Norma Legal Oficial del día 01 de octubre del año 2014 (01/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano Miercoles 1 de octubre de 2014

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Los miembros del Pleno que expresen votacion distinta a la mayoria, deben hacer constar en acta su posicion y los motivos que la justifiquen. Articulo 18.- Acta de sesion Por cada sesion del Pleno se extiende un acta en la que se consigna: a Lugar, dia y hora en la que se realiza la sesion. b La indicacion de los miembros asistentes, con precision de la nomina de quienes estuvieron presentes a la hora de la instalacion de la sesion y de los que ingresaron posteriormente. c MORDAZA del quorum para sesionar. d Los puntos de deliberacion. e Los acuerdos adoptados por cada punto en forma separada, con indicacion de la forma y sentido de los votos de todos los participantes, asi como la justificacion de los votos en contra. f La suscripcion del acta por parte de los asistentes y del Secretario Ejecutivo del CONADIF. g Cualquier otra informacion que el Pleno del Consejo considere conveniente. Las sesiones del CONADIF son registradas en un Libro de Actas. Las actas de las sesiones ordinarias son leidas y firmadas al inicio de la siguiente sesion; mientras que las actas de las sesiones extraordinarias son leidas y firmadas al termino de la misma sesion. Las actas firmadas del CONADIF son entregadas en MORDAZA a los representantes, salvo en aquellos casos en los que por la naturaleza de la informacion o materia abordada, esta tenga el caracter de secreto, reservado o confidencial, en cuyo caso su tratamiento se rige por las normas de transparencia y acceso a la informacion publica. Articulo 19.- Lugar de las sesiones Las sesiones del CONADIF se llevan a cabo en el local institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores, pudiendo efectuarse sesiones en los espacios de frontera de considerarse conveniente. Asimismo, los miembros del CONADIF que asi lo requieran, pueden participar virtualmente de las sesiones del Consejo previa comunicacion escrita en original o facsimil, dirigida al Presidente del CONADIF. Dicha participacion forma parte del computo para el quorum, siendole aplicables los derechos y deberes establecidos en el articulo 6. La comunicacion puede efectuarse como minimo tres dias habiles anteriores a la fecha prevista para la sesion. CAPITULO II SECRETARIA EJECUTIVA DEL CONADIF Articulo 20.- Secretaria Ejecutiva Corresponde a la Direccion de Desarrollo e Integracion Fronteriza, organo del Ministerio de Relaciones Exteriores, hacerse cargo de la Secretaria Ejecutiva del CONADIF al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 23 de la Ley de Fronteras y el articulo 21 del Reglamento de la Ley de Fronteras. El Secretario Ejecutivo del CONADIF es el Director de Desarrollo e Integracion Fronteriza del Ministerio de Relaciones Exteriores. Articulo 21.- Funciones de la Secretaria Ejecutiva Las funciones de la Secretaria Ejecutiva se encuentran establecidas en el articulo 24 de la Ley de Fronteras y el articulo 22 Reglamento de la Ley de Fronteras, asignandosele adicionalmente las siguientes funciones: a Convocar a los miembros del CONADIF, por encargo de su Presidente, a las sesiones ordinarias y extraordinarias. b Intervenir en las sesiones del CONADIF con voz pero sin MORDAZA, llevando las actas correspondientes. c Presidir el grupo de coordinacion tecnica del CONADIF, convocando periodicamente a los

j Centralizar las acciones del Estado en materia de desarrollo fronterizo sostenible e integracion de fronteras, coordinando con los organismos nacionales e internacionales en dicha materia. k Informar oportuna y adecuadamente a los demas sectores y a las organizaciones representativas de la sociedad civil en los espacios de frontera, respecto de la marcha y requerimientos del CONADIF, asi como de los acuerdos adoptados. l Difundir ante la comunidad internacional los planes, programas, proyectos y actividades realizadas en los espacios de frontera, asi como los objetivos alcanzados como resultado de la aplicacion de las acciones del Estado en materia de desarrollo fronterizo sostenible e integracion de fronteras. m Celebrar convenios con instituciones publicas y privadas, nacionales e internacionales, en representacion del CONADIF para la obtencion de MORDAZA de cooperacion tecnica no reembolsable. n Las demas funciones establecidas en la normatividad vigente sobre la materia. Articulo 13.- Sesiones ordinarias El Pleno del Consejo sesiona de forma ordinaria dos veces al ano, debiendo ser convocado con una anticipacion de treinta dias calendario y comunicando la agenda a tratar. Es valida la notificacion cursada mediante documento escrito en original, por facsimil o correo electronico institucional. Articulo 14.- Sesiones extraordinarias El CONADIF puede sesionar de forma extraordinaria cuando MORDAZA asuntos que lo ameriten, siempre que las sesiones MORDAZA convocadas por iniciativa del Presidente o, en su defecto, a pedido de un MORDAZA de sus miembros permanentes, debiendo ser convocados con una anticipacion de cinco dias calendario, precisandose los puntos de agenda a tratar. Articulo 15.- Quorum para sesiones El quorum para la instalacion y sesion valida del CONADIF es la mayoria absoluta de sus miembros convocados. Si no existiera quorum para la primera sesion, el CONADIF se constituye en MORDAZA convocatoria media hora despues de la primera, con un quorum de la tercera parte del numero legal de sus miembros convocados. En el acta de sesion se dejara MORDAZA del quorum. Entiendase por miembros convocados a aquellos que tengan la calidad de permanentes y no permanentes. De no contarse con el quorum requerido para la primera y MORDAZA convocatoria, el Presidente senalara nueva fecha y hora dentro los treinta dias calendario posteriores, disponiendo cursar las notificaciones respectivas sin observar los plazos establecido por los articulos 13 y 14 del presente Reglamento. Articulo 16.- Agenda En cada sesion se trata los puntos de agenda previamente establecidos y comunicados por el Presidente a traves de la Secretaria Ejecutiva del CONADIF, respetando su orden y pudiendo agregarse o retirarse algun punto a solicitud del Presidente o de cualquiera de los miembros del Pleno, para lo cual debe contarse con el consentimiento de la mayoria simple de los miembros asistentes. Articulo 17.- Acuerdos del Pleno Los acuerdos del Pleno son adoptados de preferencia por consenso. De no ser aplicable, por mayoria simple de votos de los asistentes a la sesion, correspondiendo al Presidente el MORDAZA dirimente unica y exclusivamente en caso de empate. Cada integrante del Pleno tiene derecho a un MORDAZA, estando prohibido inhibirse de votar salvo disposicion legal en contrario. El Secretario Ejecutivo participa en las sesiones sin derecho a voto.

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