Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2014 (24/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y MORDAZA MORDAZA Astorga MORDAZA, en virtud del otorgamiento de la buena pro a este ultimo en la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0089-2012MPCH (fojas 464 y 467, Expediente Nº J-2014-00270). Y atendiendo a que, de la consulta al MORDAZA de Transparencia Economica del Ministerio de Economia y Finanzas (http://apps5.mineco.gob.pe/proveedor/, visto el 6 de MORDAZA de 2014), se aprecia que MORDAZA MORDAZA Astorga MORDAZA ha sido proveedor de la Municipalidad Provincial de Chincha durante los anos 2011 y 2012, por el monto de S/. 52 360,00 (cincuenta y dos mil trescientos sesenta y 00/100 nuevos soles), cada ano, se concluye que se encuentra acreditado el elemento de la existencia de un contrato sobre un bien municipal, puesto que se utilizo dinero de la entidad MORDAZA para contratar como asesor contable externo a MORDAZA MORDAZA Astorga Ramos. Por lo tanto, corresponde ingresar al analisis del MORDAZA de los elementos. b. Intervencion o interes directo o propio de la autoridad municipal en la suscripcion del contrato 4. En el presente caso, el sustento de la imputacion radica en la relacion amical y estrecha que existiria entre el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Astorga MORDAZA, es decir, se alega la existencia de un interes directo en la contratacion del referido ciudadano. 5. Al respecto, es preciso recordar que al aludir al interes directo, como se ha senalado en considerandos precedentes, alude a una razon objetiva por la que pueda considerarse que el MORDAZA o regidor tuviera un interes personal en relacion con un tercero, e indica, como ejemplo, la existencia de una relacion contractual o familiar entre el MORDAZA y quien contrata con el municipio. Asi, el caso concreto no se encuentra dentro de dichos ejemplos, puesto que el sustento de la pretension radica en la cercania afectiva o amical entre el MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Astorga Ramos. 6. Con la finalidad de evidenciar la relacion de cercania entre el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Astorga MORDAZA, el recurrente presenta, entre otros, los siguientes documentos: a. Resolucion Nº 1312-2010-A/MPCH, del 6 de diciembre de 2010, que conforma la comision de transferencia, en la que se aprecia que, de parte de la gestion electa para el periodo de gobierno 20112014, se consigna a MORDAZA MORDAZA Astorga MORDAZA, en representacion del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (fojas 732 al 733, Expediente Nº J-2014-00270). b. Acta de transferencia de entrega y recepcion de la administracion municipal de la Municipalidad Provincial de Chincha, del periodo 2007-2010, a las autoridades electas para el periodo 2011-2014, del 30 de diciembre de 2010, suscrita, entre otros, por MORDAZA MORDAZA Astorga MORDAZA, en representacion del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (fojas 737 al 739, Expediente Nº J-2014-00270). c. Contratos de locacion de servicios suscritos, durante el periodo de gobierno 2007-2010, entre la Municipalidad Distrital de Pueblo MORDAZA, representada por el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y MORDAZA MORDAZA Astorga MORDAZA, con el objeto de que este ultimo preste servicios de asesoramiento contable y presupuestal externo (fojas 892 al 916, Expediente Nº J-2014-00270). A dichos documentos, deberian agregarse, a efectos de dilucidar la cercania entre el MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Astorga MORDAZA, la siguiente documentacion: a. MORDAZA autenticada de la Resolucion Nº 208-2011-A/ MPCH, del 14 de febrero de 2011, suscrita por el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, que designo, en forma temporal, a MORDAZA MORDAZA Astorga MORDAZA como subgerente de Contabilidad, cargo de confianza, de la Municipalidad Provincial de Chincha (fojas 120, Expediente Nº J-2014-00270). b. MORDAZA autenticada de la Resolucion Nº 694-2012A/MPCH, del 17 de MORDAZA de 2012, suscrita por el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, que designo, con eficacia anticipada, al 3 de enero de 2011, a MORDAZA MORDAZA Astorga MORDAZA, como subgerente de Contabilidad de la Municipalidad Provincial de Chincha (fojas 122 al 123, Expediente Nº J-2014-00270). c. MORDAZA autenticada de la Resolucion Nº 13192012-A/MPCH, del 13 de noviembre de 2012, suscrita

El Peruano Viernes 24 de octubre de 2014

