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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (04/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 55

El Peruano Sábado 4 de octubre de 2014 534161 el ámbito de servicios, de la Organización Mundial del Comercio, los trámites o requisitos que afectan de alguna manera la libre comercialización interna o la exportación o importación de bienes o servicios podrán aprobarse únicamente mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro del sector involucrado; De conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación Apruébese el Reglamento de la Ley Nº 29662, Ley que prohíbe el asbesto anfíboles y regula el uso del asbesto crisotilo, que consta de seis (6) Títulos, tres (3) Capítulos, veintinueve (29) artículos, dos (2) Disposiciones Complementarias Finales y cinco (5) Anexos, el cual forma parte del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrará en vigencia en un plazo de ciento ochenta (180) días calendario contados a partir de su publicación. Artículo 3.- Publicación El presente Decreto Supremo y el Reglamento que aprueba, serán publicados en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en los portales institucionales del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de octubre del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ALONSO ARTURO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 1146684-3 Autorizan viaje de profesionales de la DIGEMID a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 754-2014/MINSA Lima, 2 de octubre del 2014 Visto, el expediente Nº 14-099957-001, que contiene la Nota Informativa Nº 467-2014-DIGEMID-DG-EA/MINSA, emitida por el Director General de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Viña del Mar, República de Chile, se llevará a cabo la “Reunión de Grupos Técnicos y del Grupo de Alto Nivel de la Alianza del Pacífi co - Reunión de Grupos Técnicos de Cooperación Regulatoria cosméticos de la Alianza del Pacífi co”, del 7 al 8 de octubre de 2014; Que, con Facsímil Circular Nº 016-2014-MINCETUR/ VMCE, el Viceministro de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo informa sobre la realización del evento y solicita la acreditación de los representantes del Ministerio de Salud que participarán en la referida reunión; Que, la Alianza del Pacífi co, tiene como objetivo construir de manera participativa y consensuada, un área de integración profunda para avanzar progresivamente hacia la libre circulación de bienes, servicios, capitales y personas; impulsar un mayor crecimiento, desarrollo y competitividad de las economías de las partes, con miras a lograr un mayor bienestar, la superación de la desigualdad socioeconómica y la inclusión social de sus habitantes; y convertirse en una plataforma de articulación política, de integración económica y comercial y de proyección al mundo, con especial énfasis en Asia-Pacífi co; Que, mediante documento de visto, el Director General de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, solicita se autorice el viaje de las Químico Farmacéuticas Laura Octavia Cerón Aragón y Rosa Luz Guevara De la Cruz, profesionales de la citada Dirección General, para que en representación del Ministerio de Salud, participen en la reunión antes indicada; Que, a través del Memorando Nº 2416-2014-OGA/ MINSA, la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Salud, informa que el viaje de las referidas profesionales, a la ciudad de Viña del Mar, República de Chile, cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente en la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora 001 del Pliego 011: Ministerio de Salud, para la adquisición de pasajes en tarifa económica, así como viáticos para dos (2) días y el equivalente a un día adicional por gastos de instalación para dos personas; Que, mediante Informe Nº 212-2014-ODRH-OGGRH/ MINSA remitido a través del Memorándum Nº 2276-2014- OGGRH-ODRH/MINSA, la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, señala que la participación de las citadas profesionales se enmarca dentro de las normas que regulan la materia; Que, en tal sentido y siendo de interés para el país la participación en la mencionada reunión de las representantes del Ministerio de Salud, resulta necesario autorizar el viaje de las Químico Farmacéuticas Laura Octavia Cerón Aragón y Rosa Luz Guevara De la Cruz para tal efecto; Que, el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, establece que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, están exceptuadas de la prohibición a que hace referencia el mencionado artículo y se aprueban mediante Resolución del Titular de la Entidad; Con el visto de la Directora General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, de la Viceministra de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, y del Secretario General; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y su modifi catoria; en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de las Químico Farmacéuticas Laura Octavia Cerón Aragón y Rosa Luz Guevara De la Cruz, profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, a la ciudad de Viña del Mar, República de Chile, del 6 al 9 de octubre de 2014, para que participen en representación del Ministerio de Salud, en la “Reunión de Grupos Técnicos y del Grupo de Alto Nivel de la Alianza del Pacífi co - Reunión de Grupos Técnicos de Cooperación Regulatoria - cosméticos de la Alianza del Pacífi co”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el viaje de las citadas profesionales en cumplimiento de la presente Resolución Ministerial serán cubiertos con cargo a la fuente de fi nanciamiento de Recursos Directamente Recaudados del Pliego 011: Ministerio de Salud, conforme al siguiente detalle: