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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (04/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 64

El Peruano Sábado 4 de octubre de 2014 534170 2014; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprobó las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y el Decreto Supremo N° 005-2012-VIVIENDA modifi cado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Luis Alberto Barbieri Quino, Coordinador responsable del Proyecto Centro de Convenciones de Lima, Luis Francisco Solórzano Acuña y Eduardo Naveda Valladares, especialistas en sistemas audiovisuales y tecnologías de la información y comunicaciones, respectivamente, del Programa Nuestras Ciudades; a la ciudad de Washington D.C. de los Estados Unidos de América del 07 al 15 de octubre de 2014, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que demande el viaje autorizado en el artículo precedente, serán atendidos con cargo al presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasaje aéreo (clase económica incluido TUUA) US$ VIATICOS POR US$ 440,00 x 7 DIAS C/U (DEL 08 AL 14 DE OCTUBRE DE 2014) US$ Total US$ Luis Alberto Barbieri Quino 1 900,00 3 080,00 4 980,00 Nombres y Apellidos Pasaje aéreo (clase económica incluido TUUA) US$ VIATICOS POR US$ 440,00 x 7 DIAS C/U (DEL 08 AL 14 DE OCTUBRE DE 2014) US$ Total US$ Luis Fran- cisco Solórzano Acuña 1 900,00 3 080,00 4 980,00 Eduardo Naveda Val- ladares 1 900,00 3 080,00 4 980,00 TOTAL 5 700,00 9 240,00 14 940,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las personas autorizadas por el artículo 1 de la presente Resolución, deberán presentar un informe detallado de las acciones realizadas durante el viaje al Titular de la Entidad. Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del personal cuyo viaje se autoriza. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1146685-13