Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (31/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 58

El Peruano Viernes 31 de octubre de 2014 536416 opinión favorable de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 12.2 del artículo 12 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia total para las unidades ejecutoras por la suma de CATORCE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL CIENTO SESENTA Y TRES CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/.14 758,163.00) con cargo a las Fuentes de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios y 09: Recursos Directamente Recaudados, correspondiente al mes de octubre 2014, detallada en los Anexos Nº 01 y Nº 02, que forman parte integrante de la presente Resolución Jefatural. ANEXO 01: Total S/. 14,740,882.00 - Pago Preliquidado S/. 10,700,000.00 00-Recursos Ordinarios - Pago Cápita S/. 1,203,125.00 - Prestaciones No Tarifadas S/. 2,837,757.00 ANEXO 02: Total S/. 17,281.00 09-Recursos Directamente - Prestaciones No Tarifadas S/. 17,281.00 Recaudados TOTAL GENERAL S/. 14,758,163.00 Artículo 2.- El Titular del Pliego, mediante Resolución, aprueba la desagregación de los recursos autorizados en la presente norma en el nivel funcional programático, dentro de los diez (10) días calendario de la publicación de la presente Resolución Jefatural respetando los montos de los programas presupuestarios estratégicos. Dicha Resolución deberá ser publicada dentro de los cinco (5) días de aprobada en la respectiva página web. Con relación al programa no estratégico deberá considerarse su incorporación de acuerdo con las prioridades de salud establecidas, la programación de actividades en el Plan Operativo de cada Unidad Ejecutora y en el marco de la normatividad vigente. Artículo 3.- Encargar a la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano; así como publicar en el portal institucional, http://www.sis.gob.pe/ipresspublicas/transferencias.html, el texto de la presente Resolución y sus Anexos. Regístrese, comuníquese y publíquese; PEDRO FIDEL GRILLO ROJAS Jefe del Seguro Integral de Salud 1157557-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Modifican Plan de Inversiones en Transmisión del período entre el 01 de mayo de 2013 y el 30 de abril de 2017 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERIA OSINERGMIN N° 214-2014-OS/CD Lima, 28 de octubre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución N° 151-2012-OS/CD se aprobó el Plan de Inversiones para el período mayo 2013 – abril 2017; que respecto al Área de Demanda 4 fue impugnada por la empresa Electro Oriente S.A. (en adelante “ELOR”), recurso de reconsideración que se resolvió mediante la Resolución N° 207-2012-OS/CD; Que, el numeral VII) del literal d) del Artículo 139 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (en adelante “LCE”), señala: “VII) En la eventualidad de ocurrir cambios signifi cativos en la demanda proyectada de electricidad, o modifi caciones en la confi guración de las redes de transmisión aprobadas por el Ministerio, o en las condiciones técnicas o constructivas, o por otras razones debidamente justifi cadas, respecto a lo previsto en el Plan de Inversiones vigente, el respectivo titular podrá solicitar a Osinergmin la aprobación de la modifi cación del Plan de Inversiones vigente, acompañando el sustento técnico y económico debidamente documentado. Osinergmin deberá emitir pronunciamiento, sustentado técnica y económicamente, en un plazo máximo de sesenta (60) días hábiles de presentada la solicitud de modifi cación. De aprobarse la modifi cación del Plan de Inversiones, las modifi caciones a las tarifas y compensaciones correspondientes se efectuarán en la Liquidación Anual de ingresos siguiente a la fecha de puesta en operación comercial de cada instalación que conforman dicha modifi cación del Plan de Inversiones. OSINERGMIN establecerá la oportunidad, los criterios y procedimientos para la presentación y aprobación de las modifi caciones al Plan de Inversiones, las cuales deben seguir los mismos principios que los aplicados en la formulación del Plan de Inversiones. Las instalaciones no incluidas en el Plan de Inversiones aprobado, no serán consideradas para efectos de la fi jación del Costo Medio Anual, las tarifas y compensaciones de transmisión.”; Que, por otro lado, en la Norma Tarifas y Compensaciones para SST y SCT (en adelante “NORMA TARIFAS”), aprobada mediante la Resolución N° 217- 2013-OS/CD, se establecen los criterios, metodología y formatos para la presentación de los estudios que sustenten las propuestas de regulación de los SST y SCT, así como lo referente al proceso de aprobación del Plan de Inversiones y de sus eventuales modifi caciones, siendo que en su Primera Disposición Transitoria establece: “De forma transitoria, las solicitudes de modifi cación del Plan de Inversiones aprobado para el período 2013- 2017, se presentarán entre los meses de enero a junio del año 2014. Para los próximos períodos tarifarios, los Titulares deberán tomar en cuenta las fechas establecidas en la Norma “Procedimiento para Fijación de Precios Regulados”, para lo cual OSINERGMIN modifi cará dicha norma en una próxima oportunidad. En un plazo máximo de 60 días hábiles, contados desde la presentación de la solicitud, OSINERGMIN emitirá pronunciamiento o formulará observaciones, fi jando un plazo de subsanación para cada caso y según la envergadura de las observaciones.” Que, el 30 de junio de 2014 la empresa ELOR mediante cartas G-888-2014, ha solicitado a Osinergmin la modifi cación del Plan de Inversiones 2013-2017 correspondiente al Área de Demanda 4; Que, ELOR acompaña para tal efecto el estudio “Modifi cación del Plan de Inversiones de Electro Oriente S.A.”, referido al Área de Demanda 4” (en adelante “ESTUDIO”); Que, la referida solicitud propone la postergación y/o modifi cación de determinadas instalaciones que forman parte del Plan de Inversiones vigente correspondiente al Área de Demanda 4 y de otras zonas que le han sido transferidas a ELOR. Que, con base en la información revisada, Osinergmin ha procedido a realizar un análisis integral, con el objetivo de sustentar su pronunciamiento sobre dicha solicitud presentada por ELOR, cuyo desarrollo se encuentra contenido en el Informe Técnico N° 524-2014-GART correspondiente, el mismo que forma parte integrante de la presente resolución; Que, se han expedido el Informe Técnico N° 524- 2014-GART y el Informe Legal N° 525-2014-GART, de la División de Generación y Transmisión Eléctrica y de la Coordinación Legal de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria (GART) de Osinergmin, respectivamente, los