Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2014 (29/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano Sabado 29 de noviembre de 2014

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US$ 1,484.00 US$ 2,160.00 Urbanizacion Panamericana Norte, Distrito de Los MORDAZA, Provincia y Departamento de Lima; asi como en: MORDAZA los Eucaliptos Nº 183, Urbanizacion Jardines MORDAZA, Distrito de Bellavista, Provincia Constitucional del Callao; Que, mediante Parte Diario Nº 172021 de fechas 24 de setiembre de 2014, La Escuela solicita la modificacion de los terminos de su autorizacion, contenida en la Resolucion Directoral Nº 1449-2011-MTC/15, cambiando la ubicacion del local ubicado en: MORDAZA los Eucaliptos Nº 183, Urbanizacion Jardines MORDAZA, Distrito de Bellavista, Provincia Constitucional del Callao, al MORDAZA local ubicado en: Lote 1 Manzana 1-K, Sub Lote 1-A, ex Fundo Oquendo, Provincia Constitucional del Callao (altura Cdra. 85 de la Av. MORDAZA Gambetta, esquina con la MORDAZA 4, Provincia Constitucional del Callao); Que, el articulo 60º del Reglamento Nacional de Licencias de conducir Vehiculos automotores y no motorizados de transporte terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, establece que "La autorizacion como Escuela de Conductores, asi como su modificacion, suspension o caducidad, para surtir efectos juridicos seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano"; asimismo, el primer parrafo del articulo 61º de El Reglamento, dispone que "Procede la solicitud de modificacion de autorizacion de La Escuela de Conductores cuando se produce la variacion de alguno de sus contenidos indicados en el articulo 53º de El Reglamento..."; Que, el literal d) del articulo 53º de El Reglamento indica que "La Resolucion de Autorizacion como Escuela de Conductores contendra lo siguiente:...d) Ubicacion del(los) establecimiento(s) de la Escuela de Conductores para la cual se otorga autorizacion,..."; Que, la solicitud de autorizacion para el cambio de local ubicado en: MORDAZA los Eucaliptos Nº 183, Urbanizacion Jardines MORDAZA, Distrito de Bellavista, Provincia Constitucional del Callao (autorizado mediante Resolucion Directoral Nº 813-2012-MTC/15), presentada por La Escuela, implica la variacion de uno de los contenidos del articulo 53º de El Reglamento, en razon que dicho local ha sido autorizado como incremento de oficinas administrativas y aulas de ensenanza, a la autorizacion otorgada mediante Resolucion Directoral Nº 1449-2011-MTC/15, en ese sentido, y considerando lo establecido en el articulo 60º de El Reglamento, la Resolucion que modifica la autorizacion, debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, por haberse producido la variacion del contenido de la autorizacion; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedicion de la resolucion de autorizacion respectiva, la Direccion General de Transporte Terrestre, realizara la inspeccion con el objeto de verificar el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento; Que, mediante Informe Nº 015-2014-MTC/15.pvc de fecha 30 de octubre de 2014, sobre la inspeccion ocular realizada a las instalaciones del local propuesto por La Escuela, el inspector concluye que la empresa denominada BREVETES PERU S.A.C., cuenta con los ambientes conforme a lo autorizado mediante Resolucion Directoral Nº 813-2012-MTC/15, de conformidad a los literales a), c) y d) del numeral 43.3 del articulo 43º de El Reglamento; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, en el Informe Nº 2492014-MTC/15.03, procede emitir el acto administrativo correspondiente, y; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC; la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la empresa denominada BREVETES PERU S.A.C., en su calidad de Escuela de

Pasajes aereos (incluye TUUA) Viaticos

Articulo 3.- Dentro de los siete (07) dias calendario siguientes de su retorno al MORDAZA, la persona mencionada en el articulo 1º debera presentar a la Presidencia de la Republica, a traves de la Secretaria del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje; la persona mencionada en el articulo 1º debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje; asi como la rendicion de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 5.- La presente Resolucion Suprema no otorgara derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones
1171680-3

Autorizan a Brevetes Peru S.A.C., en su calidad de Escuela de Conductores Integrales, el cambio de ubicacion de local situado en la Provincia Constitucional del Callao
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 4596-2014-MTC/15

MORDAZA, 10 de noviembre de 2014 VISTO: El Parte Diario Nº 172021, presentados por la empresa denominada BREVETES PERU S.A.C., y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 1449-2011MTC/15 de fecha 25 de MORDAZA de 2011, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 13 de MORDAZA de 2011, se autorizo a La Escuela BREVETES PERU S.A.C., con RUC Nº 20514454141 y domicilio en: Jr. MORDAZA Orrego Nº 1992, Cercado de MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela; con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos - practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A categorias II y III y Clase B categoria II-c; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 813-2012MTC/15 de fecha 27 de febrero de 2012, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 14 de marzo de 2012, se autorizo a La Escuela el incremento de oficinas administrativas y aulas de ensenanza, a su autorizacion otorgada mediante 1449-2011-MTC/15, en los locales ubicados en: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 185 oficina Nº 301,

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