por el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, que deja sin efecto la Resolucion Nº 694-2012-A/MPCH, da por concluida la designacion de MORDAZA MORDAZA Astorga MORDAZA, debiendo realizar sus labores de acuerdo a los resultados del MORDAZA de seleccion AMC Nº 008-2012-MPCH, y designa a partir de la fecha a MORDAZA MORDAZA MORDAZA como subgerente de Contabilidad de la entidad MORDAZA (fojas 125, Expediente Nº J-2014-00270). 7. Lo expuesto en el considerando anterior, que da cuenta del hecho de que en los periodos y gobiernos locales en los que MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha sido MORDAZA, el ciudadano MORDAZA MORDAZA Astorga MORDAZA ha sido contratado para la realizacion de labores similares, y de que en el periodo de gobierno municipal 2011-2014, en la provincia de Chincha, dicho ciudadano fue designado por el propio MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en un cargo de confianza como el de subgerente de Contabilidad, evidencian y acreditan la existencia una relacion cercana y de amistad, continua y previa al actual periodo de gobierno, inclusive, entre el MORDAZA citado y MORDAZA MORDAZA Astorga MORDAZA, de tal manera que se concluye que existe un interes personal en la contratacion. 8. Ahora bien, la sola existencia de una relacion de amistad que evidencie un interes personal en la contratacion no resulta suficiente, a juicio de este organo colegiado, para tener por acreditado ello, sino que se debe evaluar la conducta de la autoridad municipal contra la que se dirige el pedido de vacancia, toda vez que no resultaria admisible ni legitimo sancionar con la vacancia de una autoridad por una intension, sino por conductas contrarias al ordenamiento juridico o a la etica. Por su parte, tampoco resultaria legitimo restringir la MORDAZA contractual, la MORDAZA de empresa ni el derecho al trabajo de las personas, por la sola existencia de una relacion de amistad con una autoridad municipal. 9. En el presente caso, debe tomarse en consideracion lo siguiente: a. El MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA si suscribio las resoluciones por las cuales se designaba a MORDAZA MORDAZA Astorga MORDAZA como subgerente de Contabilidad del municipio, cargo que, como se indica en la propia resolucion de designacion, es de confianza. b. El MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA si suscribio, en representacion de la municipalidad, los contratos por los cuales MORDAZA MORDAZA Astorga MORDAZA presto servicios de asesoramiento contable externo a la entidad edil. c. MORDAZA MORDAZA Astorga MORDAZA, durante los anos 2011 y 2012, desempeno simultaneamente dos labores al interior del municipio: de subgerente de Contabilidad y asesor contable externo. d. El MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA tenia conocimiento, al momento de contratar a MORDAZA MORDAZA Astorga MORDAZA como asesor contable externo, que este se encontraba designado temporalmente como subgerente de Contabilidad, es decir, desempenando un cargo de confianza. e. Al encontrarse ejerciendo un cargo de confianza durante el periodo en que se realizaron los requerimientos y bases de los procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia, MORDAZA MORDAZA Astorga MORDAZA se encontro en mejor capacidad de acceder a informacion privilegiada respecto de las mismas, lo que se evidencia, por ejemplo, con la comunicacion remitida el 10 de agosto de 2011, por MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA, gerente municipal, a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (sic), mediante la cual requiere la contratacion de asesores para diversas labores en la Municipalidad Provincial de Chincha, por la modalidad de locacion de servicios, para los meses de setiembre a diciembre de 2011, entre los que figura el nombre de MORDAZA MORDAZA Astorga MORDAZA para la realizacion de labores como asesor externo en la unidad organica de Contabilidad (fojas 134 al 135, Expediente Nº J-201400270). f. El articulo 10, inciso d, del Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, es MORDAZA al senalar que, cualquiera sea el regimen legal de contratacion aplicable, estan impedidos de ser participantes, postores y/o contratistas, en la entidad a la que pertenecen, entre otros, los funcionarios publicos, empleados de confianza y servidores publicos. Ello, a mi juicio, acredita la existencia de razones objetivas y evidentes, por parte del MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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