Norma Legal Oficial del día 01 de octubre del año 2014 (01/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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supuesto que le impida ejercer su funcion MORDAZA, su reemplazante asume la representacion por el periodo faltante. En los casos en que al representante elegido se le retire su condicion de miembro por razones justificadas aprobadas por el CONADIF, la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros llama al MORDAZA de la municipalidad provincial o distrital de frontera que sigue en el orden de merito del MORDAZA electoral respectivo, a fin que pueda completar el periodo restante. En cualquiera de los supuestos MORDAZA descritos, se formaliza la designacion de los alcaldes reemplazantes mediante Resolucion Ministerial del organo rector. No cabe reeleccion inmediata, debiendo transcurrir al menos un periodo del mandato de representacion ante el CONADIF, con excepcion de los alcaldes reemplazantes descritos en el parrafo precedente. Articulo 5.- Miembros no permanentes del CONADIF Son aquellos ministros de Estado que de manera transitoria conforman el CONADIF cuando los temas de agenda a tratar se encuentren vinculados directamente a sus respectivas carteras. Los miembros no permanentes del CONADIF tienen los mismos derechos y deberes de los miembros permanentes, exclusivamente en los temas relacionados a su sector para los que fueron convocados al Pleno del Consejo. La convocatoria a los miembros no permanentes para conformar el Pleno del Consejo, se efectua dentro de los plazos establecidos en los articulos 13 y 14 del presente Reglamento. Articulo 6.- Derechos y deberes de los miembros del CONADIF 6.1 Son derechos de los miembros del CONADIF: a. Participar con voz y MORDAZA en las sesiones del Pleno del Consejo. b. Asistir a los plenos acompanados de un asesor(a) cuando lo estimen conveniente. c. Solicitar informacion y documentacion que obre en poder de la Secretaria Ejecutiva. d. Proponer la realizacion de informes o estudios sobre las materias de competencia del CONADIF. e. Presentar propuestas para la formulacion, implementacion, ejecucion y seguimiento de los planes, programas, proyectos y actividades en los espacios de frontera. f. Solicitar al Presidente del CONADIF, a traves de su Secretaria Ejecutiva, la convocatoria a sesiones extraordinarias justificando su pedido por escrito. g. Proponer temas de agenda para las sesiones del Pleno del Consejo. 6.2 Son deberes de los miembros del CONADIF: a. Cumplir con las disposiciones de la Ley de Fronteras, el Reglamento de la Ley de Fronteras, el reglamento interno, los acuerdos del Pleno del Consejo y demas disposiciones que regulen su funcionamiento. b. Asistir permanente y obligatoriamente a las sesiones del Pleno del Consejo, justificando las inasistencias por escrito. c. Emitir su MORDAZA respecto a los temas tratados en las sesiones del CONADIF, salvo disposicion legal en contrario. d. Firmar las actas de las sesiones ordinarias y extraordinarias del CONADIF. e. Identificar y designar, en su estructura organica, la dependencia que funcione como organo de coordinacion tecnica y que garantice su eficiente participacion en la ejecucion de la Politica de Fronteras. f. Transmitir al Pleno del Consejo las propuestas, observaciones o sugerencias planteadas por los sectores del gobierno nacional, regional y local que representan. g. Guardar reserva de las actuaciones y/o decisiones del CONADIF cuando asi lo determine el Pleno del Consejo. CAPITULO I PLENO DEL CONSEJO

El Peruano Miercoles 1 de octubre de 2014

h . Informar al Pleno del Consejo sobre sus respectivos avances en materia de desarrollo fronterizo sostenible e integracion fronteriza, en el ambito de competencia del CONADIF. Articulo 7.- Funciones del CONADIF Las funciones del CONADIF se encuentran expresamente establecidas en el articulo 21 de la Ley de Fronteras y en el articulo 17 del Reglamento de la Ley de Fronteras.

Articulo 8.- Facultad especial del CONADIF En virtud a lo dispuesto por el articulo 20 de la Ley de Fronteras concordado con el articulo 18 del Reglamento de la Ley de Fronteras, el CONADIF esta facultado para invitar a sus sesiones, por iniciativa de su Presidente o a pedido de sus miembros, a autoridades regionales, provinciales y distritales que no pertenezcan al CONADIF, asi como a los titulares de entidades publicas que no formen parte del Sistema Nacional de Desarrollo de Fronteras e Integracion Fronteriza (SINADIF) y de entidades privadas, en especial a representantes de la sociedad civil organizada, cuando se traten asuntos de desarrollo e integracion fronterizos en los que esten involucradas, pudiendo participar con voz pero sin voto. TITULO III ORGANOS Y FUNCIONAMIENTO DEL CONADIF Articulo 9.- Organos del CONADIF Son organos del CONADIF: a El Pleno del Consejo. b La Secretaria Ejecutiva. c El Grupo de Coordinacion Tecnica

Articulo 10.- Conformacion del Pleno El Pleno del Consejo esta integrado por la totalidad de los miembros permanentes, asi como por los no permanentes que MORDAZA convocados. Constituye el organo MORDAZA de decision del CONADIF. Articulo 11.- Presidente De acuerdo a lo dispuesto por el articulo 17 de la Ley de Fronteras, el Ministro de Relaciones Exteriores preside el CONADIF. Articulo 12.- Funciones del Presidente Constituyen funciones del Presidente del CONADIF: a Convocar, presidir, coordinar y dirigir las sesiones. b Proponer la agenda de las sesiones del CONADIF conjuntamente con la Secretaria Ejecutiva. c Emitir MORDAZA dirimente en caso de empate en las sesiones del CONADIF. d Representar al CONADIF ante los poderes del Estado, las instituciones publicas y privadas con todas las facultades inherentes a su cargo. e Velar por el cumplimiento de lo establecido por la Ley de Fronteras, el Reglamento de la Ley de Fronteras y el presente reglamento interno. f Presentar ante el CONADIF el proyecto de informe anual de avances en el cumplimiento de la Politica de Fronteras. g Requerir periodicamente a las entidades que conforman el SINADIF, un informe respecto de todas aquellas actividades, inversiones e intervenciones publicas que se proponga desarrollar en los espacios de frontera y que tengan implicancias en los procesos de integracion fronteriza o en temas de seguridad y soberania nacional. h Proponer y autorizar la conformacion de grupos auxiliares de trabajo para analisis y atencion de asuntos que lo ameriten. i Tramitar ante las autoridades e instituciones pertinentes los proyectos, informes y mociones que se acuerden al interior del CONADIF.

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