Norma Legal Oficial del día 01 de octubre del año 2014 (01/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano Miercoles 1 de octubre de 2014

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MORDAZA, MORDAZA Recodo y Jepelacio, provincias de Lamas y Moyobamba, departamento de San MORDAZA, en la MORDAZA comprendida dentro de las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, de conformidad con los Lineamientos para la Participacion Ciudadana en las Actividades Electricas, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 223-2010MEM/DM, se realizo el Taller Informativo el dia 08 de agosto de 2014, con la participacion de los representantes de CORPORACION DE DESARROLLO DE PROYECTOS INTEGRALES DE ENERGIA S.A.C., de la Direccion General de Electricidad y de las principales autoridades de la MORDAZA, con el objeto de informar a la poblacion acerca del proyecto de la futura Central Hidroelectrica MORDAZA I (Corporacion); Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, ha emitido el Informe Nº 460-2014-DGE-DCE de fecha 14 de agosto de 2014, recomendando que se otorgue la concesion temporal; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 23 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas y el item CE02 del Anexo Nº 01 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 061-2006-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y el visto MORDAZA del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1.- Otorgar concesion temporal a favor de CORPORACION DE DESARROLLO DE PROYECTOS INTEGRALES DE ENERGIA S.A.C., que se identificara con el codigo Nº 21341614, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica de la futura Central Hidroelectrica MORDAZA I (Corporacion), para una potencia instalada estimada de 261 MW, los cuales se realizaran en los distritos de MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA Recodo y Jepelacio, provincias de Lamas y Moyobamba, departamento de San MORDAZA, por un plazo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolucion. Articulo 2.- Los estudios se realizaran al MORDAZA de la presente concesion temporal, y comprenderan la MORDAZA delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56): VERTICE 1 2 3 4 5 6 ESTE 308 259,763 307 270,826 306 556,611 303 995,166 296 039,929 297 766,577 NORTE 9 320 045,682 9 318 616,773 9 317 392,203 9 316 101,330 9 323 331,288 9 325 885,074

MORDAZA, MORDAZA Recodo y Tabalosos, provincia de Lamas, departamento de San MORDAZA, por un plazo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolucion. Articulo 2.- Los estudios se realizaran al MORDAZA de la presente concesion temporal, y comprenderan la MORDAZA delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56): VERTICE 1 2 3 4 5 ESTE 308 259,763 307 270,826 306 556,611 311 570,603 314 646,105 NORTE 9 320 045,682 9 318 616,773 9 317 392,203 9 310 669,127 9 312 481,624

Articulo 3.- El concesionario esta obligado a realizar los estudios, respetando las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y demas normas legales pertinentes. De conformidad con el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, modificado por el articulo 1 del Decreto Supremo Nº 022-97-EM, si vencido el plazo mencionado en el articulo 1 de la presente Resolucion, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraidas en su solicitud, respecto a la ejecucion de los estudios y al cumplimiento del Cronograma de Ejecucion de Estudios, la Direccion General de Electricidad ejecutara la garantia otorgada. Articulo 4.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 1141791-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 426-2014-MEM/DM MORDAZA, 19 de setiembre de 2014 VISTO: El Expediente Nº 21341614 sobre solicitud de otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica de la futura Central Hidroelectrica MORDAZA I (Corporacion), presentado por CORPORACION DE DESARROLLO DE PROYECTOS INTEGRALES DE ENERGIA S.A.C., persona juridica inscrita en la Partida Nº 11055259 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Moyobamba; CONSIDERANDO: Que, CORPORACION DE DESARROLLO DE PROYECTOS INTEGRALES DE ENERGIA S.A.C., mediante documento con registro de ingreso Nº 2368878 de fecha 18 de febrero de 2014 presento solicitud sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica de la futura Central Hidroelectrica MORDAZA I (Corporacion), para una potencia instalada estimada de 261 MW, al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la concesion temporal referida en el considerando que antecede se desarrollara en los distritos de MORDAZA de

Articulo 3.- El concesionario esta obligado a realizar los estudios, respetando las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y demas normas legales pertinentes. De conformidad con el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, si vencido el plazo mencionado en el articulo 1 de la presente Resolucion, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraidas en su solicitud, respecto a la ejecucion de los estudios y al cumplimiento del Cronograma de Ejecucion de Estudios, la Direccion General de Electricidad ejecutara la garantia otorgada. Articulo 4.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez

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