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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (16/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 17

El Peruano Jueves 16 de octubre de 2014 534815 a partir de dicha fecha, al señor Paul Francois Kradolfer Zamora el cargo de Director Ejecutivo Científi co del Instituto Tecnológico de la Producción – ITP, con retención de su cargo; Que, corresponde dar por concluida la encargatura referida en el párrafo anterior y designar al funcionario que ocupe el cargo de Director Ejecutivo Científi co del Instituto Tecnológico de la Producción – ITP; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, la Resolución Ministerial Nº 344-2012-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú – ITP (hoy Instituto Tecnológico de la Producción); SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la encargatura efectuada al señor PAUL FRANCOIS KRADOLFER ZAMORA mediante Resolución Suprema Nº 007-2014-PRODUCE, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, a partir de la fecha, al señor ROBERTO CRISTHIAN MELÉNDEZ ZEVALLOS como Director Ejecutivo Científi co del Instituto Tecnológico de la Producción – ITP. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República PIERO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción 1150985-4 Designan representantes del Ministerio de la Producción ante los Núcleos Ejecutores de Compra de Carpetas para Instituciones Educativas, de Kits de Educación Inicial, de Calzado y de Bicicletas, conforme al D.U. Nº 058- 2011 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 342-2014-PRODUCE Lima, 14 de octubre de 2014 VISTOS: El Memorando N° 1086-2014-PRODUCE/ DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, el Informe N° 082-2014-PRODUCE/DVMYPE- I/DIGEDEPRO de la Dirección General de Desarrollo Productivo y el Informe N° 090-2014-PRODUCE/OGAJ- cmorenov de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29271 establece que el Ministerio de la Producción es el sector competente en materia de promoción y desarrollo de cooperativas, transfi riéndole las funciones y competencias sobre micro y pequeña empresa – MYPE; Que, a través del Decreto de Urgencia N° 058- 2011 se dictaron medidas urgentes y extraordinarias en materia económica y financiera, con el objeto de mantener y promover el dinamismo de la economía nacional en determinadas materias, entre ellas, medidas en materia de producción y productividad a favor de las micro y pequeñas empresas. Autorizando al Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES, a gestionar mediante la modalidad de núcleos ejecutores la adquisición de determinados bienes a las MYPE; Que, la Trigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, modifi cada por la Segunda Disposición Complementaria Modifi catoria de la Ley N° 30056, Ley que modifi ca diversas leyes para Facilitar la Inversión, impulsar el Desarrollo Productivo y el Crecimiento Empresarial, amplía la vigencia del Capítulo I del Decreto de Urgencia N° 058-2011 hasta el 31 de diciembre de 2016, a fi n de continuar con la contratación y distribución de bienes a través de la modalidad de núcleos ejecutores de, entre otros, “ropa hospitalaria, vestuario de salud, carpetas para instituciones educativas, y sombreros escolares, sábanas, colchas y frazadas”; Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 9 del Decreto de Urgencia acotado, para las adquisiciones de cada bien se formará un Núcleo Ejecutor de Compra el cual estará conformado, entre otros, por un (01) representante del Ministerio de la Producción, cuya designación será formalizada por Resolución Ministerial del Ministerio de la Producción; Que, mediante Resolución Ministerial N° 232-2013- PRODUCE de fecha 11 de julio de 2013 el Ministerio de la Producción designó al señor Fernando Herman Santa María Dextre como representante del Ministerio de la Producción ante el Núcleo Ejecutor de la Compra de Carpetas para instituciones educativas, conforme establece el Decreto de Urgencia N° 058-2011; Que, a través del Decreto Supremo N° 220-2014-EF del 28 de julio de 2014 se autorizó la transferencia de partidas en el presupuesto del sector público para el año fi scal 2014, hasta por la suma de CATORCE MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 14 733 358,00), a favor del pliego 040 Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, destinado a fi nanciar el pago de la adquisición de calzado corto de cuero negro, a través de la modalidad de núcleos ejecutores, para el personal policial de la Policía Nacional del Perú (PNP) que corresponda, entre otros; Que, mediante el Ofi cio N° 575-2014-MIDIS- FONCODES/DE del 8 de agosto de 2014, el Director Ejecutivo del FONCODES solicitó al Ministerio de la Producción la designación de sus representantes para la conformación de los Núcleos Ejecutores de Compra de Bicicletas, Kits de Educación Inicial, Calzado y Cocinas; Que, mediante el Decreto Supremo N° 259-2014- EF del 5 de setiembre de 2014, se autorizó una trasferencia de partidas en el presupuesto del sector público para el año fiscal 2014 hasta por la suma de CUARENTA MILLONES Y 00/100 nuevos soles (S/. 40 000 000,00), para ser destinada al financiamiento de la adquisición de carpetas para instituciones educativas en ocho (08) regiones del país, a través de núcleos ejecutores; Que, mediante el Ofi cio N° 719-2014-MIDIS- FONCODES/DE del 18 de setiembre del 2014, el Director Ejecutivo del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social (FONCODES) informa sobre la suscripción del nuevo convenio de fi nanciamiento con el Núcleo Ejecutor de compra de carpetas para instituciones educativas. Asimismo, manifi esta que tratándose del mismo bien (carpetas para instituciones educativas) de conformidad con el artículo 9.1 del Decreto de Urgencia N° 058-2011 es viable que el mismo Núcleo Ejecutor constituido gestione una segunda o sucesivas adquisiciones, siempre que se cumpla con la condición, que se adquiera el mismo tipo de bien y se cuente con el fi nanciamiento; Que, por Decreto Supremo N° 274-2014-EF del 3 de octubre de 2014, se autorizó la transferencia de partidas en el presupuesto del sector público para el año fi scal 2014, a favor del pliego Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, hasta por la suma de CUARENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 41 500 000,00), destinada al fi nanciamiento de la adquisición de bicicletas en el marco de la iniciativa Rutas Solidarias, y Kits de Educación Inicial para la atención de niños de 0 a 2 años; Que, en atención a las disposiciones antes señaladas, corresponde que el Ministerio de la Producción designe a sus representantes ante el Núcleo Ejecutor de Compra de Calzado, el Núcleo Ejecutor de Compra de Kits de Educación Inicial y el Núcleo Ejecutor de Compra de Bicicletas; Que, asimismo, se ha visto por conveniente dar por concluida la designación del señor Fernando Santa María Dextre como representante del Ministerio de la Producción ante el Núcleo Ejecutor de Compra de Carpetas para