Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2014 (04/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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A. El MORDAZA de facturacion de Telefonica es complejo y requiere para su desarrollo de procesos de indole tecnico, servidores y plataformas; e incluyen dos (2) subprocesos internos distintos: i. MORDAZA para la emision de la informacion para la impresion de los recibos telefonicos: La informacion es sometida a procesos de validacion y luego remitida para su impresion aproximadamente diez (10) calendario despues del cierre de cada ciclo de facturacion. La impresion se realiza en plazo aproximado de tres (3) dias y su distribucion en un plazo de siete (7) dias adicionales. Precisa que la forma en que los datos se presentan en la matriz que se elabora para la imprenta, no constituye una estructura que pueda ser utilizada por los operadores de larga distancia. ii. MORDAZA para la generacion de la informacion sobre lo facturado que se remitira a la propia empresa y al resto de operadores: Luego de efectuado el envio para impresion, se realiza un MORDAZA MORDAZA de generacion de informacion y validacion para su envio a los operadores de larga distancia y para el uso por parte de Telefonica. Senala que se extraen datos para los reportes que tienen una estructura y nivel de formacion diferente, luego de lo cual los sistemas generan interfaces para generar el reporte que se remite a los operadores de larga distancia. B. Telefonica es el operador con mayor numero de clientes en el servicio publico de telefonia fija a nivel nacional, lo cual influye en los tiempos del procedimiento de facturacion a sus clientes, en especial del servicio de facturacion y recaudacion a terceros operadores que es provisto por mandato del OSIPTEL. Ello tiene como consecuencia que el procesamiento de la informacion requiera de un mayor plazo, a fin de desarrollar y elaborar productos que cumplan con los requerimientos del regulador. C. Se ha considerado pertinente modificar el plazo establecido en la OBI, a efectos de contar con una fecha cierta de entrega de la informacion sobre lo facturado (cinco (5) dias calendario previos a la fecha de vencimiento del recibo correspondiente), y no al dia siguiente de la remision de la informacion para impresion de los recibos correspondientes, que es un plazo y procedimiento interno que genera subjetividades y no permiten dotar de certidumbre al operador que requiere la informacion respecto del momento en que obtendria la informacion. D. La fecha cierta se ha basado en un plazo regulado (articulo 34 del Texto Unico Ordenado de las Condiciones de Uso de los Servicios Publicos de Telecomunicaciones), por el cual el operador debe emitir y entregar al abonado el recibo correspondiente por lo menos con tres (3) dias calendario MORDAZA de su fecha de vencimiento, ello a fin que el abonado pueda contar con informacion MORDAZA de la fecha de vencimiento del recibo. En ese sentido, el plazo propuesto por Telefonica, posibilitara al abonado conocer el detalle sobre lo facturado en un tiempo mayor que el plazo regulado. E. La entrega de informacion sobre lo facturado al operador es independiente del envio del recibo correspondiente al usuario conteniendo el detalle del consumo realizado. La propuesta garantiza que en el supuesto que el abonado efectue algun reclamo ante el operador, este pueda contar con la informacion para dar respuesta, mas aun considerando que la normativa preve el plazo de dos (2) meses a partir de la fecha de vencimiento del recibo para que el cliente efectue el reclamo respectivo. F. Aun cuando el abonado solicitara acceder a la informacion sobre la facturacion de sus llamadas (sujetas a la provision del servicio de recaudacion y facturacion) desde la recepcion de su recibo, la propuesta garantiza que el abonado acceda a dicha informacion. G. La fecha de emision y fecha de vencimiento del recibo de los tres (3) ultimos ciclos de facturacion es la siguiente:
Fecha de Fecha entrega de Fecha de informade Ciclo emi- cion (modifi- venci18 MORDAZA cacion miento propuesta) 08-jul 08-jun 08may 17-jul 18-jun 17-may 22-jul 23-jun 22-may 18-jul 18jun 18may Fecha de emision 28-jul 28-jun 28-may Fecha de entrega de informacion (modificacion propuesta) 04-ago 04-jul 04-jun Fecha de vencimiento 09-ago 09-jul 09-jun

El Peruano Sabado 4 de octubre de 2014

* La fecha de impresion de recibo es posterior a la fecha de emision.

