Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2014 (04/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano Sabado 4 de octubre de 2014

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ACTIVIDAD 5000415 : Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico

CINCUENTA Y SIETE MIL CIEN Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 163 557 100,00), que permitan dar continuidad a la redencion y pago de los Bonos de Reconocimiento emitidos en el MORDAZA del articulo 9 del Decreto Ley Nº 25897, Crean el Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones (SPP), conformado por las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones AFP; la MORDAZA Disposicion Transitoria del Decreto Legislativo Nº 874, Dictan normas modificatorias y complementarias al Regimen del Sistema Privado de Pensiones; y el articulo 9º de la Ley Nº 27617, Ley que dispone la reestructuracion del Sistema Nacional de Pensiones del Decreto Ley Nº 19990 y modifica el Decreto Ley Nº 20530 y la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones; asi como asegurar el cumplimiento de la redencion de los Bonos de Reconocimiento en el MORDAZA de la Ley Nº 29426, Ley que crea el Regimen Especial de Jubilacion Anticipada para Desempleados en el Sistema Privado de Pensiones, modificada por la Ley Nº 30142; Que, para tal fin, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Evaluacion de la Gestion de la Oficina de Normalizacion Previsional, mediante Oficio Nº 0492014-OPG/ONP que contiene el Informe Nº 008-2014OPG.PR/ONP, sustenta el pedido de transferencia de recursos referido en el considerando precedente, senalando que estos recursos permitiran dar continuidad al financiamiento de la redencion de los Bonos de Reconocimiento en el presente ano fiscal, asimismo, que en la fase de programacion y formulacion presupuestaria del Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2014, no fueron considerados los recursos necesarios para atender dicho financiamiento, en atencion a la legislacion que regula su otorgamiento; Que, los articulos 44 y 45 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Publico considera una Reserva de Contingencia que constituye un credito presupuestario global, dentro del Ministerio de Economia y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectuen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas; Que, los recursos solicitados para atender las acciones MORDAZA descritas no han sido previstos en el presupuesto institucional del pliego 095: Oficina de Normalizacion Previsional aprobado por la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; por lo que, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas hasta por la suma de CIENTO SESENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CIEN Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 163 557 100,00), a favor del citado pliego, con cargo a los recursos previstos en la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 45 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA: Articulo 1.- Objeto Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, hasta por la suma de CIENTO SESENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CIEN Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 163 557 100,00), a favor del pliego 095: Oficina de Normalizacion Previsional, para financiar la redencion de Bonos de Reconocimiento, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Nuevos Soles : Gobierno Central 009 : Ministerio de Economia y Finanzas 001 : Administracion General

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia TOTAL EGRESOS A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA : Gobierno Central 095 : Oficina de Normalizacion Previsional 001 : Oficina de Normalizacion Previsional 163 557 100,00 --------------------163 557 100,00 ============

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS En Nuevos Soles ACTIVIDAD 5000400 : Administracion de Reconocimiento Bonos de

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios SERVICIO DE LA DEUDA 2.8 Servicio de la Deuda Publica 163 557 100,00 --------------------Subtotal UE 001 163 557 100,00 ============ TOTAL PLIEGO 095 163 557 100,00 ============ TOTAL EGRESOS 163 557 100,00 ============

Articulo 2.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba, mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruira a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requiera, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el articulo 1 del presente Decreto Supremo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los tres dias del mes de octubre del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA VASI Ministro de Economia y Finanzas 1146684-1

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS

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