administrativo del Ministerio de Relaciones Exteriores; SE RESUELVE: Artículo 1. Designar al señor Edgardo Alcides Olortegui Huamán, en el cargo de confi anza de Agregado Civil, nivel F4, de la Embajada del Perú en los Estados Unidos Mexicanos, a partir del 1 de enero de 2015. Artículo 2. El citado funcionario percibirá por concepto de asignación por servicio exterior el equivalente a su nivel en la Embajada del Perú en los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 3. Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO GUTIÉRREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1169908-1 Autorizan viaje de funcionario diplomático a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0878/RE-2014 Lima, 25 de noviembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, la VIII Reunión de la Comisión Mixta Peruano- Colombiana en materia de Control de Drogas, se llevará a cabo en la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, del 2 al 3 de diciembre de 2014; Que, esta reunión es un mecanismo bilateral de diálogo que tiene como objetivo el fortalecimiento de la cooperación y coordinación, así como el intercambio de información entre las autoridades de ambos países responsables de las políticas de drogas. Que, en el marco de dicho mecanismo se discutirán diversos temas en materia antidrogas, tales como control de oferta, reducción de la demanda, cooperación judicial, lavado de activos y desarrollo alternativo, los cuales son de vital interés para el Perú. Que, es necesario que la Dirección de Control de Drogas del Ministerio de Relaciones Exteriores, esté debidamente representada en la reunión antes mencionada, a fi n de asegurar un seguimiento diplomático y político adecuado de la posición del Perú en el marco de ese mecanismo; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N.° 6109, del Despacho Viceministerial, de 7 de noviembre de 2014; y los Memoranda (DGM) N.° DGM0927/2014, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, de 5 de noviembre de 2014, y (OPR) N.º OPR0393/2014, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 17 de noviembre de 2014, que otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley N.º 28807; y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 047- 2002-PCM, modifi cado por Decreto Supremo N.º 056- 2013-PCM; la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 130-2003-RE y sus modifi catorias; la Ley N.º 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento; y el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N.º 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; SE RESUELVE: Artículo 1. Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro en el Servicio Diplomático de la República, John Peter Camino Cannock, Director de Control de Drogas, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, a la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, del 2 al 3 de diciembre de 2014, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2. Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0094343 Promoción y Defensa de los Intereses del Perú en Asuntos de Seguridad y Lucha Contra las Drogas, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Número de Días Total viáticos US$ John Peter Camino Cannock 989,00 370,00 2 740,00 Artículo 3. Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4. La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuesto o derechos aduaneros cualquiera que sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO GUTIÉRREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1169908-2 SALUD Crean el Programa Nacional de Inversiones en Salud DECRETO SUPREMO Nº 035-2014-SA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 9 de la Constitución Política del Perú, establece que el Estado determina la política nacional de salud. El Poder Ejecutivo norma y supervisa su aplicación. Es responsable de diseñarla y conducirla en forma plural y descentralizadora para facilitar a todos el acceso equitativo a los servicios de salud; Que, de conformidad con lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, éste se constituye como la Autoridad de Salud a nivel nacional, y según lo establece la Ley N° 26842,