Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2014 (03/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano Viernes 3 de octubre de 2014

534053
Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 1144902-1

Peruano" el 08 de MORDAZA de 2007, se otorgo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, autorizacion y permiso de instalacion por el plazo de diez (10) anos, para operar una estacion del servicio de radiodifusion por television comercial en UHF, en la localidad de Chocope ­ Ascope ­ Paijan ­ Chicama ­ Cao, departamento de La Libertad; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 8552011-MTC/03 del 25 de agosto de 2011, se aprobo la transferencia de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 273-2007-MTC/03, a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion correspondientes; reconociendolo como MORDAZA titular de dicha autorizacion y asumiendo los derechos y obligaciones derivados de la misma; Que, con escrito de Visto, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita se apruebe la transferencia de la autorizacion del servicio de radiodifusion por television comercial en UHF en la localidad de Chocope ­ Ascope ­ Paijan ­ Chicama ­ Cao, departamento de La MORDAZA, que le fuera transferida por Resolucion Viceministerial Nº 855-2011MTC/03, a favor de la empresa RADIO Y TELEVISION DIGITAL E.I.R.L.; Que, el articulo 27º de la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278, establece que los derechos otorgados para la prestacion de un servicio de radiodifusion son transferibles, previa aprobacion del Ministerio, siempre que hayan transcurrido al menos dos (2) anos contados a partir de la entrada en vigencia de la autorizacion y no se configure alguna de las causales establecidas en el articulo 23º de la Ley. Asimismo, establece que las solicitudes de transferencia deben ser atendidas en un plazo MORDAZA de noventa (90) dias para emitir su pronunciamiento, transcurrido el cual, sin que se MORDAZA expedido resolucion pronunciandose sobre la solicitud, el peticionario podra considerarla aprobada; Que, a su vez, el articulo 73º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, dispone que la autorizacion, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, podran ser transferidos, previa aprobacion del Ministerio, mediante Resolucion Viceministerial conteniendo ademas el reconocimiento del MORDAZA titular; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 1902-2014MTC/28 opina que debe aprobarse la transferencia de autorizacion otorgada por Resolucion Viceministerial Nº 2732007-MTC/03 de titularidad del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a favor de la empresa RADIO Y TELEVISION DIGITAL E.I.R.L., y que por lo tanto, debe procederse a expedir la Resolucion Viceministerial que asi la apruebe y reconozca a esta MORDAZA, como nueva titular de dicha autorizacion; asi como, de los derechos y obligaciones derivados de la misma; al haberse verificado que cumple con los requisitos y condiciones establecidas en la Ley de Radio y Television, su Reglamento y el MORDAZA del Ministerio; De conformidad con la Ley de Radio y Television Ley Nº 28278 y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC con sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 2732007-MTC/03 de titularidad del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a favor de la empresa RADIO Y TELEVISION DIGITAL E.I.R.L.; conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion relacionado a dicha autorizacion. Articulo 2º.- Reconocer a la empresa RADIO Y TELEVISION DIGITAL E.I.R.L., como titular de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 273-2007-MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, asumiendo esta todos los derechos y obligaciones derivados de la misma.

Otorgan a Aero Cat S.A.C. la modificacion de su permiso de operacion de aviacion comercial: trabajo aereo ­ fotografia, en el sentido de incrementar material aeronautico
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 301-2014-MTC/12 MORDAZA, 25 de junio de 2014 Vista la solicitud de la compania AERO CAT S.A.C., sobre la Modificacion de Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Trabajo Aereo - Fotografia; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 176-2012MTC/12 del 06 de junio del 2012 se otorgo a la compania AERO CAT S.A.C. el Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Trabajo Aereo - Fotografia, por el plazo de cuatro (04) anos contados a partir del 21 de junio del 2012; Que, mediante Expediente N° 2014-003282 del 15 de enero del 2014 y Documento de Registro N° 053310 del 24 de marzo del 2014 la compania AERO CAT S.A.C., solicito la Modificacion de su Permiso de Operacion en el sentido de incrementar material aeronautico a los ya autorizados; Que, segun los terminos del Memorando Nº 0502014-MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Tecnico de Certificaciones, Memorando N° 537-2014-MTC/12. LEG emitido por la Abogada de la Direccion General de Aeronautica Civil, Informe Nº 025-2014-MTC/12.07. PEL emitido por el Coordinador Tecnico de Licencias e Informe Nº 183-2014-MTC/12.07 emitido por el Director de Certificaciones y Autorizaciones, que forman parte de la presente resolucion segun el numeral 6.2 del Articulo 6 de la Ley 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC modificado por la Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modificatorias, asi como las demas disposiciones legales vigentes; Que, la administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicacion del articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru; el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la compania AERO CAT S.A.C. la Modificacion de su Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Trabajo Aereo ­ Fotografia en el sentido de

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