Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (04/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 79

El Peruano Sábado 4 de octubre de 2014 534185 Aprueban “Formulario Único de Trámites Administrativos del Poder Judicial” y su instructivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 304-2014-CE-PJ Lima, 10 de setiembre de 2014 VISTOS: El Ofi cio Nº 1527-2014-GG-PJ, cursado por el Gerente General del Poder Judicial; e Informe Nº 021-2014-SGCI-GG-PJ, de la Subgerencia de Coordinación Interinstitucional, mediante los cuales se remite propuesta de “Formulario Único de Trámites Administrativos del Poder Judicial” y su correspondiente instructivo. CONSIDERANDO: Primero. Que el Gerente General del Poder Judicial remite a consideración del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial propuesta de “Formulario Único de Trámites Administrativos del Poder Judicial” y su instructivo, en aras de coadyuvar con el propósito de perfeccionar los procedimientos administrativos y la atención a jueces y personal de este Poder del Estado, en razón a la política trazada por la Presidencia y el Órgano de Gobierno de mejorar las condiciones de vida y trabajo del personal; así como los servicios a los usuarios. Segundo. Que las solicitudes de carácter administrativo de quienes laboran en este Poder del Estado contienen una variedad de contenidos e información que requieren la aplicación de una efi ciente gestión, a fi n que sean adecuadamente atendidos; por lo que resulta pertinente emplear los avances tecnológicos, como las notifi caciones electrónicas, que permitirá reducir costos y tiempo en su aplicación. Tercero. Que, siendo así, de conformidad con lo previsto en el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial y el artículo 8º, numeral 26) del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, son funciones y atribuciones de este Órgano de Gobierno adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y efi ciencia y para que los magistrados y demás servidores del Poder Judicial se desempeñen con la mejor conducta funcional; por lo que deviene en conveniente aprobar la propuesta presentada por la Gerencia General, en tanto permitirá fortalecer los mecanismos de simplifi cación y control, disminución del volumen de expedientes, reducción de plazos, entre otros objetivos, que forman parte de la Agenda Estratégica del Poder Judicial 2013-2014. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 742-2014 de la trigésimo primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzales, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el “Formulario Único de Trámites Administrativos del Poder Judicial” y su instructivo, que en documento adjunto forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- El referido formulario junto con su instructivo se incluirá en la Página Web del Poder Judicial (www.pj.gob.pe) y tendrá vigencia a partir del décimo sexto día hábil de efectuada la publicación de la resolución que lo aprueba en el Diario Oficial “El Peruano”. Artículo Tercero.- Disponer que las Presidencias y Administraciones Distritales de las Cortes Superiores de Justicia del país y la Gerencia General, efectúen las acciones correspondientes para el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto las disposiciones administrativas que se opongan a la presente resolución. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencias y Administraciones Distritales de las Cortes Superiores de Justicia del país, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 1146577-4 Disponen la itinerancia de 5° Juzgado de Paz Letrado con sede en la Comisaría de Carmen Alto, Distrito Judicial de Ayacucho, para apoyar al 6° Juzgado de Paz Letrado de la provincia de Huamanga RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 307-2014-CE-PJ Lima, 10 de setiembre de 2014 VISTOS: El Ofi cio N° 702-2014-GO-CNDP-CE-PJ e Informe N° 095-2014-GO-CNDP-CE/PJ, cursados por la Gerencia Operacional de la Comisión Nacional de Descarga Procesal, respecto a la solicitud efectuada por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho, mediante Ofi cio N° 0488-2014-P-CSJAY/PJ. CONSIDERANDO: Primero. Que por Resolución Administrativa Nº 029- 2008-CE-PJ, del 30 de enero de 2008 y sus modifi catorias, se establece que la fi nalidad de la Comisión Nacional de Descarga Procesal es conducir el seguimiento y monitoreo de la descarga procesal en los órganos jurisdiccionales transitorios y permanentes a nivel nacional; así como proponer al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial las acciones complementarias que permitan operativizar dicha actividad. En tanto, las Comisiones Distritales tienen como fi nalidad monitorear el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales transitorios y permanentes, a fi n de coadyuvar al logro del objetivo institucional, dando cuenta a la Comisión Nacional de Descarga Procesal, para cuyos fi nes se aprobaron los instrumentos normativos, lineamientos y procedimientos que optimicen el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales materia de evaluación. Segundo. Que mediante Resolución Administrativa Nº 245-2012-CE-PJ, del 5 de diciembre de 2012, se aprobaron los estándares de expedientes resueltos a nivel nacional en sedes principales de Cortes Superiores de Justicia, aplicándose dichos criterios a los órganos jurisdiccionales laborales permanentes y transitorios que liquidan procesos judiciales al amparo de la Ley N° 26636. Asimismo, de conformidad con lo previsto en el artículo cuarto de dicha resolución, se establece que “Las posibles necesidades de incremento de órganos jurisdiccionales (…) deberán ser cubiertas prioritariamente mediante la reubicación y/o conversión de otros órganos jurisdiccionales, permanentes o transitorios, o mediante la creación de nuevos órganos jurisdiccionales siempre que se tenga el respectivo fi nanciamiento”. Tercero. Que por Resolución Administrativa N° 095- 2014-CE-PJ, de fecha 19 de marzo de 2014, se dispuso