i. En el caso de los recibos impresos, el promedio de dias de demora desde la fecha de emision de recibos hasta la fecha de recepcion del mismo es de diez (10) dias calendario, excluyendo el dia MORDAZA en que no labora la empresa de mensajeria encargada de la entrega. ii. Para el caso de los recibos digitales, el promedio de dias que demora desde la fecha de emision de recibos hasta la fecha en que se encuentra disponible en la pagina web es de cinco (5) dias calendario aproximadamente. iii. El porcentaje de recibos impresos y de recibos digitales, respecto del total de recibos emitidos es de 76% de recibos impresos y 24% de recibos digitales. H. El OSIPTEL ha considerado en un procedimiento de modificacion de Contrato de Interconexion (Resolucion de Gerencia General N° 561-2014-GG/OSIPTEL), la modificacion del plazo de entrega de informacion sobre lo facturado (servicio de larga distancia) en cada ciclo de facturacion, a un plazo de cinco (5) dias calendario siguientes a la fecha de emision consignada en el recibo que se remitira a los clientes que hayan utilizado el servicio de larga distancia. Ante dicho pronunciamiento, se solicita se MORDAZA en cuenta la flexibilizacion del plazo actual (dia siguiente de la emision del recibo). Posicion del OSIPTEL: Segun ha sido senalado en la Resolucion de Gerencia General N° 529-2014-GG/OSIPTEL, este organismo considera que la oportunidad en la provision de la informacion a la que tiene derecho la empresa operadora solicitante sobre los montos a ser recaudados es muy relevante, dado que puede afectar sus actividades relacionadas con la gestion de sus usuarios, por causas que no le son atribuibles directamente. Ahora bien, de la informacion presentada por Telefonica, se aprecia que su propuesta de modificacion de la OBI, implica que dicha empresa remitira a los operadores a quienes brinde el servicio de recaudacion y facturacion, informacion sobre lo facturado en cada ciclo, en promedio, a los cinco (5) dias calendario despues de la fecha en que la totalidad de abonados a quienes entrega recibos en soporte digital (1 de cada 4 abonados de Telefonica), cuente con informacion del consumo realizado en el ciclo facturado, incluido el consumo de los servicios de larga distancia brindados por terceros operadores. Asi, por ejemplo, tomando la informacion brindada por Telefonica, el recibo emitido el 08 de junio se habria encontrado disponible (en su pagina web) para los abonados MORDAZA referidos, aproximadamente, el 13 de junio; sin embargo, de aplicarse la regla que plantea Telefonica para modificar su OBI, el operador de larga distancia que recibe el servicio de facturacion y recaudacion habria tenido la informacion respectiva recien el 18 de junio; es decir, cinco (5) dias despues que los abonados. En ese sentido, se observa que el operador que reciba el servicio de facturacion y recaudacion de Telefonica podria no contar con la informacion necesaria, en extremo durante el integro de cinco (5) dias calendario, para atender requerimientos de informacion de usuarios que han utilizado su servicio de larga distancia y/o que desean cuestionar los montos facturados. Por consiguiente, se observa un escenario en el que la regla planteada por Telefonica para modificar su OBI, puede perjudicar a los abonados que desean informarse y/o reclamar inmediatamente al momento en que tomen conocimiento de los consumos facturados, debido a que el operador que ­por intermedio de Telefonica- les factura consumos que habria brindado, carecera de la informacion basica para informarles e, inclusive, registrar en el momento el reclamo del usuario. Asimismo, es preciso senalar que la complejidad del MORDAZA de facturacion de Telefonica y los sub procesos que requiera (debido al volumen de transacciones y tamano de su planta de abonados), deben encontrarse coordinados y orientados a no generar afectaciones a los intereses y derechos de los usuarios de los operadores de larga distancia a quienes brinde el servicio de facturacion y recaudacion. En consecuencia, se considera necesario observar la modificacion de la OBI planteada por Telefonica y disponer que esta remita al operador al que le brinda el servicio de facturacion y recaudacion, la informacion sobre lo facturado en cada ciclo, en un plazo MORDAZA de hasta cinco (5) dias

Ciclo 01

01-jul 01-jun 01may

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