Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2014 (04/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano Sabado 4 de octubre de 2014

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Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 358-2003MTC/03, se aprobaron las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, la misma que indica que las estaciones que operen con una potencia de hasta 100 W. de e.r.p. y una MORDAZA altura efectiva de la antena de 30 mts, se clasifican como Estaciones Clase D, consideradas de baja potencia; Que, con Informe N° 1789-2014-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones senala que se considera viable otorgar la autorizacion solicitada por la empresa INVERSIONES YERUPAJA E.I.R.L. para la prestacion del servicio de radiodifusion comercial por television en la banda de VHF en la localidad de Echarate, departamento de MORDAZA, en el MORDAZA del procedimiento para la prestacion del servicio de radiodifusion en areas rurales; De conformidad con la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278 y su modificatoria, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias, el Decreto Supremo N° 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion por Television en VHF para la localidad de Echarate, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 418-2014-MTC/03, y sus modificatorias, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, y sus modificatorias; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion a la empresa INVERSIONES YERUPAJA E.I.R.L., por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion comercial por television en la banda de VHF en la localidad de Echarate, departamento de Cusco; de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas que se detallan a continuacion: Condiciones Esenciales: Modalidad MORDAZA : RADIODIFUSION POR TELEVISION VHF :9 BANDA III FRECUENCIA DE VIDEO: 187.25 MHz. FRECUENCIA DE AUDIO: 191.75 MHz. : COMERCIAL

Articulo 12º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 1145833-1

Otorgan autorizacion a persona juridica para prestar servicio de radiodifusion por television en VHF en localidad del departamento de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 594-2014-MTC/03 MORDAZA, 23 de septiembre del 2014 VISTO, el Expediente Nº 2014-011856 presentado por la empresa INVERSIONES YERUPAJA E.I.R.L., sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion comercial por television en la banda de VHF en la localidad de Echarate, departamento de Cusco; CONSIDERANDO: Que, el articulo 14° de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo, el articulo 14º de la Ley de Radio y Television indica que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Ademas, el citado articulo senala que la instalacion de equipos en una estacion de radiodifusion requiere de un Permiso, el mismo que es definido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o juridicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusion; Que, el articulo 26º de la Ley de Radio y Television establece que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion de doce (12) meses; Que, el articulo 48º del Reglamento de la Ley de Radio y Television senala que para obtener autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion comunitaria, en zonas rurales, lugares de preferente interes social y localidades fronterizas se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dicho articulo se detalla; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 333-2005MTC/03 y sus modificatorias se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion por Television en la banda de VHF para las diversas localidades del departamento de MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad de Echarate, que fue incorporada a los referidos planes mediante Resolucion Viceministerial N° 418-2014-MTC/03; Que, con Resolucion Ministerial N° 718-2013MTC/03, publicada en el diario oficial "El Peruano" el 03 de diciembre de 2013, se aprobo los criterios para la determinacion de Areas Rurales y Lugares de Preferente Interes Social; encargandose la publicacion del listado de localidades calificadas como areas rurales o lugares de preferente interes social en la pagina web del Ministerio y su actualizacion semestral a la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; Que, de acuerdo al listado de localidades calificadas como areas rurales o lugares de preferente interes social publicado en la pagina web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se aprecia que la localidad de Echarate, departamento de MORDAZA se encuentra calificada como Area Rural;

Finalidad Caracteristicas Tecnicas: Indicativo Emision Potencia Nominal del Transmisor Clasificacion de Estacion Ubicacion de la Estacion: Estudios y Planta Transmisora

: OAG-7E : VIDEO: 5M45C3F AUDIO: 50K0F3E : VIDEO: 50 W. AUDIO: 5 W. :D

: Faldas del cerro Llactapata S/N, distrito de Echarate, provincia de La Convencion,departamento de MORDAZA : 72º 34' 31.2" : 12º 46' 33.2"

Coordenadas Geograficas : Longitud Oeste Latitud Sur MORDAZA de Servicio

: El area comprendida dentro del contorno de 71 dBV/m.

La autorizacion otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusion correspondientes. De acuerdo con lo establecido en el articulo 52º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, para el caso de los enlaces auxiliares se requiere de autorizacion previa otorgada por la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones.

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