Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2014 (30/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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Con la intervencion de los senores miembros: MORDAZA Ruiloba Rossel, MORDAZA MORDAZA Sousa MORDAZA, MORDAZA Laca MORDAZA y Eldda MORDAZA Abanto. Registrese y publiquese, MORDAZA RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comision de Normalizacion y de Fiscalizacion de Barreras Comerciales No Arancelarias 1171192-1 RESOLUCION COMISION DE NORMALIZACION Y DE FISCALIZACION DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS Nº 125-2014/CNB-INDECOPI MORDAZA, 13 de noviembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 28º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Articulos 4º al 11º de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalizacion y Acreditacion, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1030, y en el Reglamento de esta MORDAZA Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo 081-2008-PCM, corresponde a la Comision de Normalizacion y de Fiscalizacion de Barreras Comerciales No Arancelarias, en su calidad de Organismo Nacional de Normalizacion, aprobar las Normas Tecnicas recomendables para todos los sectores y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de los Comites Tecnicos de Normalizacion; Que, las actividades de Normalizacion deben realizarse sobre la base del Codigo de Buena Conducta para la Adopcion, Elaboracion y Aprobacion de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstaculos Tecnicos al Comercio de la Organizacion Mundial del Comercio, que fuera incorporado a la legislacion nacional mediante Resolucion Legislativa 26407. Dicho Codigo viene siendo implementado por la Comision a traves del Sistema Peruano de Normalizacion, del cual forman parte el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas y el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion, aprobados mediante Resolucion 048-2008/CNB-INDECOPI; Que, toda vez que las actividades de elaboracion y actualizacion de Normas Tecnicas Peruanas deben realizarse con la participacion de representantes de todos los sectores involucrados: produccion, consumo y tecnico, constituidos en Comites Tecnicos de Normalizacion, la Comision conformo los siguientes Comites Tecnicos de Normalizacion: a) Fertilizantes y sus productos afines, b) Bebidas alcoholicas y c) Aditivos alimentarios, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion MORDAZA senalado; Que, los Comites Tecnicos de Normalizacion citados, presentaron Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas (PNTP) y fueron sometidos a Discusion Publica en la fecha indicada: a) Fertilizantes y sus productos afines, 02 PNTP, el 26 de junio de 2014, mediante el Sistema 2 u ordinario por un periodo de 60 dias contados a partir del 25 de MORDAZA de 2014; b) Bebidas alcoholicas, 03 PNTP, 30 de junio de 2014, mediante el Sistema 2 u ordinario por un periodo de 60 dias a partir del 25 de MORDAZA de 2014 c) Aditivos alimentarios, 03 PNTP, 30 de junio de 2014, mediante el Sistema 2 u ordinario por un periodo de 60 dias a partir del 25 de MORDAZA de 2014 Que, no habiendose recibido observaciones a los Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas, y luego de la evaluacion correspondiente, la Secretaria Tecnica de la Comision recomendo su aprobacion como Normas Tecnicas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaria Tecnica, de conformidad con el Decreto Legislativo 1030, el Decreto Legislativo 1033, el Decreto Supremo 081-2008-PCM y la Resolucion 048-2008/CNB-INDECOPI, la Comision con el acuerdo unanime de sus miembros. RESUELVE Primero.- APROBAR como de Normas Tecnicas Peruanas, las siguientes:

El Peruano MORDAZA 30 de noviembre de 2014

NTP 311.612:2014 FERTILIZANTES. Nitrato de sodio. Requisitos. 1ª Edicion NTP 311.613:2014 FERTILIZANTES. Fertilizantes para cultivos hidroponicos. Requisitos. 1ª Edicion NTP 211.008:2014 ALCOHOL ETILICO PARA BEBIDAS ALCOHOLICAS. Determinacion del tiempo de permanganato. 4ª Edicion Reemplaza a la NTP 211.008:2010 NTP 211.027:2014 ALCOHOL ETILICO PARA BEBIDAS ALCOHOLICAS. Determinacion de la acidez total. 3ª Edicion Reemplaza a la NTP 211.027:2011 NTP 319.229:2014 ALCOHOL ETILICO PARA BEBIDAS ALCOHOLICAS. Determinacion del grado alcoholico volumetrico. 4ª Edicion Reemplaza a la NTP 319.229:2012 NTP 209.111:2014 ADITIVOS ALIMENTARIOS. Principios generales para el empleo de aditivos alimentarios. 3ª Edicion Reemplaza a la NTP 209.111:2009

NTP 209.116:2014 ADITIVOS ALIMENTARIOS. Definiciones y clasificacion. 3ª Edicion Reemplaza a la NTP 209.116:2009 NTP 209.711:2014 ADITIVOS ALIMENTARIOS. Sustancias inertes. Definicion y clasificacion. 1ª Edicion Segundo.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Tecnicas Peruanas: NTP 211.008:2010 BEBIDAS ALCOHOLICAS. Alcohol etilico. Metodo de ensayo. Determinacion del tiempo de permanganato. 3ª Edicion NTP 211.027:2011 BEBIDAS ALCOHOLICAS. Alcohol etilico. Metodo de ensayo. Determinacion de la acidez total. 2ª Edicion NTP 319.229:2012 BEBIDAS ALCOHOLICAS. Alcohol etilico. Metodo de ensayo. Determinacion del grado alcoholico volumetrico.3ª Edicion NTP 209.111:2009 ADITIVOS ALIMENTARIOS. Principios generales para el empleo de aditivos alimentarios. 2ª Edicion

NTP 209.116:2009 ADITIVOS ALIMENTARIOS. Definiciones y clasificacion. 2ª Edicion Con la intervencion de los senores miembros: MORDAZA Ruiloba Rossel, MORDAZA MORDAZA Sousa MORDAZA, MORDAZA Laca MORDAZA y Eldda MORDAZA Abanto. Registrese y publiquese, MORDAZA RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comision de Normalizacion y de Fiscalizacion de Barreras Comerciales No Arancelarias 1171192-2

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