Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2014 (31/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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por R.M. Nº 480-2008/MINSA y sus modificatorias. Se llena el casillero 58 con el digito correspondiente de la precitada tabla. Asimismo en la Tabla Nº 8, donde dice Otras: se debera registrar para el caso que corresponda las "Enfermedades Profesionales causadas por Factores de Riesgo relacionados con el trabajo no consideradas en los enunciados anteriores".

El Peruano Viernes 31 de octubre de 2014

1157929-1

Amplian plazo senalado en el tercer parrafo del articulo 2 de la R.M. Nº 1072014-TR, mediante la cual se modifico anexos de la R.M. Nº 121-2011-TR, que aprobo informacion de la Planilla Electronica, tablas parametricas, estructura de los archivos de importacion, y dicto otras medidas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 231-2014-TR MORDAZA, 30 de octubre de 2014 VISTOS: El Oficio N° 253-2014-MTPE/4/13.1 de la Oficina de Estadistica de la Oficina General de Estadistica y Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones, el Informe N° 813-2014-MTPE/3/19.1/HEFCH y el Oficio N° 756-2014-MTPE/3/19.1 de la Direccion de Formacion Profesional y Capacitacion Laboral, el Oficio N° 11272014-MTPE/3/19 de la Direccion General de Formacion Profesional y Capacitacion Laboral, el Informe N° 332014-MTPE/2/14 de la Direccion General de Trabajo y el Informe N° 1355-2014-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoria Juridica; y CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 018-2007-TR se establecen disposiciones que regulan el uso de la Planilla Electronica; Que, el articulo 4 del Decreto Supremo N° 018-2007TR, modificado por el Decreto Supremo N° 015-2010TR y el Decreto Supremo Nº 003-2012-TR, establece que el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, en coordinacion con la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria (SUNAT), elaborara y aprobara mediante resolucion ministerial la informacion de la Planilla Electronica, las Tablas Parametricas y la Estructura de los Archivos de Importacion, asi como los instrumentos que resulten necesarios para el uso de la Planilla Electronica; Que, por Resolucion Ministerial N° 121­2011­TR y sus normas modificatorias, se aprueba la informacion de la Planilla Electronica, las tablas parametricas, la estructura de los archivos de importacion y otras medidas complementarias; Que, por Resolucion Ministerial Nº 107-2014-TR se modifican los anexos aprobados por el articulo 1 de la Resolucion Ministerial N° 121-2011-TR y sus normas modificatorias, a efectos de incorporar datos sobre la situacion educativa de los trabajadores en la Planilla Electronica; Que, de conformidad con el tercer parrafo del articulo 2 de la Resolucion Ministerial Nº 107-2014-TR, los empleadores que con anterioridad a la entrada en vigencia de la citada resolucion ministerial hayan registrado a sus trabajadores en el T-REGISTRO con la situacion educativa de los tipos 11 y del 13 al 21 de la Tabla 9: "Situacion Educativa" del Anexo 2 de la Resolucion Ministerial N° 121-2011-TR y sus normas modificatorias, deben registrar los nuevos datos de la situacion educativa del trabajador hasta el 31 de octubre de 2014; Que, en atencion a lo senalado en los documentos de vistos y a fin de dar mayores facilidades a los empleadores para que actualicen la informacion de la Planilla Electronica, resulta conveniente ampliar el plazo establecido en el tercer parrafo del articulo 2 de la resolucion ministerial MORDAZA acotada; Con las visaciones del Viceministerio de Promocion del Empleo y Capacitacion Laboral, del Viceministerio de Trabajo, de la Direccion General de Formacion Profesional

y Capacitacion Laboral, de la Direccion General de Trabajo, de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina General de Estadistica y Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 8) del articulo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; el articulo 11 de la Ley N° 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; el literal d) del articulo 7 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR y el articulo 4 del Decreto Supremo N° 018-2007-TR, modificado por el Decreto Supremo N° 015-2010-TR y el Decreto Supremo Nº 003-2012-TR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliacion de plazo Ampliar el plazo senalado en el tercer parrafo del articulo 2 de la Resolucion Ministerial Nº 107-2014-TR hasta el 31 de enero de 2015. Articulo 2º.- Vigencia La presente resolucion ministerial entra en vigencia a partir del 01 de noviembre de 2014. Articulo 3º.- Rol del Sistema de Inspeccion del Trabajo La obligacion de registrar en la Planilla Electronica los datos de la situacion educativa del trabajador para todos los empleadores que, a partir del 01 de MORDAZA de 2014, incorporen nuevos trabajadores es susceptible de fiscalizacion por el Sistema de Inspeccion del Trabajo. Su incumplimiento genera la comision de la infraccion tipificada en el numeral 24.2 del articulo 24 del Reglamento de la Ley General de Inspeccion del Trabajo, aprobado mediante Decreto Supremo N° 019-2006-TR. Articulo 4º.- Publicacion en la pagina web del MTPE Disponer la publicacion de la presente resolucion ministerial en el MORDAZA institucional del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo (www.trabajo.gob.pe) en la misma fecha de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha accion el Jefe de la Oficina General de Estadistica y Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. FREDY OTAROLA PENARANDA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 1157736-1

Designan Director General de la Direccion General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 232-2014-TR MORDAZA, 30 de octubre de 2014 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director General, Nivel Remunerativo F-5, de la Direccion General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, es necesario emitir el acto de administracion interna mediante el cual se designe al funcionario que desempenara dicho cargo; Con la visacion del Jefe de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos y el numeral 8) del articulo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo.

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