Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2014 (04/10/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 42

534148

El Peruano Sabado 4 de octubre de 2014

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 a favor del Pliego Consejo Nacional de la Magistratura
DECRETO SUPREMO Nº 276-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, aprobo, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 021: Consejo Nacional de la Magistratura; Que, de conformidad con el articulo 150 de la Constitucion Politica del Peru de 1993, el Consejo Nacional de la Magistratura es un organismo MORDAZA que forma parte del Poder Judicial, se encarga de la formacion y capacitacion de jueces y fiscales en todos sus niveles, para los efectos de su seleccion; Que, mediante Oficio Nº 994-2014-P-CNM, el Consejo Nacional de la Magistratura solicita recursos adicionales destinados a financiar en el presente ano fiscal las medidas adoptadas en materia de personal en el ano fiscal 2013 derivadas de la exoneracion establecida por el literal g) del numeral 2 de la Sexagesima Octava Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, MORDAZA que exonero al Consejo Nacional de la Magistratura de lo dispuesto en el numeral 8.1 del articulo 8 de la citada ley, que prohibia el ingreso de personal en el sector publico, y precisaba que la exoneracion establecida se sujetaba al presupuesto institucional del pliego respectivo; para tal fin, mediante el Oficio en referencia, el Consejo Nacional de la Magistratura senala que, en el ano fiscal 2013, contrato treinta y dos (32) plazas por concurso publico y diecinueve (19) plazas por concurso interno, con cargo a su presupuesto institucional de dicho ano y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico; sin embargo, senala que en la fase de programacion y formulacion presupuestaria del ano fiscal 2014 no se han considerado los recursos necesarios en su presupuesto institucional, para dar continuidad a las citadas contrataciones en el presente ano fiscal, dado que las mismas fueron realizadas en el ultimo trimestre del ano 2013; Que, asimismo, en el citado Oficio, el Consejo Nacional de la Magistratura senala que las acciones de personal fueron realizadas como consecuencia de la implementacion del articulo 12 del Decreto Legislativo Nº 958, Decreto Legislativo que regula el MORDAZA de Implementacion y Transitoriedad del MORDAZA Codigo Procesal Penal, que dispone que el Poder Judicial y el Ministerio Publico, previa coordinacion con el Consejo Nacional de la Magistratura, remitiran a la Comision Especial de Implementacion, el cuadro que indique el numero de Jueces y Fiscales requeridos para la vigencia progresiva del Codigo Procesal Penal; asimismo y como consecuencia de la implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal y en aplicacion de la Ley Nº 29277, Ley de la MORDAZA Judicial, el Poder Judicial y el Ministerio Publico solicitaron un mayor numero de nombramientos, evaluaciones y ratificaciones y procesos disciplinarios de Jueces y Fiscales a nivel nacional, por lo que el Consejo Nacional de la Magistratura requirio contar con un mayor numero de profesionales para cumplir con el incremento de sus actividades, entre otros; Que, los articulos 44 y 45 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y modificatorias, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Publico consideran una Reserva de Contingencia que constituye un credito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economia y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los Presupuestos de los Pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectuen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas;

Que, los recursos solicitados para las acciones MORDAZA descritas no han sido previstos en el Presupuesto Institucional del pliego 021: Consejo Nacional de la Magistratura, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas, hasta por la suma de UN MILLON OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 889 000,00), con cargo a los recursos previstos en la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con lo establecido en el articulo 45 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y modificatorias; DECRETA: Articulo 1.- Objeto Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, a favor del Pliego 021 Consejo Nacional de la Magistratura, hasta por la suma de UN MILLON OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 889 000,00), para atender los gastos que demanden las acciones descritas en la parte considerativa de la presente MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Nuevos Soles : Gobierno Central 009 : Ministerio de Economia y Finanzas 001 : Administracion General

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico 1 : Recursos Ordinarios 1 889 000,00 ----------------1 889 000,00 ==========

FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia

TOTAL EGRESOS A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUENTE DE FINANCIAMIENTO

: Gobierno Central 021 : Consejo Nacional de Magistratura 001 : Direccion de Administracion 1 : Recursos Ordinarios

la

GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales TOTAL EGRESOS

1 889 000,00 ----------------1 889 000,00 ==========

Articulo 2.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y modificatorias. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego involucrado instruira a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.