TEXTO PAGINA: 47
El Peruano Viernes 31 de octubre de 2014 536405 29. CATEGORÍA OCUPACIONAL (Ver Tabla Nº 03).- Se registra el código que corresponda, según tabla Nº 03. 30. ASEGURADO.- Marcar con una (X) SI / NO. 31. AFILIADO A ESSALUD.- Se registra con una X si el trabajador está afi liado a Essalud. 32. AFILIADO A EPS.- Se registra con una X si el trabajador está afi liado alguna EPS. 33. EDAD.- Se registra la edad exacta del trabajador. 34. SCTR.- Es el número de Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo si es que se dispone. 35. GÉNERO.- Se marca con una (X) en lo que corresponda: Masculino / Femenino. IV. DATOS DEL ACCIDENTE DE TRABAJO (NO MORTAL) 36. FECHA DEL ACCIDENTE.- Registrar el día, mes, y año de ocurrido el accidente de trabajo (a 2 dígitos). Ejemplo: 01-05-10. 37. HORA DEL ACCIDENTE.- Registrar la hora en que ocurrió el accidente de trabajo (a 2 dígitos). Ejemplo: 08.20am / 20.45pm. 38. TIPO DE ACCIDENTE (Tabla Nº 04).- Se registra el código que corresponda, según tabla Nº 04. 39. AGENTE CAUSANTE (Tabla Nº 05).- Se registra el código que corresponda, según tabla Nº 05. CERTIFICACIÓN MÉDICA 40. REGISTRO ÚNICO DEL CONTRIBUYENTE (RUC).- Se registra correctamente los 11 dígitos que tiene el Registro Único del Contribuyente. 41. FECHA DE INGRESO.- Se registra el día, mes y año de ingreso al Centro Médico Asistencial y/o Servicio de Salud Ocupacional, luego de ocurrido el accidente de trabajo. (A 2 dígitos). Ejemplo: 01-02-08. 42. CENTRO MÉDICO ASISTENCIAL.- Se registra el nombre del Centro Médico Asistencial Público, Privado, Militar, Policial, de Seguridad Social y/o Servicios de Salud Ocupacional donde el trabajador accidentado es atendido por primera vez de ocurrido el accidente de trabajo. Incluir Tipo de Centro Medico (Privado/Publico). 42. A TIPO DE CENTRO MÉDICO ASISTENCIAL.- Se registra el tipo de Centro Médico que atendió al trabajador accidentado. Público o Privado o Militar o Policial o de la Seguridad Social. 43. PARTE DEL CUERPO AFECTADA (Tabla Nº 06).- Se registra el código que corresponda, según tabla Nº 06. 44. NATURALEZA DE LA LESIÓN (Tabla Nº 07).- Se registra el código que corresponda, según tabla Nº 07. CONSECUENCIAS DEL ACCIDENTE: Se marca con una (X), según corresponda. 45. ACCIDENTE LEVE.- Suceso cuya lesión, resultado de la evaluación médica, genera en el accidentado un descanso breve con retorno máximo al día siguiente a sus labores habituales. 46. ACCIDENTE INCAPACITANTE.- Suceso cuya lesión, resultado de la evaluación médica, da lugar a descanso, ausencia justifi cada al trabajo y tratamiento. Según el grado de incapacidad los accidentes de trabajo pueden ser: 46.1 TOTAL TEMPORAL.- Cuando la lesión genera en el accidentado la imposibilidad de utilizar su organismo; da lugar a tratamiento médico al término del cual estará en capacidad de volver a las labores habituales plenamente recuperado. 46.2 PARCIAL TEMPORAL.- Cuando la lesión genera la imposibilidad parcial de un miembro u órgano o de las funciones del mismo y da lugar a tratamiento médico al término del cual estará en capacidad de volver a las labores habituales plenamente recuperado. 46.3 PARCIAL PERMANENTE.- Cuando la lesión genera la pérdida parcial de un miembro u órgano o de las funciones del mismo. 46.4 TOTAL PERMANENTE.- Cuando la lesión genera la pérdida anatómica o funcional total de un miembro u órgano; o de las funciones del mismo. Se considera a partir de la pérdida del dedo meñique. Artículo 122º del Reglamento de la Ley Nº 29783.