Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2014 (03/10/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 46

534044
Vista la renuncia presentada por el Medico Cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Ejecutivo Adjunto II, Nivel F-5, del Despacho Viceministerial de Salud. CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 087-2014/ MINSA, se designo al Medico Cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Ejecutivo Adjunto II, Nivel F-5, del Despacho Viceministerial de Salud; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo, siendo conveniente aceptar dicha renuncia y designar a quien lo reemplazara; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica, de la Viceministra de Prestaciones y Aseguramiento en Salud y del Secretario General; y, De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, en la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobada por Decreto Legislativo N° 276; en el Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM y en el Decreto Legislativo N° 1161, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aceptar la renuncia formulada por el Medico Cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Ejecutivo Adjunto II, Nivel F-5, del Despacho Viceministerial de Salud, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2°.- Designar a la medico cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Ejecutiva Adjunta II, Nivel F-5, del Despacho Viceministerial de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud 1145889-1

El Peruano Viernes 3 de octubre de 2014

Definen como entidades publicas de MORDAZA B del Ministerio de Salud a la Direccion de Salud II MORDAZA Sur y a la Direccion de Salud IV MORDAZA Este, para los efectos del Sistema Administrativo de Gestion de Recursos Humanos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 750-2014/MINSA MORDAZA, 2 de octubre del 2014 Visto, el Expediente 14-103064-001 que contiene el Memorandum N° 2247-2014-OGGRH/MINSA de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos y el Memorandum N° 1185-2014-OGPP-OO/MINSA de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley 30057, Ley del Servicio Civil, se ha establecido un regimen unico y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades publicas del Estado, asi como para aquellas personas que estan encargadas de su gestion, del ejercicio de sus potestades y de la prestacion de servicios a cargo de estas; Que, mediante el Decreto Supremo 040-2014-PCM se ha aprobado el Reglamento General de la Ley 30057, el cual establece en el Articulo IV de su Titulo Preliminar la definicion de Entidad Publica para el Sistema Administrativo de Gestion de Recursos Humanos, senalando que se entiende como entidad publica MORDAZA A aquella organizacion que cuente con personeria juridica de derecho publico, cuyas actividades se realizan en virtud de potestades

administrativas y, por tanto, se encuentran sujetas a las normas comunes de derecho publico; Que, asimismo, y solo para efectos del Sistema Administrativo de Gestion de Recursos Humanos, se considera como entidad publica MORDAZA B a aquellos organos desconcentrados, proyectos, programas o unidades ejecutoras conforme al Texto Unico Ordenado de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo 3042012-EF, de una entidad publica MORDAZA A que, conforme a su manual de operaciones o documento equivalente, cumplan los siguientes criterios: a) tener competencia para contratar, sancionar y despedir; b) contar con una oficina de recursos humanos o la que haga sus veces, un titular, entendiendose como la MORDAZA autoridad administrativa y/o una alta direccion o la que haga sus veces; y, c) contar con resolucion del titular de la entidad publica a la que pertenece definiendola como Entidad MORDAZA B; Que, conforme al MORDAZA parrafo del literal a) de la Novena Disposicion Complementaria Final de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, las normas sobre capacitacion, evaluacion del desempeno, regimen disciplinario y procedimiento sancionador se aplican una vez que entren en vigencia las normas reglamentarias de dichas materias, con excepcion de lo previsto en los articulos 17 y 18 de la citada Ley, que se aplican una vez que se emita la resolucion que inicie el MORDAZA de implementacion en cada entidad; Que, mediante Decreto Supremo 040-2014-PCM, publicado el 13 de junio de 2014 se aprobo el Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, el cual establecio, entre otros supuestos, en su Undecima Disposicion Complementaria Transitoria que el regimen disciplinario entrara en vigencia a los tres meses de su publicacion, con el fin que las entidades se adecuen internamente a los procedimientos establecidos en la referida norma; Que, mediante Decreto Legislativo 1161, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, se determina y regula el ambito de competencia, las funciones y la estructura organica basica del Ministerio de Salud; asi como sus relaciones de articulacion y coordinacion con otras entidades; Que, a traves del Decreto Supremo 023-2005-SA, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, y sus modificatorias, se establece la estructura organica del Ministerio de Salud, senalando el articulo 68 de dicha MORDAZA que constituyen organos desconcentrados dependientes del Ministerio de Salud las Direcciones de Salud, Institutos Especializados y la Direccion de Abastecimiento de Recursos Estrategicos en Salud; Que, mediante los documentos del Visto, la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos y la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud proponen como Entidades MORDAZA B del Ministerio de Salud, exclusivamente para efectos del Sistema Administrativo de Gestion de Recursos Humanos, a la Direccion de Salud II MORDAZA Sur y a la Direccion de Salud IV MORDAZA Este; Con el visto MORDAZA de la Directora General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Secretario General del Ministerio de Salud; De conformidad con lo dispuesto en la Ley 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley 30057, Ley del Servicio Civil; el Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado con el Decreto Supremo 0402014-PCM; y el Decreto Supremo 023-2005-SA que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, y sus normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1.- Definir como entidades publicas de MORDAZA B del Ministerio de Salud a la Direccion de Salud II MORDAZA Sur y a la Direccion de Salud IV MORDAZA Este, para los efectos del Sistema Administrativo de Gestion de Recursos Humanos, a que hace referencia el articulo IV del Titulo Preliminar del Reglamento General de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo 040-2014-PCM. Articulo 2.- La presente resolucion ministerial es publicada en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru. gob.pe) y en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Salud

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.