Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2014 (03/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano Viernes 3 de octubre de 2014

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solicitud de renovacion fue presentada el 23 de enero de 2013, esto es, dentro del plazo establecido; Que, el articulo 19° de la Ley de Radio y Television, Ley N° 28278, establece entre otros, que el plazo MORDAZA para resolver las solicitudes de autorizacion o renovacion es de ciento veinte (120) dias; Que, la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones mediante Informe N° 3783-2013MTC/29.02 del 20 de noviembre de 2013, da cuenta de los resultados de la inspeccion tecnica realizada el 15 de noviembre de 2013, verificandose que la estacion de titularidad de la empresa RADIODIFUSORA SAN MORDAZA S.R.L., ubicada en la localidad de MORDAZA, departamento de MORDAZA, presta el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada con las caracteristicas tecnicas autorizadas, con equipos homologados y de acuerdo a las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion; y cumpliendo con el objetivo y programacion del proyecto de comunicacion; Que, por Resolucion Viceministerial N° 251-2004MTC/03 y sus modificatorias, se aprobo el Plan de Canalizacion y de Asignacion de Frecuencias para el Servicio de Radiodifusion Sonora en Frecuencia Modulada (FM), para las localidades correspondientes al departamento de MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad de MORDAZA, incluyendose en esta al distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe N° 0136-2014MTC/28, MORDAZA con los Informes N° 0703-2014-MTC/28 y N° 1618 -2014-MTC/28, opina que es viable renovar la autorizacion otorgada a la empresa RADIODIFUSORA SAN MORDAZA S.R.L., que fuera renovada por Resolucion Viceministerial N° 046-2006-MTC/03, al haber cumplido con la MORDAZA de los requisitos y las condiciones previstas para tal efecto en la MORDAZA, y verificarse que no se ha incurrido en los impedimentos o causales para denegar la renovacion de la autorizacion contemplados en la Ley de Radio y Television y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278 y su modificatoria, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC y sus modificatorias, la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobado por Resolucion Ministerial N° 358-2003-MTC/03 y el Decreto Supremo N° 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo N° 038-2006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion otorgada por Resolucion Viceministerial N° 046-2006-MTC/03, a favor de la empresa RADIODIFUSORA SAN MORDAZA S.R.L. por el plazo de diez (10) anos, el mismo que vencera el 28 de enero de 2023, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de MORDAZA, departamento de Lima. Articulo 2°.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y debe haber efectuado el pago del canon anual. En caso de incumplimiento, se procedera de acuerdo a lo establecido en el articulo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 3º.- La titular de la autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados, asi como de efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Articulo 4º.- La titular de la autorizacion renovada debera cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del articulo 38° del MORDAZA Normativo General del Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado por Decreto Supremo N° 051-2010-MTC. Articulo 5°.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de

La MORDAZA e.r.p. a ser autorizada en esta localidad sera: 0.25 KW. Localidad: YUNGA Plan de Asignacion de Frecuencias Plan de Canalizacion Plan de Asignacion MORDAZA Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz) 2 55.25 59.75 4 67.25 71.75 5 77.25 81.75 7 175.25 179.75 9 187.25 191.75 11 199.25 203.75 13 211.25 215.75 Total de canales: 7 La MORDAZA e.r.p. a ser autorizada en esta localidad sera: 0.25 KW. Articulo 2º.- La Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones tecnicas previstas en los Planes de Canalizacion y de Asignacion de Frecuencias aprobados. En tal sentido, en la evaluacion de las solicitudes de autorizacion y de modificacion de caracteristicas tecnicas observara su estricto cumplimiento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 1144897-1

Renuevan autorizacion a Radiodifusora San MORDAZA S.R.L. para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial en FM en la localidad de MORDAZA, departamento de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 588-2014-MTC/03 MORDAZA, 22 de septiembre del 2014 VISTO, el escrito de registro Nº 2013-005135, presentado por la empresa RADIODIFUSORA SAN MORDAZA S.R.L., sobre renovacion de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de MORDAZA, departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Viceministerial N° 0462006-MTC/03 del 27 de enero de 2006, se renovo la autorizacion otorgada a la empresa RADIODIFUSORA SAN MORDAZA S.R.L., para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; con vencimiento al 28 de enero de 2013; Que, mediante Escrito de Registro N° 2013-005135, del 23 de enero de 2013, la empresa RADIODIFUSORA SAN MORDAZA S.R.L. solicito la renovacion de la autorizacion otorgada por Resolucion Viceministerial N° 046-2006MTC/03; Que, el articulo 15° de la Ley de Radio y Television ­ Ley N° 28278, concordado con los articulos 21° y 67° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 0052005-MTC, establece que el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los articulos 69º, 70º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de renovacion de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion; Que, el articulo 68° del citado Reglamento dispone que la solicitud puede presentarse hasta el dia de vencimiento del plazo de vigencia de la respectiva autorizacion otorgada; verificandose en el presente caso, que la

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