- Si como consecuencia de un accidente de trabajo o una enfermedad ocupacional se produjera la muerte del trabajador, el centro médico asistencial público, privado, militar, policial o de seguridad social donde el trabajador es atendido, deberá notifi car dicha circunstancia al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes de ocurrido el hecho, mediante el empleo del Sistema Informático de Notifi cación de Accidentes de Trabajo, Incidentes Peligrosos y Enfermedades Ocupacionales o, excepcionalmente, mediante comunicación escrita remitida a la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, o dependencia correspondiente a la localidad en la que se produzca el fallecimiento. 47. ACCIDENTE MORTAL.- Suceso cuyas lesiones producen la muerte del trabajador. Y se registra siempre que ocurra este hecho en el Centro Médico Asistencial. 48. FECHA DE FALLECIMIENTO.- Fecha en que falleció el trabajador accidentado. Y siempre que ocurra en el Centro Médico Ocupacional. V. DATOS DE LA ENFERMEDAD OCUPACIONAL FACTORES DE RIESGO CAUSANTE: Marcar con una (x) en lo que corresponda. 49. FÍSICO 50. QUÍMICO 51. BIOLÓGICO 52. DISERGONÓMICO 53. PSICOSOCIAL Estos factores de Riesgo Causante (o Peligros) tienen que ver o están referidos a las condiciones y medio ambiente de trabajo: Aquellos elementos, agentes o factores presentes en el proceso de trabajo que tienen infl uencia en la generación de riesgos que afectan la seguridad y salud de los trabajadores. Quedan específi camente incluidos en esta defi nición: - Las características generales de los locales, instalaciones, equipos, productos y demás elementos materiales existentes en el centro de trabajo. - La naturaleza, intensidades, concentraciones o niveles de presencia de los agentes físicos, químicos y biológicos, presentes en el ambiente de trabajo y sus correspondientes intensidades, concentraciones o niveles de presencia. - Los procedimientos, métodos de trabajo, tecnología, establecidos para la utilización o procesamiento de los agentes citados en el apartado anterior, que infl uyen en la generación de riesgos para los trabajadores. - La organización y ordenamiento de las labores, relaciones laborales, incluidos los factores ergonómicos y psicosociales. 54. NOMBRE Y NATURALEZA DE LA ENFERMEDAD PROFESIONAL U OCUPACIONAL .- Descripción que el Médico tratante señala después de la evaluación hecha al trabajador. C I E - 10 – MINSA, es el código de la Clasifi cación Internacional de Enfermedades que ingresa el Médico Ocupacional CERTIFICACIÓN MÉDICA 55. REGISTRO ÚNICO DEL CONTRIBUYENTE (RUC).- Se registra correctamente los 11 dígitos que tiene el Registro Único del Contribuyente. 56. FECHA DE INGRESO.- Se registra el día, mes y año de ingreso al Centro Médico Asistencial y/o Servicio de Salud Ocupacional, luego de detectar la enfermedad relacionada al trabajo. (A 2 dígitos). Ejemplo: 01-02-10. 57. CENTRO MÉDICO ASISTENCIAL.- Se registra el nombre del Centro Médico Asistencial Público, Privado, Militar, Policial, de Seguridad Social y/o Servicios de Salud Ocupacional donde el trabajador accidentado es atendido por primera vez de ocurrido el accidente de trabajo. 57.A TIPO DE CENTRO MÉDICO ASISTENCIAL.- Se registra el tipo de Centro Médico que atendió al trabajador accidentado. Público o Privado o Militar o Policial o de la Seguridad Social. 58. ENFERMEDAD PROFESIONAL U OCUPACIONAL (Tabla Nº 08).- La Tabla Nº 8 recoge lo previsto en la NTS Nº 068-MINSA/DGSP-V.1 aprobada