Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2014 (04/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano Sabado 4 de octubre de 2014

534173
Monto total a reconocer por OSINERGMIN (Nuevos Soles) 13 832,87 204 121,80 142 311,19 99 549,01 14 605,06 146 160,02 214 961,53 186 279,84 31 003,84 3 000,00 9 264,80 157 015,92 18 785,00 31 456,45 4 019,84 1 295 214,50

Empresa Electro Dunas Electro Oriente Electro MORDAZA Electro Sur Este Electro Ucayali Electrocentro Electronoroeste Electronorte Electrosur Emsemsa Emseusac Hidrandina Luz del Sur Seal Sersa TOTAL

Articulo 2º.- A efectos de los reembolsos de los gastos reconocidos en la presente resolucion, la instruccion de orden de pago al fiduciario a que se hace referencia en el numeral 7.4 del articulo 7º de la Resolucion OSINERGMIN Nº 034-2013-OS/CD, la realizara el Jefe de Proyecto FISE e informara al Consejo Directivo de OSINERGMIN. Articulo 3º.- La presente resolucion debera ser publicada en el diario oficial El Peruano y consignada junto con los Informes Nº 461-2014-GART y 057-2014-GART, en la pagina Web de OSINERGMIN: www.osinergmin.gob.pe. MORDAZA MORDAZA GACON Gerente (e) Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria OSINERGMIN 1146173-1

Declaran fundado en parte recurso de reconsideracion interpuesto por Electro Oriente S.A. contra la Res. OSINERGMIN Nº 049-2014-OS/GART
RESOLUCION DE GERENCIA ADJUNTA DE REGULACION TARIFARIA ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 067-2014-OS/GART MORDAZA, 3 de octubre de 2014 CONSIDERANDO: 1. ANTECEDENTES Que, el 2 de agosto de 2014 fue publicada en el diario oficial El Peruano la Resolucion Osinergmin Nº 049-2014OS/GART (en adelante "Resolucion 049"), mediante la cual se aprobaron los costos administrativos y operativos del FISE de las Empresas de Distribucion Electrica en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balon de gas, correspondientes al mes de MORDAZA de 2014. Que, con fecha 22 de agosto de 2014, la empresa Electro Oriente S.A. (en adelante "Electro Oriente"), interpuso recurso de reconsideracion contra la Resolucion 049. 2. EL RECURSO DE RECONSIDERACION Que, la recurrente solicita reconsiderar los costos administrativos y operativos aprobados e incluirse en dicha suma el costo incurrido y no reconocido correspondiente a la confeccion de 224 polos. 2.1. ARGUMENTOS DE LA RECURRENTE Que, la recurrente indica que, de acuerdo con el Articulo 4º de la MORDAZA "Procedimiento para el

reconocimiento de costos administrativos y operativos del FISE de las Empresas de Distribucion Electrica en sus actividades vinculadas con el descuento en la operacion de compra del balon de gas", aprobada con Resolucion Osinergmin Nº 034-2013-OS/CD (en adelante "Norma FISE"), se consideran costos administrativos del FISE aquellas actividades operativas y administrativas en que incurren las Distribuidoras Electricas ya sea al inicio del programa o mensualmente; siendo que los costos al inicio del programa son aquellos que se presentan por unica vez e incluyen, entre otros, gastos por difusion del programa; Que, anade, en la Resolucion 049 si bien se reconoce un monto de S/. 91 853,51, no considera costos administrativos incurridos por esta concesionaria para la difusion del Programa y que dada su naturaleza corresponderia ser incurridos en la liquidacion final. Refiere que tal como se senala en el Plan de Trabajo Nº GCM-001-2014, que adjunta como medio probatorio, el 10 de MORDAZA de 2014, su personal efectuo actividades de promocion del Programa FISE en el Centro Poblado Padre Cocha (Maynas), para lo cual se elaboraron 224 polos distintivos para el personal y polos publicitarios para los beneficiarios del programa, conforme se muestra en el registro fotografico que presenta; Que, la recurrente indica que dichos polos fueron elaborados de acuerdo con las caracteristicas definidas en el numeral 4.3 del Manual de Identidad Visual del Programa FISE, no obstante, del importe total de la Factura Nº 000533, solo se ha reconocido la suma de S/. 423,00, existiendo un saldo de S/. 3 180,00 por el concepto de confeccion de los 224 polos, saldo que no ha sido reconocido pese a que han sido utilizados efectivamente en el desarrollo de la MORDAZA de difusion del programa. Por ello, manifiesta que debe considerarse que el costo de cada prenda (de S/. 45,00 para el caso de polos con cuello y S/. 10,50 para el caso de polos estampados) se encuentran dentro de los criterios para la evaluacion y reconocimiento establecido en el numeral 6.1 de la MORDAZA FISE ya que los costos se encuentran dentro de los margenes de precio eficiente en el MORDAZA local; Que, por lo expuesto, Electro Oriente solicita reconsiderar los costos administrativos y operativos aprobados e incluirse en dicha suma el costo incurrido y no reconocido correspondiente a la confeccion de los polos, los cuales tienen un precio eficiente y con los mismos se ha logrado cumplir el objetivo del programa a traves de una identificacion plena del personal que realizo la MORDAZA y se logro la difusion entre los moradores del mencionado centro poblado. 2.2. ANALISIS DE OSINERGMIN Que, de acuerdo con los Articulos 7.3 y 7.6 de la Ley Nº 29852, asi como el Articulo 16.2 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2012-EM, las Empresas de Distribucion Electrica participan en la implementacion del mecanismo de descuento del FISE. Los costos administrativos y operativos aprobados y establecidos por Osinergmin en que incurran dichas Empresas deben ser reconocidos con cargo al FISE y reembolsados por el Administrador. Osinergmin esta facultado por la Unica Disposicion Transitoria de la Ley Nº 29852 para revisar las liquidaciones presentadas por las empresas concesionarias de distribucion de energia electrica, y aprobacion del programa de transferencias; Que, por su parte, la MORDAZA FISE establece los pasos a seguir y los formatos para remision de informacion sobre gastos incurridos que deberan enviar las empresas de distribucion de energia electrica al Regulador. En el numeral 6.1, inciso a) de esta MORDAZA, se senala que los costos a ser reconocidos deben ser realizados considerando precios eficientes del MORDAZA local, que aseguren el cumplimiento de los objetivos del programa. Del mismo modo, en el inciso d) del referido numeral, se dispone que los gastos iniciales necesarios para la implementacion del programa FISE se reconozcan precios eficientes de MORDAZA producto de procesos de contratacion competitivos que habitualmente utilizan las Empresas de Distribucion Electrica. De lo expuesto, concluimos que la MORDAZA vigente establece que los costos que Osinergmin debe reconocer, tanto para la implementacion como para la operacion del programa FISE, son precios eficientes que aseguran el cumplimiento de los objetivos del programa;

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