Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2014 (04/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano Sabado 4 de octubre de 2014

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Visto el Sustento Tecnico de viaje de la Direccion de Promocion del Turismo de la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo - PROMPERU. CONSIDERANDO: Que, la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo ­ PROMPERU, es un organismo publico tecnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promocion de bienes y servicios exportables, asi como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Peru en materia turistica y de exportaciones; Que, en cumplimiento de las actividades programadas por la Subdireccion del Turismo Receptivo de PROMPERU y con la finalidad de mejorar la ejecucion, desempeno y obtencion de resultados en el MORDAZA colombiano, se llevara a cabo la actividad "Prospeccion Colombia", a realizarse del 6 al 10 de octubre de 2014, en las ciudades de Bogota y Medellin, Republica de Colombia, con el objetivo de lograr el acercamiento a los principales tour operadores y aerolineas, asi como la obtencion de informacion comercial de los principales distribuidores del producto Peru del MORDAZA colombiano, sobre sus estrategias y perspectivas de comercializacion del destino Peru, fuerza de ventas, red de comercializacion, entre otros, con la finalidad de buscar y captar nuevos aliados para el programa de Alianzas Estrategicas de PROMPERU, que permitan desarrollar campanas conjuntas de promocion para la difusion de nuestro destino y su comercializacion; Que, es importante la realizacion de esta actividad porque a traves de las alianzas estrategicas, PROMPERU optimiza sus recursos, promueve la comercializacion del destino Peru a traves de una oferta concreta y a su vez capacita a la cadena comercial en la venta efectiva; esta actividad permite, a su vez, obtener informacion comercial del MORDAZA turistico colombiano en relacion al Peru y a la competencia en materia de acciones cooperadas, asi como sobre la ejecucion de campanas cooperadas vigentes con PROMPERU en el MORDAZA colombiano; Que, en tal razon, la Direccion de Promocion del Turismo de PROMPERU ha solicitado que se autorice la comision de servicios del senor MORDAZA MORDAZA Kupis MORDAZA, quien presta servicios en dicha Direccion, a las ciudades de Bogota y Medellin, Republica de Colombia, para que en representacion de PROMPERU, desarrolle actividades vinculadas a la promocion turistica del Peru en el evento MORDAZA mencionado; Que, la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, prohibe los viajes al exterior con cargo a recursos publicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley senala, entre ellos, los viajes que se efectuen en el MORDAZA de las acciones de promocion de importancia para el Peru, los que deben realizarse en categoria economica y ser autorizados por Resolucion del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de los servidores y funcionarios publicos, sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo ­ PROMPERU; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Kupis MORDAZA, a las ciudades de Bogota y Medellin Republica de Colombia, del 5 al 11 de octubre de 2014, para que en representacion de PROMPERU lleve a cabo diversas acciones de promocion del turismo receptivo, durante la actividad senalada en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion se efectuaran con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo ­ PROMPERU, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes Aereos : US$ 822,00 - Viaticos (US$ 370,00 x 5 dias) : US$ 1 850,00 Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a su retorno al MORDAZA, el senor MORDAZA MORDAZA Kupis MORDAZA, presentara a la Titular del Pliego Presupuestal

calendarios desde la fecha de emision consignada en el recibo que se remitira a los clientes que hayan utilizado el servicio brindado por el referido operador. Cabe senalar que dicho plazo evitara en gran medida los efectos perjudiciales a los intereses de los usuarios MORDAZA referidos. Asimismo, cabe indicar que la referida formula toma como referencia una fecha cierta (fecha de emision del recibo), con lo cual se cumple el objetivo de Telefonica de reducir la incertidumbre que podria haber generado la regla vigente de la OBI en los operadores de larga distancia, que senala podrian no saber la fecha exacta en la cual Telefonica les remitira la informacion en cuestion. De acuerdo a lo previsto en el articulo 6 de las Disposiciones y, en aplicacion de las atribuciones que corresponden a esta Gerencia General en virtud de lo establecido en el articulo 137.2 del Texto Unico Ordenado de las Normas de Interconexion, aprobado por Resolucion de Consejo Directivo N° 134-2012-CD/OSIPTEL, asi como en el articulo 8 de las Disposiciones; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Establecer la modificacion a la Oferta Basica de Interconexion para la red del servicio de telefonia fija de Telefonica del Peru S.A.A., aprobada por Resolucion de Gerencia General N° 379-2013-GG/ OSIPTEL, en los siguientes aspectos: (i) Incluir en el Anexo II ­Condiciones Economicas de Telefonica- de la Oferta Basica de Interconexion, los cargos de interconexion establecidos en la Resolucion de Consejo Directivo N° 071-2014-CD/OSIPTEL. (ii) Sustituir el numeral 2.3 "Informacion sobre la facturacion" delAnexo X ­Provision del Servicio de Facturacion y Recaudacion-, de la Oferta Basica de Interconexion, senalando respecto del plazo en que Telefonica debe remitir a la empresa operadora solicitante de la informacion sobre lo facturado en cada ciclo, que dicho plazo sera un MORDAZA de cinco (5) dias calendario siguientes a la fecha de emision consignada en el recibo que remitira a los clientes que hayan utilizado el servicio de larga distancia. Articulo 2º.- Telefonica del Peru S.A.A. debera incorporar las modificaciones aprobadas en virtud del articulo 1°, en el documento de la Oferta Basica de Interconexion que debe publicar en su pagina web. Asimismo, Telefonica del Peru S.A.A. debera presentar al OSIPTEL en soporte fisico y en soporte digital, el documento de la Oferta Basica de Interconexion que contenga las modificaciones aprobadas en virtud del articulo 1°, dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a la publicacion de la presente resolucion. Articulo 3°.- La presente resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano y entrara en vigencia al dia siguiente de la publicacion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA APOLONI MORDAZA Gerente General 1145942-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS COMISION DE PROMOCION DEL PERU PARA LA EXPORTACION Y EL TURISMO
Autorizan viaje de representantes de PROMPERU a Colombia, Mexico y Bolivia, en comision de servicios
RESOLUCION DE SECRETARIA GENERAL N° 211-2014-PROMPERU/SG MORDAZA, 30 de setiembre de 2014

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